14/04/2021
COMUNICADO
SINDICO MUNICIPAL
En días pasados, se ha hecho publica en redes sociales información distorsionada, relativa al retiro de sellos de suspensión de actividades, colocados por la Dirección de Desarrollo Económico y Coordinación Municipal de Protección Civil en una unidad económica, realizada por personal de la Sindicatura Municipal, ante lo cual se considera importante precisar lo siguiente:
1. El Síndico Municipal tiene como una de sus atribuciones resolver el recurso administrativo de inconformidad en contra de resoluciones o actos de la administración municipal, en términos de los artículos 186 y 197 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México;
2. Atendiendo a dicha facultad, el 10 de febrero del 2021 un ciudadano interpuso dicho recurso de inconformidad ante esta Sindicatura, en contra de actos realizados por los servidores públicos en comento;
3. Se tramitó el procedimiento correspondiente, siendo que las autoridades fueron omisas en remitir los informes respecto de los hechos que se les atribuían, mostrando una actitud negligente;
4. En fecha 12 de marzo del 2021, se resolvió el citado recurso, declarando fundadas las peticiones reclamadas por el ciudadano, y en consecuencia, se ordenó a las autoridades responsables, Dirección de Desarrollo Económico y Coordinación de Protección Civil, el retiro de los sellos colocados en la unidad económica, apercibiéndolas de que, en caso de no retirarlos, esta autoridad designaría personal para realizarlo, esto con fundamento en el artículo 280 del ordenamiento antes citado;
5. No obstante, lo anterior, y a pesar de que existía una resolución emitida por autoridad competente, que les ordenaba el retiro de los sellos, las autoridades señaladas fueron omisas cumplir lo ordenado y, por el contrario, colocaron nuevos sellos, en un evidente reto a esta autoridad, por lo cual, se les pidió un informe al respecto, en un término de 24 horas;
6. Transcurrido dicho termino, sin que las autoridades rindieran el informe o retiraran los sellos, se acordó hacer efectivo el apercibimiento que se les realizo, instruyendo a personal de esta sindicatura a retirar los sellos de la unidad económica, ejecutando esta acción el 9 de abril de 2021;
7. Es evidente, que el retiro de los sellos derivo de un procedimiento legal debidamente substanciado y no a una determinación arbitraria, máxime que los servidores públicos responsables, siempre se manifestaron renuentes a cumplir los requerimiento de esta autoridad;
8. Por último, el Síndico Municipal, reafirma su compromiso como garante de la legalidad de los actos de los servidores públicos municipales y defensor de los ciudadanos, al ser la autoridad competente para conocer del recurso administrativo de inconformidad, actuando siempre en estricto apego a la legalidad y teniendo como único requisito que el ciudadano lo interponga en tiempo y forma;