En el estado de Chihuahua fue publicado en el periódico oficial el sábado 19 de Noviembre de 2011 a través de la Sexagésima Tercera Legislatura del Honorable Congreso del Estado de Chihuahua, reunida en su segundo periodo ordinario de sesiones, dentro del primer año de ejercicio constitucional, el artículo único donde se adicionan el capítulo IV al Título Vigésimo Segundo, y los artículos 327 Bis,
327 Ter, 327 Quarter y 327 Quinquies, todos al Código Penal del Estado de Chihuahua, sobre el USO Y ACCESO ILICITO A LOS SISTEMAS Y EQUIPOS INFORMATICOS Y COMUNICACIÓN, dentro del cual en el artículo segundo transitorio establece que:
"La Fiscalía General del Estado, contará con un plazo de seis meses contados a partir de la entrada en vigor del presente decreto, para el establecimiento y organización de unidades especializadas en la prevención y persecución e investigación de los delitos contenidos en los Capítulos III y IV del Título Vigésimo Segundo del Código Penal del Estado y todos aquellos del fuero común relacionados con el uso de Internet". Debido a la importancia de esta ley, la Fiscalía General del Estado de Chihuahua ha venido conformando la Unidad Estatal de Delitos Electrónicos e Informáticos, el cual es un grupo multidisciplinario en Tecnologías de Información y Comunicación (TIC) y Criminólogos, que desde el inició de sus operaciones, opera en línea para la Prevención de delitos derivados y/o realizados en la Internet.