27/09/2026
Artículos 47 y 133 de la LFT: Prohíbe a los patrones o sus representantes permitir o realizar actos de acoso o violencia. Cometerlos o tolerarlos es causa de rescisión de la relación laboral sin responsabilidad para el trabajador, además de ameritar multas patronales ante la inspección del trabajo.
Gobierno del Estado de Aguascalientes Radio y Televisión de Aguascalientes Suprema Corte de Justicia de la Nación