15/12/2023
LA PENSIÓN DE ALIMENTOS
Alimentos, es un tema crucial en la relación de los seres humanos, y el desconocerlo ha sido motivo y origen de muchos conflictos con la relación de pareja, en la relación padres e hijos e hijos y padres.
SI VAS A CONCLUIR UNA RELACIÓN DEBES SABER QUÉ?
Tendrás que cumplir con dar pensión de alimentos según, sea el caso:
PENSIÓN PRE NATAL: Es la pensión que corresponde al periodo de gestación, que recibe la madre al confirmar embarazo.
PENSIÓN HIJOS MENORES DE EDAD: Es la pensión que todo hijo, debe recibir para su alimentación, estudio, salud y subsistencia en general.
PENSIÓN HIJOS MAYORES DE EDAD: Es la pensión que recibe un hijo mayor de 18 años, que sigue estudiando en la universidad, instituto u otra entidad de cuyo resultado, el hijo tenga la herramienta de trabajo que necesita para subsistir.
PENSIÓN PARA HIJOS CON DISCAPACIDAD: Si tienes un hijo con discapacidad o si es un hijo especial, es obligación su manutención de por vida.
PENSIÓN PARA PADRES, significa que si eres adulto mayor imposibilitado de generar ingreso; puedes pedir alimentos a tus hijos profesionales o que tienen ingresos como trabajadores independientes.
AUMENTO DE PENSION DE ALIMENTOS: Dependerá de la edad de crecimiento y necesidades de los hijos; un hijo de un año, no tendrá las mismas necesidades de un niño que ya está en edad escolar y puedes solicitar el aumento de pensión.
EXTINSION DE PENSION DE ALIMENTOS: Si tu hijo alimentista, dejara de estudiar o ya culmino sus estudios, puedes pedir la extinción de la pensión de alimentos
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