18/11/2020
Importante‼️
📢Falta poco para que acabe el acogimiento a RAF (31/12/20)
Sabes lo que es el RAF (Régimen de Aplazamiento y/o Fraccionamiento). Aquí algunos alcances que te pueden ayudar:
📢Comprende:
☑️Deudas administradas por la SUNAT exigibles hasta la fecha de presentación de la solicitud de acogimiento.🤝
☑️Se pueden acoger al RAF, deudas exigibles y pendientes de pago en cualquier estado (en cobranza, reclamada, apelada, demanda contenciosa administrativa o en proceso de amparo)🤝
☑️Fraccionamientos que se encuentren pendientes de pago a la fecha en que se presenta la solicitud de acogimiento.🤝
☑️La tasa de interés es de cuarenta por ciento (40%) de la TIM vigente a la fecha de entrada en vigencia de la RS. Y se aplica a partir del día siguiente a la fecha de presentación de la solicitud de acogimiento, siempre que se acepte el acogimiento. 👍
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