20/04/2026
Excelente lunes a todos.
Buen día a todos.
Compañero abogado, abogada, el pasado viernes 17 de abril se publicó la siguiente Jurisprudencia, Mediante el Registro digital: 2032041
Donde ya no es necesario que te encuentres registrado en el Sistema Computarizado para el Registro Único de Profesionales del Derecho ante los órganos jurisdiccionales del Poder Judicial de la Federación.
Es suficiente que dentro del escrito respectivo proporciones los datos que permitan confirmar que cuentas con la acreditación de ser Licenciado en derecho.
Criterio que opera para el Poder Judicial de la Federación y/o Poder Judicial de los Estados.
Saludos.