El Consejo de la Juventud de Toledo es una Entidad de Derecho Público con personalidad jurídica propia y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines, reconocido al amparo de la Ley 1/2005 de 7 de abril de Consejos de la Juventud de Castilla La Mancha, llevando a cabo las siguientes funciones:
* Recabar de los poderes públicos la adopción de medidas relacionadas con el fin que les es pro
pio, así como solicitar, o en su caso emitir informes, formular preguntas y sugerencias ante organismos competentes con el fin de asegurar la participación en los jóvenes en las decisiones y medida que les conciernen.
* Colaborar en la promoción de campañas y otras actividades relacionadas con la problemática e interés juvenil que formule la administración pública, actuando en coordinación con la misma.
* Promocionar el Asociacionismo Juvenil en todas sus facetas, estimulando la creación y desarrollo de asociaciones y prestando el apoyo social que fuera requerido facilitando su incorporación a este Consejo Local.
* Representar a la Juventud de Toledo en los organismos comarcales, provinciales, regionales, nacionales, europeos e internacionales no gubernamentales, específicos para la juventud.
* Participar activamente en el Consejo de la Juventud de Castilla-La Mancha.
* Contribuir al desarrollo de actividades de tiempo libre, culturales, deportivas y medioambientales, asesorando a sus miembros en todo lo concerniente a derechos, deberes y recursos necesarios para llevarlas a cabo. El Consejo de la Juventud no es una mera Federación Municipal de Asociaciones juveniles, ya que tienen funciones públicas, más allá de los intereses particulares de sus miembros; principalmente las de animar a otros jóvenes a la participación social y fomentar la aparición de otras entidades juveniles en la localidad.