18/05/2026
Tras varias semanas de negociaciones entre los comisionados del sindicato mayoritario , el miércoles 13 de mayo se formalizó la firma de las nuevas condiciones generales de trabajo. Este acuerdo fue Firmado por nuestro Secretario General, el Ingeniero Melecio Cornelio Muñoz, el Director General del COBATAB, Dr. Fernando Yrys Hernández, y los comisionados designados por ambas partes.
El documento resultante regirá las relaciones contractuales entre el sindicato y la Dirección General durante el periodo 2026-2028. Estas condiciones han sido presentadas ante el Tribunal de Conciliación y Arbitraje para su debida certificación y entrarán en vigor por un periodo de dos años a partir de su entrega oficial.
En el tema de prestaciones: En lo que respecta al artículo 80 canastilla de maternidad: que tenia la cantidad de 1943.50. Tuvo un incremento a 2137.85.
Con relación al servicio de guardería, a las madres administrativas
De $8483.66. Ascendió a 9331.92
Docentes de 18.01 por HSM subió a 19.81 por HSM.
Respecto al artículo 82 ayuda para despensa
Al administrativo
Qué era de 10905.97 dividido en pagos mensuales de 908.83.
Incrementó a 18222.60 dividido en pagos mensuales de 1518.55.
Al docente de 22.70 por cada HSM, incrementó a 37.95 por cada HSM
Respecto del material didáctico se tuvo en cada una de las prestaciones un incremento del 10% adicional.
Por cada categoría, en la cuestión del Material didáctico.
Adicionalmente, se han incorporado las siguientes prestaciones al Artículo 51.Licencia con o sin goce de sueldo de las Condiciones Generales de Trabajo, cuatro tipos de licencias que de acuerdo con la ley, la institución les debe de otorgar a las trabajadoras y a los trabajadores que se describen a continuación:
1.- Se otorgará al trabajador o trabajadora hasta un día de permiso con goce se salario por acudir a institución pública o privada a donar sangre de manera altruista.
2.- Se otorga licencia con goce de sueldo al trabajador o trabajadora que done órganos o tejidos de manera altruista, presentando dictamen médico y por la temporalidad de la intervención quirúrgica y de recuperación requeridos.
3.- Otorgar anualmente permiso con goce de sueldo a las trabajadoras y los trabajadores que lo soliciten para acudir a realizarse estudios o análisis con el objeto de prevenir o detectar algún tipo de cáncer.
4.- Conceder licencia con goce de sueldo hasta por dos días hábiles a las mujeres trabajadoras o personas menstruantes a quienes se les haya diagnosticado con endometriosis grado dos, con dismenorrea primaria o secundaria en grado incapacitante.
5.- Se modifica el Artículo 103 Canasta Navideña de las CGT, por un monto en efectivo para dejar de ser en especie quedando el texto de la siguiente manera:
Se otorgará al trabajador la cantidad de 3000 pesos en una sola exhibición para la adquisición de productos básicos propios de la temporada tales como los que integran una canasta navideña y/o pavos, que mejoran la calidad de vida del trabajador, dicho monto será entregable en el mes de diciembre, mediante monedero electrónico autorizado
Con respecto al artículo 93 ayuda para transporte
El administrativo que tenía una cantidad de 4076.76 anuales. Dividido en 339.73 mensuales. Se incrementó a 9780 pesos, Con un ingreso mensual de 815 pesos,
Al docente que tenía un ingreso de 8.01 por HSM, mes subió a 19.40 por HSM es decir el logro de del incremento en estas prestaciones fue mayo al 100%
En el artículo 39 respecto de descarga horaria, solo se contemplaba a 9 categorias de docentes siendo ahora de 11 categorias dado que se incluyeron a los docentes emsad II con ¾ de tiempo con 6 hrs de descarga y al docente Emsad II de medio tiempo con 4 hrs de descarga
El Sindicato Mayoritario reitera su compromiso con la base trabajadora, garantizando la preservación de los logros alcanzados a lo largo de 34 años y manteniendo la premisa de no menoscabar ninguna prestación existente.
“Con Unidad en la Pluralidad, Triunfaremos”