10/09/2026
¿Se deben pagar impuestos por recibir el dinero de una AFORE debido al fallecimiento del titular? 💰🪦👱♂️
Hoy, en la Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvimos la Contradicción de Criterios 49/2026, en la cual analizamos qué pasa con los recursos de una cuenta de AFORE cuando fallece una persona trabajadora y son entregados a quien designó como beneficiario. La pregunta fue si, conforme al artículo 93, fracción XXII, de la Ley del Impuesto sobre la Renta, ese dinero debe pagar ISR o si puede recibir el mismo tratamiento que una herencia o un legado. Aquí les explico. 👇
📃 El caso
👱♂️👱♂️ Dos personas recibieron como beneficiarias los recursos de la cuenta individual de una AFORE de un trabajador fallecido. Al entregarles el dinero, se les retuvo ISR.
Consideraron que esa retención no correspondía porque los recursos estaban exentos y solicitaron su devolución. La autoridad fiscal negó la devolución, por lo que acudieron a los tribunales. En ambos casos se ordenó devolver las cantidades retenidas.
Inconforme, la autoridad fiscal promovió las revisiones materia de la contradicción y el asunto llegó a la Suprema Corte.
🏛️ ¿Qué resolvimos?
Por mayoría, determinamos que los recursos de la AFORE entregados a la persona beneficiaria son materialmente equiparables a un legado. Derivado de esa equiparación, estos recursos están exentos del ISR.
1️⃣💰 En ambos casos una persona recibe, después del fallecimiento de su titular, un bien o derecho específico que pertenecía a éste.
2️⃣📃 La diferencia está en la forma en que se determina quién lo recibe: en un legado, mediante un testamento; en una AFORE, mediante la designación de una persona beneficiaria.
3️⃣🪦 Pero esa diferencia formal no cambia la realidad: son recursos generados durante la vida laboral de la persona trabajadora que no fueron recibidos por ella antes de morir y que, precisamente por su fallecimiento, pasan a una persona determinada.
Cuando se transmite un patrimonio por causa de fallecimiento, no basta con mirar cómo se llama la figura jurídica mediante la cual se recibe; también hay que atender qué es, para qué sirve y qué efectos produce en la realidad.
𝐃𝐞𝐭𝐫𝐚́𝐬 𝐝𝐞 𝐞𝐬𝐨𝐬 𝐫𝐞𝐜𝐮𝐫𝐬𝐨𝐬 𝐡𝐚𝐲 𝐚𝐧̃𝐨𝐬 𝐝𝐞 𝐭𝐫𝐚𝐛𝐚𝐣𝐨 𝐲 𝐞𝐬𝐟𝐮𝐞𝐫𝐳𝐨. 𝐏𝐨𝐫 𝐞𝐬𝐨, 𝐜𝐮𝐚𝐧𝐝𝐨 𝐮𝐧𝐚 𝐩𝐞𝐫𝐬𝐨𝐧𝐚 𝐫𝐞𝐜𝐢𝐛𝐞 𝐚𝐪𝐮𝐞𝐥𝐥𝐨 𝐪𝐮𝐞 𝐥𝐞 𝐟𝐮𝐞 𝐝𝐞𝐣𝐚𝐝𝐨, 𝐦𝐞𝐫𝐞𝐜𝐞 𝐫𝐞𝐜𝐢𝐛𝐢𝐫𝐥𝐨 𝐢́𝐧𝐭𝐞𝐠𝐫𝐚𝐦𝐞𝐧𝐭𝐞, 𝐬𝐢𝐧 𝐪𝐮𝐞 𝐮𝐧𝐚 𝐜𝐚𝐫𝐠𝐚 𝐟𝐢𝐬𝐜𝐚𝐥 𝐭𝐞𝐫𝐦𝐢𝐧𝐞 𝐫𝐞𝐝𝐮𝐜𝐢𝐞𝐧𝐝𝐨 𝐚𝐪𝐮𝐞𝐥𝐥𝐨 𝐪𝐮𝐞 𝐚𝐥𝐠𝐮𝐢𝐞𝐧 𝐜𝐨𝐧𝐬𝐭𝐫𝐮𝐲𝐨́ 𝐞𝐧 𝐯𝐢𝐝𝐚 𝐲 𝐝𝐞𝐜𝐢𝐝𝐢𝐨́ 𝐪𝐮𝐞 𝐩𝐚𝐬𝐚𝐫𝐚 𝐚 𝐬𝐮𝐬 𝐬𝐞𝐫𝐞𝐬 𝐪𝐮𝐞𝐫𝐢𝐝𝐨𝐬.