Archivo Histórico Municipal de León

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📸 Recorre, observa y comparte la memoria de nuestra ciudad.Te invitamos a un recorrido guiado por la exposición fotográf...
02/09/2026

📸 Recorre, observa y comparte la memoria de nuestra ciudad.

Te invitamos a un recorrido guiado por la exposición fotográfica "Paso en la ciudad. Remembranza y archivo", acompañado por su autora, Noemí Ortiz. Al finalizar, tendremos una lectura abierta del cuento "Casa tomada", de Julio Cortázar, para dialogar sobre el desplazamiento, la memoria y el abandono de la vivienda.

📅 Miércoles 9 de septiembre
🕔 17:00 h
📍 Archivo Histórico Municipal de León
🎟️ Actividad gratuita

¡Te esperamos para encontrarnos con la ciudad a través de la fotografía y la literatura!

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⚾🏟️ Estadio Domingo Santana: la casa del beisbol en LeónRecordamos la inauguración de uno de los espacios más representa...
02/09/2026

⚾🏟️ Estadio Domingo Santana: la casa del beisbol en León

Recordamos la inauguración de uno de los espacios más representativos de la infraestructura deportiva de nuestra ciudad: el Estadio Domingo Santana, escenario que durante más de cinco décadas ha sido punto de encuentro para generaciones de aficionados al rey de los deportes.

Nombrado en honor al destacado pelotero guanajuatense Domingo Santana, el inmueble comenzó a construirse en 1971 y fue inaugurado el 2 de septiembre de 1973 por el entonces presidente de México, Luis Echeverría Álvarez, como parte del complejo de la Ciudad Deportiva del Coecillo.

Desde entonces, su diamante ha sido testigo de buena parte de la historia del beisbol profesional leonés. Durante sus primeros años recibió a diferentes equipos de la Liga Central Mexicana de Beisbol y, en 1979, con los Cachorros de León, la ciudad ingresó a la Liga Mexicana de Beisbol.

En 1980, en medio del conflicto que sacudió al beisbol profesional mexicano, el Domingo Santana también fue casa de los **Lechugueros de León, conjunto que participó en la Liga Nacional de Béisbol de la ANABE (Asociación Nacional de Beisbolistas). Su presencia constituye otro capítulo de la historia de la pelota caliente en nuestra ciudad y de este emblemático escenario.

Una nueva etapa comenzó en 1983 con los Bravos de León, equipo que hizo del Domingo Santana su casa y fortaleció una afición que encontró en sus tribunas un espacio para vivir y transmitir su pasión por el beisbol. El capítulo más glorioso llegó en 1990, cuando los Bravos conquistaron el campeonato de la Liga Mexicana de Beisbol, dejando grabado aquel título en la memoria deportiva de León. 🏆⚾

Cachorros, Lechugueros y, particularmente, los Bravos de León, han escrito sobre este diamante distintos capítulos de una historia que trasciende resultados y temporadas.

A lo largo de los años, el estadio ha experimentado remodelaciones y transformaciones, pero ha conservado su esencia: ser la casa del béisbol en León y el hogar de los Bravos.

Más que una instalación deportiva, el Domingo Santana forma parte de la memoria colectiva de la ciudad. Sus gradas, su diamante y las historias construidas alrededor de ellos son testimonio de la evolución de nuestra infraestructura deportiva y de una tradición beisbolera transmitida de generación en generación.

A 53 años de su inauguración, el Estadio Domingo Santana permanece como un referente del deporte local y como parte del patrimonio histórico y deportivo de León.

📸 ¿Qué recuerdos tienes del Domingo Santana? ¿Qué partidos, jugadores o temporadas permanecen en tu memoria?

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01/09/2026
01/09/2026



El 1 de septiembre de 1828 se llevaron a cabo las elecciones presidenciales para determinar la sucesión al primer gobierno republicano que encabezó Guadalupe Victoria desde 1824. La logia yorkina respaldó la candidatura de Vicente Guerrero, su jefe titular, a pesar de las divisiones que se fraguaban al interior de la agrupación; mientras tanto, la logia escocesa apoyó al candidato Manuel Gómez Pedraza, que entonces fungía como Ministro de Guerra.

Ambos contendientes intentaron “ejercer la mayor presión posible para retener a sus partidarios”, empero, el triunfo electoral lo obtuvo Gómez Pedraza. Ello generó desaprobación y condujo a levantamientos alrededor del país: en Veracruz, Antonio López de Santa Anna se sublevó y emitió el “Plan de Perote” para apoyar a Guerrero y desconocer la victoria de Gómez Pedraza; así mismo, estallaron movimientos dirigidos por Juan Álvarez, Isidoro Montes de Oca, entre otros. Hacia noviembre, Lorenzo de Zavala —yorkino, cercano a Guerrero y gobernador del Estado de México— también incitó a una rebelión que rechazaba la elección de Pedraza, quien dimitió a finales de diciembre, y finalmente Guerrero fue declarado presidente.

Fuente: Michael P. Costeloe, La primera república federal de México (1824-1835)..., México, FCE, 1996, pp. 167-216.

⚽💚 Adalberto “Dumbo” López: cuando una ciudad se convierte en hogar.La historia del deporte no se escribe únicamente con...
31/08/2026

⚽💚 Adalberto “Dumbo” López: cuando una ciudad se convierte en hogar.

La historia del deporte no se escribe únicamente con campeonatos, goles, récords y estadísticas. También está formada por las historias de quienes llegaron a una ciudad para ejercer una profesión y terminaron haciendo de ella una parte fundamental de su propia vida.

Uno de los ejemplos más entrañables en la historia deportiva de León es el de José Adalberto “Dumbo” López, nacido en Cocula, Jalisco, el 4 de julio de 1923, y convertido con el paso de los años en una de las figuras fundamentales de la primera gran época del Club León.

Llegó al conjunto esmeralda en 1946 y muy pronto escribió su nombre en la historia del futbol mexicano. Con León conquistó los campeonatos de Liga de 1947-48 y 1948-49, además de la Copa México de 1948-49 y los títulos de Campeón de Campeones de 1947-48 y 1948-49. Fue, además, tricampeón consecutivo de goleo en las temporadas 1946-47, 1947-48 y 1948-49, una hazaña extraordinaria para su época.

Su capacidad frente a la portería hizo de él una leyenda. Con 135 anotaciones en competencias oficiales, permanece como máximo goleador histórico del Club León, por encima de generaciones enteras de grandes delanteros que posteriormente vistieron la camiseta esmeralda.

También defendió los colores de México. Participó con la Selección Nacional en los campeonatos norteamericanos de 1947 y 1949; en el primero de ellos, celebrado en La Habana, contribuyó al campeonato mexicano y destacó entre los goleadores del torneo.

Pero quizá uno de los episodios que mejor explica lo que León terminó significando para el “Dumbo” ocurrió fuera de las canchas y muchos años después de sus grandes tardes como futbolista.

Adalberto López falleció el 15 de diciembre de 1996, en Los Ángeles, California. Su historia, sin embargo, habría de tener un último capítulo en León. De acuerdo con la crónica publicada por el periódico a.m., sus familiares y antiguos compañeros cumplieron su voluntad y esparcieron sus cenizas sobre el antiguo campo de La Martinica, escenario íntimamente relacionado con aquellos años en los que comenzó a construirse la primera gran generación del futbol leonés.

La imagen resulta profundamente simbólica: el hombre que tantas veces corrió detrás de un balón en León quiso permanecer, de alguna manera, sobre una cancha de esta ciudad.

Y ahí es donde la historia deportiva adquiere otra dimensión.

Porque los estadios, los campos, las canchas, los gimnasios y los barrios no son únicamente espacios donde se disputan partidos. Con el paso de los años se convierten en lugares de memoria. En ellos quedan alegrías y derrotas, pero también amistades, familias, generaciones, experiencias y vidas enteras.

Como el “Dumbo”, numerosos futbolistas, basquetbolistas, beisbolistas, entrenadores y otros protagonistas del deporte llegaron a León procedentes de distintos lugares. Algunos pensaron quizá que su estancia sería temporal. Vinieron a jugar, trabajar o desarrollar una profesión y terminaron encontrando aquí algo mucho más profundo: un hogar.

Se integraron a sus barrios, formaron familias, hicieron amigos, participaron de las costumbres locales y terminaron identificándose con una ciudad que originalmente no era la suya. León los hizo suyos y ellos, a su vez, hicieron suyo a León.

Por eso recuperar la historia del deporte leonés significa también recuperar historias de arraigo, migración, identidad y pertenencia.

Adalberto “Dumbo” López nació en Jalisco, triunfó como uno de los grandes delanteros del futbol mexicano y murió lejos de Guanajuato. Pero cuando llegó el momento de decidir dónde habría de quedar una parte de sí mismo, eligió La Martinica.

Quizá pocas imágenes expresen mejor lo que significa echar raíces en una ciudad.

Porque hay quienes llegan a León para quedarse unos años… y terminan quedándose para siempre.

📷 Imágenes: periódico a.m. / Acervo AHML.

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31/08/2026



30-agosto-1926

Se presentó el reglamento del artículo 130 constitucional.

A finales de mayo de 1926, la Secretaría de Gobernación solicitó a los gobernadores del país que reglamentaran el artículo 130 constitucional para determinar el número de sacerdotes necesarios para oficiar en sus entidades y realizar el registro correspondiente. Algunos estados acataron la indicación de manera inmediata pero otros gobernadores se tomaron su tiempo. El 30 de agosto de 1926, Excélsior publicó el Reglamento del artículo 130 de la Constitución expedido en el estado de Jalisco:

GUADALAJARA, agosto 29. —Ampliando la información telegráfica que en síntesis envié ayer, sobre la expedición del reglamento que fija el número de sacerdotes que pueden ejercer en el Estado y cuyo decreto dictado por el Gobernador substituto, licenciado Silvano Barba González, transcribo hoy, íntegra, el texto del documento en cuestión, que ha causado marcado interés público.

El reglamento dice así: "Silvano Barba González, Gobernador Constitucional Substituto del Estado Libre y Soberano de Jalisco, a los habitantes del mismo hago saber que, en acuerdo de hoy, he tenido a bien expedir el siguiente reglamento para la observancia del decreto número 2,801 de marzo de 1926, que fija el número máximo de ministros de los cultos.

"Artículo primero. —Cada uno de los encargados de un templo a que se refiere el artículo 130 de la Constitución Federal, remitirá al Ejecutivo del Estado, por conducto del Presidente Municipal del lugar, los datos necesarios para la formación del registro a que se refiere el artículo sexto de este reglamento. Si dentro de un mes, a contar de la fecha de este mismo reglamento, los encargados de los templos que estuvieren abiertos al culto, no cumplieren con la anterior prevención, serán castigados conforme a la Ley.

"Artículo segundo.—El número máximo de ministros de cultos, fijado por el decreto 2,801, de 18 de marzo de 1926, queda sujeto a la siguiente distribución: En Guadalajara, podrán ejercer hasta 65; en Ciudad Guzmán, hasta 10; en Tepatitlán y Lagos de Moreno, hasta 5; en San Juan de los Lagos, hasta 4; en Ameca, Sayula, Ocotlán, Teocaltiche, Atotonilco y Encarnación, hasta 3; en Zapopan, Tlaquepaque, San Gabriel, Mazamitla, Zacoalco de Torres, Teocuitlán, Concepción de Buenos Aires, Cocula, Unión de Tula, Jalostotitlán, Arandas, Atoyac, Etzatlán, Atemajac de Brizuela Yahualica, Tizapán el Alto, Tamazula de Gordiano, Tecalitlán, Tapalpa, San Miguel el Alto, Amatitán y Magdalena, hasta 2. En el resto de los municipios, 1.

"Artículo tercero. —Si el total del número de ministros que corresponda a cada municipalidad, excede del máximo parcial según la distribución anterior, el Gobernador del Estado, expresándole así a los encargados de los templos del culto de que se trate, les prevendrá que dentro del término improrrogable de diez días se pongan de acuerdo con los demás encargados de la misma municipalidad, sobre las personas que deban ejercer dentro del número fijado anteriormente para cada municipio. De no ponerse de acuerdo por cualquier circunstancia, el Ejecutivo del Estado será el que determine la persona o personas que deban ejercer su ministerio atendiendo al orden de registro.

Artículo cuarto. — Cuando algún nuevo culto religioso se estableciere en el Estado, o alguno que se haya suspendido, pretendiere reanudar sus actividades, quedará sujeto en uno y otro caso a las mismas normas que se prescriben en este reglamento. En estos casos el término de treinta días a que se refiere el artículo primero, se contará desde el día en que de hecho empezare a practicarse o se reanudare el ejercicio del Ministerio de culto religioso.

Artículo quinto. —Los encargados de los templos deberán avisar al Ejecutivo del Estado por conducto del Presidente Municipal respectivo todos los cambios que se verifiquen entre los ministros en ejercicio, lo mismo que la falta de alguno de ellos, con expresión de si aconteció por muerte, enfermedad, cambio de residencia o, en general, la causa del cambio o de la falta. Este aviso deberá hacerse forzosamente dentro de los cinco días siguientes al movimiento habido.

Artículo sexto. —La Sección de Gobernación de la Secretaría General de Gobierno llevará un registro en que se contengan: nombre, edad, estado civil, oficio o profesión de cada ministro, independiente de su ministerio religioso, denominación del culto a que pertenezca, templo en que ejerza, domicilio, lugar de nacimiento y notas del día en que se inicie y en su caso, se termine el ejercicio del Ministerio, respecto de cada persona.

Artículo séptimo.—Los ministros de algún culto religioso, a quienes no corresponda ejercer, según el acuerdo tenido por los encargados de los templos, o según la terminación respectiva y que a pesar de ello ejerzan su ministerio, serán consignados por los presidentes municipales o por quien corresponda a la autoridad judicial competente, por el delito de desobediencia previsto por el capítulo octavo, título octavo, libro tercero del Código Penal del Estado, a fin de que dicha autoridad judicial proceda de acuerdo con sus atribuciones, contra los autores, cómplices o encubridores, y según el grado y demás circunstancias en que el delito haya sido cometido.

Artículo octavo. —En caso de que los datos suministrados por los encargados de los templos no resulten ciertos, según los que el Ejecutivo recabe, será consignado el caso a la autoridad competente, a fin de que se proceda por el delito de falsedad previsto por el artículo 649 del Código Penal.

Artículo noveno. —Pueden los ministros de los cultos ejercer en municipalidad o en templo que no les corresponda, siempre que dicho ejercicio no exceda de quince días y de acuerdo con el artículo quinto.

Artículo décimo. —Caso de que alguno de los ministros designados por los encargados de los templos o por el Ejecutivo, para ejercer dentro de determinado municipio y en determinado templo, se proponga dedicarse a su culto en lugar distinto, deberá avisarlo al Gobierno del Estado, por conducto del Presidente Municipal, a fin de que el mismo Ejecutivo haga las anotaciones correspondientes.

Artículo Undécimo. —En toda cuestión relativa al decreto que se reglamenta, no se admitirá ninguna gestión o petición en representación de alguna confesión religiosa o de algún culto que no provenga de los encargados de los templos.

Por tanto, mando se imprima, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento. — Dado en Palacio de Gobierno del Estado, a los veinticinco días del mes de agosto de mil novecientos veintiséis. —Silvano Barba González. —El Secretario General de Gobierno, Rodolfo Delgado".

Silvano Barba González había asumido la gubernatura interina de Jalisco el 29 de julio de 1926, tras la crisis política que sufrió el estado después de que fuera depuesto el gobernador José G. Zuno por conflictos con el gobierno nacional. La delimitación del número de sacerdotes y el censo avivó la indignación de los católicos en los estados, quienes ya habían empezado a asumir una actitud retadora frente al poder político. Mientras tanto, en la Ciudad de México, algunos diputados recién electos, que iniciarían los trabajos legislativos el 1º de septiembre, se mostraban optimistas de que con la reglamentación del artículo 130 de la constitución se resolviera el conflicto religioso.

📷 Silvano Barba González en un salón, retrato. Ca. 1929. © (10271) SECRETARÍA DE CULTURA. INAH.SINAFO.FN. MÉXICO.

29/08/2026
29/08/2026
🎨📖 Antonio Segoviano Hernández. Tejiendo el arte en LeónEl Archivo Histórico Municipal de León llevó a cabo la presentac...
28/08/2026

🎨📖 Antonio Segoviano Hernández. Tejiendo el arte en León

El Archivo Histórico Municipal de León llevó a cabo la presentación editorial del libro Antonio Segoviano Hernández. Tejiendo el arte en León, publicación dedicada a recuperar y difundir la vida, trayectoria y legado de uno de los personajes vinculados con la historia artística y cultural de nuestra ciudad.

Durante la presentación contamos con la participación del Dr. Mariano González Leal, investigador; la Lic. Sahara Ramírez Domínguez, artista; y el Mtro. Rodolfo Herrera Pérez, autor de la publicación y Director del Archivo Histórico Municipal de León, quienes desde sus respectivos campos de especialización compartieron distintas aproximaciones a la figura, obra y legado del maestro Antonio Segoviano Hernández.

La moderación estuvo a cargo del Lic. Héctor Hesiquio Rodríguez Martínez, Coordinador de Investigaciones y Publicaciones del AHML.

Agradecemos especialmente las facilidades y atenciones brindadas para la realización de esta actividad en el Auditorio anexo al Templo de San Juan de Dios, espacio que permitió llevar esta presentación editorial a uno de los barrios históricos de nuestra ciudad.

El libro "Antonio Segoviano Hernández. Tejiendo el arte en León" ya se encuentra disponible de manera gratuita para todas las personas interesadas.

📍 Archivo Histórico Municipal de León. Justo Sierra #216 Centro.
🕣 Horario: de 8:30 a 15:00 horas.
🎟️ Distribución gratuita.

Los invitamos a acercarse al Archivo, conocer esta nueva publicación y, a través de sus páginas, descubrir la trayectoria de Antonio Segoviano Hernández y una parte importante de la memoria artística de León.

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Dirección

Justo Sierra 216 Zona Centro
León
37000

Horario de Apertura

Lunes 8am - 3:30pm
Martes 8am - 3:30pm
Miércoles 8am - 3:30pm
Jueves 8am - 3:30pm
Viernes 8am - 3:30pm

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