Unidad de Control y Supervisión de Cable

Unidad de Control y Supervisión de Cable Dependencia del CIV encargada de autorizar la instalación, funcionamiento y control de las empresas Sección de Supervisión. Sección de Contabilidad. Mensajero.

El Ministerio de Comunicaciones, Infraestructura y Vivienda, a través de la Unidad de Control y Supervisión -UNCOSU- será el órgano encargado de autorizar la instalación, el funcionamiento y control de las estaciones terrenas domiciliares y comerciales, conforme las normas de esta Ley y la Ley de Radiocomunicaciones. La Unidad de Control y Supervisión -UNCOSU-, es la encargada de velar por el efec

tivo cumplimiento de la Ley Reguladora del Uso y Captación de Señales Vía Satélite y su Distribución por Cable y demás disposiciones legales atinentes”. "Corresponde a la Unidad de Control y Supervisión -UNCOSU- vigilar y comprobar el cumplimiento de la Ley Reguladora del Uso y Captación de Señales Vía Satélite y su Distribución por Cable, así como seguir el procedimiento para determinar las sanciones que deben aplicarse a las personas individuales o jurídicas que violen la ley”. La estructura administrativa de la Unidad de Control y Supervisión -UNCOSU-, es la siguiente:

Jefatura de Unidad. Sección de Registro. Secretaria Recepcionista.

Dirección

15-54 Edificio Reforma Obelisco, Zona 9
Guatemala City

Horario de Apertura

Lunes 07:00 - 03:00
Martes 07:00 - 03:00
Miércoles 07:00 - 03:00
Jueves 07:00 - 03:00
Viernes 07:00 - 03:00

Teléfono

+50222435300

Notificaciones

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