30/08/2021
Resumen | Nueva Orden Ejecutiva
La Nueva Orden Ejecutiva entrará en vigor a partir del jueves, 2 de septiembre hasta el jueves 23 de septiembre de 2021.
• La Orden Ejecutiva 2021-065, establece restricciones adicionales temporeras en los horarios de actividad privada y comercial.
• La nueva OE ordena el cierre de todas las operaciones privadas que atienden público desde las 12 de la medianoche hasta las 5 de la mañana. Esto incluye pero no se limita:
1. Locales comerciales
2. Locales profesionales
3. Locales no profesionales
4. Locales de servicio al consumidor
5. Locales de ventas
6. Locales de entretenimiento y otros.
• La vigencia de la nueva OE será hasta el 23 de septiembre de 2021.
• Quedan excluidas de esta disposición en cuanto a horario: Las operaciones privadas que no atienden públicos.
1. Manufactura
2. Construcción
3. Comercio
4. Distribución
5. Agricultura
Servicios de Salud:
1. Salud mental
2. Hospitales
3. Farmacias
4. Farmacéuticas
5. Instalaciones de biociencias
6. Centros de Salud
7. Centros de Vacunación
• Se excluye a los servicios:
1. Funerarios
2. Puertos
3. Aeropuertos
4. Medios de comunicación
5. Servicios de carreteras y cerrajería
6. Servicios de seguridad y de transportación incluyendo los de distribución y los de transporte colectivo
7. Los servicios de utilidades o de infraestructura crítica
8. Los servicios de entrega de paquetes o mercancía
9. Servicios religiosos
10. Gasolineras
11. Supermercados
12. Comercios de artículos de primera necesidad
13. Restaurantes con modelo de entrega o delivery
14. Servicios de comida en hoteles y paradores, pero esto solo para huéspedes, entre otros
• Durante el periodo de 12 de la medianoche a 5 de la mañana se establece Ley Seca en ese horario.
• Esta prohibición de horario incluye actividades sociales, tales como bodas, aniversarios, cumpleaños, entre otras similares en establecimientos públicos y privados.
• El uso de la mascarilla es obligatorio en lugares cerrados y se requiere el uso obligatorio en lugares abiertos en los que hay aglomeración de 50 personas o más.
• Se ordena que el persona clínico en hospitales utilice mascarillas KN-95 o N-95 para su protección.
• Se prohíbe llevar a cabo cirugías electivas, conforme al criterio médico, que requieren la utilización de unidades de cuidado intensivo posterior a la operación.
• Se prohíbe pegar o amarrar varias embarcaciones entre sí, y se prohíbe el anclaje en playas, cayos e islotes a menos de 100 pies de la orilla, con excepción del uso de boyas de amarre o moorings.
Esto es un resumen de las disposiciones de la nueva orden ejecutiva | Más detalles aquí: https://bit.ly/2UZuHff