Nuevo Comité Sicobatab

Nuevo Comité Sicobatab Sindicato de trabajadores del Colegio de Bachilleres de Tabasco

01/06/2026
18/05/2026

Hoy 18 de Mayo a las 11:30 am, El Ingeniero Melecio Cornelio Muñoz y parte del comité ejecutivo del Sicobatab recibieron de manos del Magistrado Presidente del Tribunal de Conciliación y Arbitraje del Estado las Condiciones Generales de Trabajo Certificadas 2026-2028, asi mismo el Secretario General del SICOBATAB agradeció al Magistrado Presidente M.D. Benito Méndez Hernández y al Director General del Cobatab Maestro Fernando Yrys Hernández, su disposición para llevar a buen puerto el documento que regirá a partir del 13 de Mayo las relaciones contractuales entre la Institución y trabajadores de base docentes y administrativos del Cobatab cuya titularidad detenta el SICOBATAB.

Tras varias semanas de negociaciones entre los comisionados del sindicato mayoritario  , el miércoles 13 de mayo se form...
18/05/2026

Tras varias semanas de negociaciones entre los comisionados del sindicato mayoritario , el miércoles 13 de mayo se formalizó la firma de las nuevas condiciones generales de trabajo. Este acuerdo fue Firmado por nuestro Secretario General, el Ingeniero Melecio Cornelio Muñoz, el Director General del COBATAB, Dr. Fernando Yrys Hernández, y los comisionados designados por ambas partes.

El documento resultante regirá las relaciones contractuales entre el sindicato y la Dirección General durante el periodo 2026-2028. Estas condiciones han sido presentadas ante el Tribunal de Conciliación y Arbitraje para su debida certificación y entrarán en vigor por un periodo de dos años a partir de su entrega oficial.
En el tema de prestaciones: En lo que respecta al artículo 80 canastilla de maternidad: que tenia la cantidad de 1943.50. Tuvo un incremento a 2137.85.
Con relación al servicio de guardería, a las madres administrativas
De $8483.66. Ascendió a 9331.92
Docentes de 18.01 por HSM subió a 19.81 por HSM.
Respecto al artículo 82 ayuda para despensa
Al administrativo
Qué era de 10905.97 dividido en pagos mensuales de 908.83.
Incrementó a 18222.60 dividido en pagos mensuales de 1518.55.
Al docente de 22.70 por cada HSM, incrementó a 37.95 por cada HSM
Respecto del material didáctico se tuvo en cada una de las prestaciones un incremento del 10% adicional.
Por cada categoría, en la cuestión del Material didáctico.

Adicionalmente, se han incorporado las siguientes prestaciones al Artículo 51.Licencia con o sin goce de sueldo de las Condiciones Generales de Trabajo, cuatro tipos de licencias que de acuerdo con la ley, la institución les debe de otorgar a las trabajadoras y a los trabajadores que se describen a continuación:

1.- Se otorgará al trabajador o trabajadora hasta un día de permiso con goce se salario por acudir a institución pública o privada a donar sangre de manera altruista.
2.- Se otorga licencia con goce de sueldo al trabajador o trabajadora que done órganos o tejidos de manera altruista, presentando dictamen médico y por la temporalidad de la intervención quirúrgica y de recuperación requeridos.
3.- Otorgar anualmente permiso con goce de sueldo a las trabajadoras y los trabajadores que lo soliciten para acudir a realizarse estudios o análisis con el objeto de prevenir o detectar algún tipo de cáncer.
4.- Conceder licencia con goce de sueldo hasta por dos días hábiles a las mujeres trabajadoras o personas menstruantes a quienes se les haya diagnosticado con endometriosis grado dos, con dismenorrea primaria o secundaria en grado incapacitante.
5.- Se modifica el Artículo 103 Canasta Navideña de las CGT, por un monto en efectivo para dejar de ser en especie quedando el texto de la siguiente manera:
Se otorgará al trabajador la cantidad de 3000 pesos en una sola exhibición para la adquisición de productos básicos propios de la temporada tales como los que integran una canasta navideña y/o pavos, que mejoran la calidad de vida del trabajador, dicho monto será entregable en el mes de diciembre, mediante monedero electrónico autorizado

Con respecto al artículo 93 ayuda para transporte
El administrativo que tenía una cantidad de 4076.76 anuales. Dividido en 339.73 mensuales. Se incrementó a 9780 pesos, Con un ingreso mensual de 815 pesos,
Al docente que tenía un ingreso de 8.01 por HSM, mes subió a 19.40 por HSM es decir el logro de del incremento en estas prestaciones fue mayo al 100%
En el artículo 39 respecto de descarga horaria, solo se contemplaba a 9 categorias de docentes siendo ahora de 11 categorias dado que se incluyeron a los docentes emsad II con ¾ de tiempo con 6 hrs de descarga y al docente Emsad II de medio tiempo con 4 hrs de descarga
El Sindicato Mayoritario reitera su compromiso con la base trabajadora, garantizando la preservación de los logros alcanzados a lo largo de 34 años y manteniendo la premisa de no menoscabar ninguna prestación existente.
“Con Unidad en la Pluralidad, Triunfaremos”

El  dia de hoy 12 de mayo en punto de las 11 a.m., parte del comité ejecutivo encabezados por el Secretario General Ing ...
12/05/2026

El dia de hoy 12 de mayo en punto de las 11 a.m., parte del comité ejecutivo encabezados por el Secretario General Ing Melecio Cornelio Muñoz y secretario de organización Lic. Fernando Morales Mateos, acompañaron al Abogado Luis Manuel Zurita Oropeza y al Abogado José Alfredo García Torres, del equipo jurídico de Sicobatab a la entrega de las demandas de amparo contra el decreto 253 del 11 de abril del 2026 en el que el Congreso del Estado, a nuestro juicio, no cumplió con lo ordenado por la Suprema Corte respecto de la expectativa legítima de derecho de jubilación a los trabajadores que para el 31 de diciembre de 2015 ya tenían la mitad de su vida laboral cotizando al ISSET en referencia al Artículo 8o Transitorio de dicha ley y que fue declarado inconstitucional.
Los promovientes de demanda de amparo del SICOBATAB ascienden a un promedio de 450 trabajadores agraviados por el desacato del Congreso del Estado al no cumplir con este resolutivo de la acción de Inconstitucionalidad. Destacamos que la labor de nuestros abogados ha sido completamente gratuita con la participación de otros dos abogados del gremio Lic. Nayeli Mendoza Martinez y Lic Julio Cesar Jiménez Arias. Sicobatab, con más de 34 años de servicio, reafirma su compromiso con la defensa de los derechos de los trabajadores.

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