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Hoy entró en vigor la Ley 55 del 2020, mejor conocida como el Nuevo Código Civil de Puerto Rico. Este Código abarca la g...
28/11/2020

Hoy entró en vigor la Ley 55 del 2020, mejor conocida como el Nuevo Código Civil de Puerto Rico. Este Código abarca la gran mayoría de los aspectos civiles de la sociedad puertorriqueña, del cual, a partir de hoy, trae algunos cambios al estado de derecho en nuestra isla. Estaremos compartiendo con ustedes a través de varias publicaciones en nuestra página de Facebook, los cambios más significativos que trae el Nuevo Código Civil, de la manera más comprensible posible.

Para consultas pueden llamar al 939-333-0150.
Estamos para servirles.

SE CONVIERTE EN LEY NUEVO CÓDIGO CIVIL DE PUERTO RICO PRÓXIMAMENTE ESTAREMOS COMPARTIENDO CON USTEDES LOS CAMBIOS MAS IM...
02/06/2020

SE CONVIERTE EN LEY NUEVO CÓDIGO CIVIL DE PUERTO RICO

PRÓXIMAMENTE ESTAREMOS COMPARTIENDO CON USTEDES LOS CAMBIOS MAS IMPORTANTES
Es oficial, hoy 1 de junio la Gobernadora firmó la nueva ley que establece las nuevas normas civiles de de nuestra isla. Esta Ley entra en vigor en los próximos 180 días (a finales de diciembre de este año). El Código Civil vigente fue aprobado en el 1930, pero lo cierto es que ha sufrió una gran cantidad de enmiendas mediante ley y la manera en que aplica mediante jurisprudencia local y federal. El nuevo Código Civil recoge muchas de las normas vigentes en derecho que no forman parte del texto del código civil anterior, pero incluye unas nuevas normas de derecho que es importante que nuestros ciudadanos conozcan y comprendan. El nuevo Código Civil establece las normas de nuestra vida social, entre ellas comprende los temas de Familia (matrimonio, alimentos, divorcio, paternidad, tutela, patria potestad, etc.); Propiedades; Sucesiones (Testamentos, Declaratoria de Herederos, Donaciones, etc.); Contratos (Alquileres, Compraventa, Sociedades, Préstamos, etc.); Daños y Prescripción, entre muchos otros.

Es nuestro compromiso con ustedes proveerles toda la información y análisis disponible durante los próximos 180 días para que conozcan las consecuencias de los cambios que trae este nuevo código civil. Una de las primeras lecciones en la escuela de Derecho es el Artículo 2 del vigente Código Civil del 1930: “la ignorancia de las leyes no excusa de su cumplimiento”. Ese artículo de ley no cambiará en el nuevo Código Civil, una vez entre en vigor la ley (en 180 días) toda persona en Puerto Rico tendrá que cumplir con ella. Es su responsabilidad conocerla y estamos aquí para ayudarlos.

Es nuestra intención en el transcurso del año restante presentarles de manera sencilla y clara los asuntos más importantes para nuestra vida cotidiana.

Estamos a sus órdenes para cualquier asunto legal o notarial. Contáctenos al 787-515-3779/939-333-0150.

Hoy vencía el término para actuar sobre la medida.

¡REANUDAMOS NUESTROS SERVICIOS DE NOTARIA Y ABOGACIA! Tel: 939-333-0150 / 787-515-3779A partir de hoy lunes 4 de mayo co...
04/05/2020

¡REANUDAMOS NUESTROS SERVICIOS DE NOTARIA Y ABOGACIA!
Tel: 939-333-0150 / 787-515-3779

A partir de hoy lunes 4 de mayo comenzamos a servir a todo aquel que necesite notarizar cualquier documento que sea para el bienestar del solicitante, alimentos, salud y tratamiento médico, ingresos, salarios y educación , así como de todo tipo de transacción que le sea requerida en el curso ordinario de los negocios exceptuados del toque de queda, según aparecen en la Orden Ejecutiva OE-2020-038.

Los servicios se extienden también para Testamentos, Poderes y Declaraciones de Voluntad Previa (Living Will).

En cumplimiento con la Orden Ejecutiva, se atenderá a los clientes por cita previa y tomando todas las medidas cautelares requeridas. Llámenos para coordinar su cita.

10/12/2019

Hoy, vista de embriaguez 👨‍⚖️
T. 939-333-0150
Buen día a todos!

OJO! Bloqueos este viernes y sábado en los pueblos de Bayamón, Caguas, Mayaguez y Ponce. Recuerde siempre manejar cumpli...
10/10/2019

OJO! Bloqueos este viernes y sábado en los pueblos de Bayamón, Caguas, Mayaguez y Ponce. Recuerde siempre manejar cumpliendo con todas las normas y leyes de tránsito para que evite multas y/o procesos legales en su contra.

Información general sobre los Bloqueos:
-El ciudadano tiene derecho a conocer con anticipación cuando y donde se estarán realizando bloqueos por la Policía.
-Las intervenciones con los conductores por la Policía deben ser razonable y conforme a ley, o sea, el bloqueo tiene que ser visible al conductor, bien iluminado y avisos del bloqueo visibles a una distancia razonable del lugar.
-Las intervenciones no pueden ser por motivos de raza, color o género del conductor y/o acompañantes
-La Policía puede detener a un conductor si tiene motivos fundados para creer que está bajo los efectos del alcohol o dr**as, o si está violando las leyes de tránsito, o si cree que ha cometido o está cometiendo un delito.

El personal del Negociado de Patrullas Carreteras de la Policía de Puerto Rico, estarán llevando a cabo bloqueos de carreteras los días 11 al 12 de octubre, según informaron el lunes. En declaraciones escritas, indicaron que los bloqueos serán en las áreas policiacas de Caguas, Mayagüez,.....

-LA ESCRITURA DEL PODER DURADERO Y SUS BENEFICIOS CUANDO OCURRE UNA INCAPACIDAD MENTAL-La figura del Poder Duradero fue ...
24/09/2019

-LA ESCRITURA DEL PODER DURADERO Y SUS BENEFICIOS CUANDO OCURRE UNA INCAPACIDAD MENTAL-
La figura del Poder Duradero fue autorizada en Puerto Rico mediante la Ley 25 del año 2012, permitiendo que una persona que desea apoderar a otra de su entera confianza, administre sus pertenencias (cuentas de banco, vender carros o propiedades, cambiar cheques, etc.), aún cuando el que autoriza se incapacite mentalmente.
La adopción del Poder Duradero es de gran utilidad en el Puerto Rico de hoy, cuando se hace difícil determinar claramente cuándo una persona comienza a perder sus facultades mentales en procesos como los de la enfermedad de Alzheimer y de demencia senil donde ya no puede administrar sus bienes.

¿Quién puede otorgar una Escritura de Poder Duradero?
- Toda persona que sea mayor de edad y este en pleno dominio de sus facultades mentales.

¿Cuáles son algunos beneficios del Poder Duradero?
1. El Poderdante puede autorizar a una persona a manejar y administrar sus bienes, a instrucciones del Poderdante.
2. El Poderdante decide que poderes le da a la persona, puede ser para vender o alquilar propiedades, firmar documentos, depositar y retirar dinero en bancos, etc.
3. Si el Poderdante se incapacita mentalmente, la persona podrá continuar administrando sus bienes sin problemas ya que está autorizado por Ley.

Hoy en día muchos hijos se encuentran con la dificultad de poder manejar los bienes de sus padres ya sea porque han perdido sus facultades mentales o porque se les hace muy difícil llevarlos a lugares que requieren la presencia y firma de éstos. El Poder Duradero es una opción que pudiera facilitar la vida de aquellos que necesitan apoyo para sus quehaceres y demás asuntos personales.

Si desea más información sobre el Poder Duradero o cualquier otro tema relacionado puede comunicarse con nosotros al 787-515-3779 para orientación o citas. Ofrecemos servicios a domicilio de así usted necesitarlo.

-LEGALIZAN EN PUERTO RICO LAS APUESTAS EN DEPORTES, eSPORTS, Y FANTASY CONTESTS-El Gobernador firmó en el día de hoy el ...
29/07/2019

-LEGALIZAN EN PUERTO RICO LAS APUESTAS EN DEPORTES, eSPORTS, Y FANTASY CONTESTS-

El Gobernador firmó en el día de hoy el Proyecto de la Cámara 2038, el cual autoriza las apuestas en deportes, incluyendo las modalidades de deportes electrónicos (eSports) que son competencias de videojuegos, y concursos de fantasía (Fantasy Contests) donde los jugadores agrupan equipos virtuales de jugadores reales pertenecientes a un deporte profesional.
Esta medida ha sido lograda como consecuencia de un caso resuelto por el Tribunal Supremo de los Estados Unidos en el 2018 (Murphy v. National Collegiate Athletic Assn., 138 S.Ct. 1461) que declaró inconstitucional una legislación federal que prohibía a los Estados regular y autorizar las apuestas en eventos deportivos.
Con la aprobación de esta Ley, las personas podrán apostar dinero en eventos deportivos profesionales organizados en cualquier parte del mundo, ya sea en los establecimientos autorizados por ley o por medio del internet. Esta ley abrirá una nueva fuente de ingresos al gobierno, siendo un gran atractivo turístico ya que Puerto Rico será la única jurisdicción en el Caribe con apuestas deportivas. Entre los establecimientos que podrán recibir apuestas se encuentran los hoteles, casinos, paradores, hipódromo y hasta las galleras.
Será interesante ver como se desarrolla este nuevo campo de las apuestas y sobre todo como manejarán la restricción de los menores de edad en las apuestas.

💍BODA ANTE NOTARIO-ABOGADO💍Deseamos informarles que nuestra oficina ofrece servicios de celebración de bodas. Orientamos...
11/07/2019

💍BODA ANTE NOTARIO-ABOGADO💍
Deseamos informarles que nuestra oficina ofrece servicios de celebración de bodas. Orientamos sobre los requisitos para contraer matrimonio y el proceso ante el Registro Demográfico. Celebramos bodas, en nuestra oficina o en el lugar de preferencia de la pareja, sin discrimen de género. Interesados en orientación o información adicional pueden llamar al 787-515-3779.

"El amor es invisible y entra y sale por donde quiere, sin que nadie le pida cuenta de sus hechos" – Miguel de Cervantes

Desde el 2016 los abogados-notarios están autorizados por Ley a celebrar matrimonios en P.R. La ventaja de contraer matrimonio ante un abogado-notario es que éste profesional cuenta con el conocimiento de las Leyes y el derecho que rigen el matrimonio y puede orientar a las parejas sobre los aspectos legales que conlleva casarse.
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13/04/2019

Buenos días! Estamos hoy y todos los sábados ofreciendo servicios de 9am-1pm. Feliz sábado para tod@s!

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