CHPasesores

CHPasesores Centro Estratégico para Emprendedores.

03/01/2022
10/12/2020
13/11/2020
25/05/2020
07/04/2020

El Ministerio de Industria, Comercio y Turismo recomienda anticipar las compras por los cierres de los súper en festivos, pero no todos lo hacen en las mismas fechas

07/04/2020

Los sindicatos exigen medidas de prevención para la reactivación.

19/03/2020

⚠️ Descubre en qué consiste la prestación extraordinaria por cese de actividad para , cuáles son los requisitos para obtenerla y cómo tramitarla con MC MUTUAL ➡️ http://bit.ly/3cW1CWa

15/03/2020

Hemos compartido los decretos más importantes que ha aprobado el Gobierno de España en relación a las medidas que se van adoptando para combatir el impacto económico de la situación excepcional que estamos viviendo de ESTADO DE ALARMA motivada por el Covid-19. Hasta ahora las que afectan a las empresas y pueden tener relación con nuestro trabajo las vamos a resumir.-

1.- Se ha considerado la situación asimilada a accidente de trabajo de los periodos de aislamiento o contagio de las personas trabajadoras como consecuencia del virus COVID-19. Con ello se da un tratamiento de accidente de trabajo a estos casos, aislamiento o cuarentena de un trabajador o el periodo de curar dicha enfermedad. Con ello mejora la situación económica tanto del trabajador que pasa a cobrar el 75% desde el día siguiente y el empresario que no tiene que asumir ningún día. (Salvo que el convenio establezca que tiene que aportar hasta el 100%, es decir que tendrá que asumir un 25% del salario).
2.-Se van a poder aplazar las deudas que se generen hasta 30 de mayo con la Agencia tributaria (De lo que se lee y aún sin concretar van a ser las liquidaciones del mes de Abril respecto del primer trimestre). Con un periodo de carencia sin intereses de tres meses.
3.-Suspensión de los periodos procesales y administrativos.- Durante el periodo que dure EL ESTADO DE ALARMA, no computan los periodos para procesos o procedimientos en el ámbito administrativo y judicial.- Con ello los ciudadanos tenemos que estar tranquilos si tenemos algún trámite pendiente en estos días no finalizan los plazos.
4.- Relación de establecimientos que no pueden abrir.- Están en el anexo del Decreto de ESTADO DE ALARMA, que os adjunto. Estos de la lista podrán trabajar con entregas a domicilio. Entiendo que el resto tiene en su libertad abrir o no. Entiendo que lo normal es que se abra para no parar aún más la actividad y si algún trabajador o dueño contrae la enfermedad o tiene que estar en cuarentena, es sólo esa persona la que dejará de ir a trabajar.

15/03/2020

Estimados clientes ante la situación excepcional que estamos viviendo de ESTADO DE ALARMA motivada por el Covid-19 y siguiendo las instrucciones de las autoridades competentes se suspenderá la atención presencial en nuestro centro de trabajo hasta que la situación remita. Les seguimos atendiendo por teléfono, whatsapp y correo electrónico.
Además les mantendremos informados de las novedades normativas que irán surgiendo durante este periodo excepcional que afecta a las empresas, mediante whatsapp.
Podéis contactar con nosotros.-

953415170
678600249
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Rogamos disculpen las molestias pero es el momento de ser responsables por el bien común.

Centro Estratégico para Emprendedores.

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