28/07/2026
Dicen que lo hablado es lo entendido, en este caso lo comunicado.
Procedimiento para solicitar expediente al archivo histórico.
1. Procedimiento para desarchivar el expediente
Para que el expediente regrese al juzgado de origen y se puedan realizar actuaciones en él, se
realiza un trámite conocido como desarchivo o solicitud de arrastre de expediente:
● Consulta en el Archivo Judicial Histórico: Se debe acudir al Archivo Histórico del
Poder Judicial (o consultar con los datos básicos del juicio) para obtener la ubicación
exacta del documento (número de expediente, tomo/legajo y libro de registro).
● Presentación del escrito ante el Juzgado: A través de un profesional del derecho
(abogado apoderado), se interpone una Solicitud de Arrastre o Desarchivo ante la
Secretaría del Juzgado donde radicaba la demanda.
● Orden judicial: Si el juez admite la petición, libra un oficio o mandamiento dirigido al
Archivo Histórico para que este remita el expediente físico de regreso al tribunal.
● Recepción y trámite: Una vez retornado el expediente, queda nuevamente a disposición
de las partes en la Secretaría del Juzgado.
2. Consideraciones según el estado de la demanda
El resultado de recuperar el expediente dependerá de la etapa en que se encontraba el juicio:
● Si la demanda ya contaba con sentencia firme: Es el caso más frecuente y directo. El
desarchivo se solicita comúnmente para ejecutar la sentencia, solicitar el desglose de
documentos originales (ej. títulos de propiedad, pagarés) o cancelar embargos y medidas
cautelares.
● Si el juicio quedó inconcluso o en trámite: Si el proceso se paralizó antes de dictar
sentencia por falta de impulso de las partes, existe la posibilidad de que la contraparte o
la judicatura invoque la caducidad de la instancia (extinción de la relación procesal por
abandono del tiempo fijado por el Código Procesal Civil).
Aviso de practicidad: El Archivo Judicial solo custodia el documento; cualquier petición sobre
el caso en sí la debe autorizar el juez de la causa una vez recibido el expediente.
Cuando no hay acuerdo justo con una sentencia firme que procedimiento hay que hacer.
1. La Acción o Recurso de Revisión de Sentencia Firme
Es la vía legal idónea ante situaciones de fuerza mayor o injusticias manifiestas descubiertas
con posterioridad. Este recurso no es una apelación (no vuelve a juzgar los mismos
argumentos) y es conocido exclusivamente por la Corte Suprema de Justicia:
● En Materia Penal: Procede en cualquier tiempo únicamente a favor del condenado.
Se presentar si aparecen nuevas pruebas que demuestren su inocencia, si se prueba
que la sentencia se basó en testimonios o documentos falsos, o si dos personas
resultaron condenadas por un mismo delito que solo pudo cometer una.
● En Materia Civil y otras ramas: Procede dentro de un plazo estricto (generalmente 6
meses desde que quedó firme) y por causales muy específicas, como haber obtenido la
sentencia mediante cohecho, violencia, fraude procesal o pruebas declaradas falsas
posteriormente.
2. La Acción Constitucional de Amparo
Si durante el proceso judicial que derivó en la sentencia firme se violaron garantías
constitucionales o derechos fundamentales del debido proceso, se puede interponer un
Recurso de Amparo ante la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia.
Hay documentos pendientes por publicar.
Atención Bufete Arevalo