25/05/2026
LA HISTORIA DE UNA ESCRITURA PÚBLICA FIRMADA POR CERVANTES Y ARRANCADA DE UN PROTOCOLO NOTARIAL SEVILLANO
La aparición estos días en una subasta de una escritura firmada por Miguel de Cervantes Saavedra ha despertado una notable atención mediática. Como suele ocurrir en estos casos, la noticia se ha centrado principalmente en la presencia de la firma del autor del Quijote. Sin embargo, la verdadera historia del documento es bastante más compleja y, desde el punto de vista archivístico, incluso más interesante.
La escritura fue otorgada en Sevilla el 8 de julio de 1593 ante el escribano público Luis de Porras. En ella interviene Miguel de Cervantes Saavedra en su condición de comisario de abastos al servicio de la Corona, dentro de las actuaciones relacionadas con el aprovisionamiento de aceite para las galeras reales.
Como cualquier otra escritura pública de la época, el documento pasó a integrarse en el protocolo anual del escribano autorizante. Conviene recordar que los protocolos notariales no son colecciones de documentos aislados, sino libros que reúnen ordenadamente todas las escrituras autorizadas por un mismo escribano o notario a lo largo de un año. En este caso, la escritura cervantina quedó incorporada al protocolo de Luis de Porras correspondiente a 1593.
Durante siglos, estos protocolos permanecieron bajo custodia de las correspondientes escribanías y, posteriormente, de las notarías sucesoras de aquellos antiguos oficios públicos. Tras la Ley del Notariado de 1862, los protocolos notariales de más de veinticinco años de antigüedad pasaron a integrarse en el sistema de Archivos Generales de Protocolos gestionados por los Colegios Notariales. Ahora bien: el protocolo es propiedad del Estado. Los notarios ejercen funciones de custodia y conservación como archiveros de la documentación notarial.
En Sevilla, los protocolos históricos se conservaron durante décadas en el Archivo General de Protocolos gestionado por el Colegio Notarial. A finales del siglo XX, la documentación histórica fue transferida al Archivo Histórico Provincial de Sevilla, creado por Orden Ministerial publicada en el Boletín Oficial del Estado de 2 de julio de 1987. Cuando esta documentación ingresó en el Archivo Histórico Provincial, entre 1990 y 1992, la escritura cervantina ya no se encontraba en el lugar que había ocupado originalmente dentro del protocolo.
Este dato resulta importante porque permite aclarar una cuestión que algunas informaciones recientes han presentado de forma equívoca. No nos encontramos ante la desaparición reciente de un documento custodiado por el Archivo Histórico Provincial de Sevilla. La separación del folio respecto de su protocolo original es necesariamente anterior al ingreso de estos fondos históricos en nuestro Archivo, aunque hoy no pueda determinarse con exactitud cuándo se produjo.
La historia da un giro inesperado en 1998. Ese año apareció en una subasta celebrada en Barcelona una escritura firmada por Cervantes cuya procedencia despertó inmediatamente el interés de la Administración cultural andaluza. Se inició entonces una investigación archivística destinada a determinar si aquel documento podía proceder de alguno de los fondos históricos conservados en Sevilla.
Las primeras actuaciones fueron impulsadas por la entonces directora del Archivo Histórico Provincial de Sevilla, D.ª Maribel Simó Rodríguez. Entre otras comprobaciones, se revisaron los antecedentes de consulta y custodia de la documentación conservada en el centro, sin que pudiera acreditarse ninguna utilización reciente del protocolo afectado dentro del Archivo. Aquellas primeras pesquisas permitieron orientar una investigación que pronto reveló indicios muy significativos sobre la procedencia de la pieza.
Posteriormente, durante los años en que se desarrolló el procedimiento judicial derivado del hallazgo, la directora del Archivo Histórico Provincial a la sazón, D.ª Amparo Alonso García, profundizó en el análisis archivístico y diplomático del documento, construyendo una argumentación técnica extraordinariamente detallada que permitía identificar la escritura subastada con un folio concreto de un protocolo conservado en Sevilla.
La importancia de aquel trabajo quedó reflejada años después en el artículo «El documento cervantino. Las dificultades probatorias en los tribunales», publicado en 2012 en la revista PH del Instituto Andaluz del Patrimonio Histórico por D. Alejandro Torres Ridruejo, letrado de la Junta de Andalucía que dirigió la defensa jurídica de la Administración durante el procedimiento. En dicho estudio se sistematizaban los principales argumentos archivísticos, diplomáticos y jurídicos empleados durante el litigio, constituyendo hoy una de las referencias fundamentales para comprender el alcance de este caso.
La investigación no se apoyaba únicamente en el contenido del documento o en la presencia de la firma de Cervantes. La identificación descansaba sobre un conjunto acumulativo de indicios archivísticos y materiales.
En primer lugar, existía correspondencia con el índice notarial conservado en el Archivo Histórico Provincial de Sevilla. En el libro de índices del Fondo de Protocolos Notariales de Sevilla (signatura 18638P) figura un asiento correspondiente a Miguel de Cervantes Saavedra que remite expresamente al folio CCCXC del protocolo de Luis de Porras.
En segundo lugar, el protocolo original de 1593, conservado actualmente con la signatura 16750P, presenta precisamente la ausencia del folio CCCXC (390), conservándose el folio anterior y el posterior y pudiendo apreciarse todavía los restos materiales del arrancamiento.
A ello se añadían otros elementos especialmente reveladores: la coincidencia de la foliación, las rúbricas notariales, las anotaciones de derechos y aranceles, las características físicas del corte, el doblez original del cuadernillo y diversos rasgos propios de una escritura matriz, es decir, del documento original integrado en el protocolo y no de una simple copia expedida posteriormente.
Gracias a este trabajo fue posible relacionar una escritura que circulaba en el mercado de manuscritos con el lugar exacto que había ocupado originalmente dentro de un protocolo notarial de finales del siglo XVI conservado en Sevilla.
La aparición del documento dio lugar a un largo procedimiento judicial entre la Junta de Andalucía y los poseedores privados de la pieza. El litigio se prolongó durante varios años y concluyó en 2007 con una sentencia desfavorable para la pretensión ejercitada por la Administración. Posteriormente se intentó recurrir ante el Tribunal Supremo, pero los recursos no fueron admitidos por razones procesales relacionadas con la cuantía del litigio, sin que llegara a producirse un pronunciamiento del Alto Tribunal sobre el fondo de la cuestión.
La trascendencia del caso fue, además, mucho más allá del propio documento cervantino. Como puso de relieve posteriormente Torres Ridruejo en su análisis jurídico, la controversia evidenció las dificultades existentes para recuperar determinados documentos históricos cuando habían permanecido durante largos periodos fuera de los archivos públicos. Aquella experiencia contribuyó al debate que desembocaría en posteriores reformas normativas destinadas a reforzar la protección jurídica del patrimonio documental.
Entre ellas destaca la incorporación expresa al ordenamiento jurídico del principio de imprescriptibilidad de los bienes integrantes del patrimonio documental público, reforzando las garantías para su conservación y recuperación y evitando que el mero transcurso del tiempo pudiera consolidar situaciones de posesión privada sobre documentos pertenecientes a archivos públicos.
Más de cuatro siglos después de su otorgamiento, esta escritura continúa despertando interés no sólo por la presencia de la firma de Miguel de Cervantes, sino también porque constituye un ejemplo excepcional de cómo el trabajo archivístico permite reconstruir la historia, procedencia y contexto original de un documento histórico. Y también porque recuerda la importancia de los archivos, de quienes los gestionan y de quienes los han gestionado antes, para preservar, estudiar y proteger un patrimonio documental que pertenece a todos.
📸MATERIAL GRÁFICO: DOS HUELLAS DE UNA MISMA HISTORIA
A la izquierda, el documento actualmente anunciado en subasta. A la derecha, el protocolo notarial conservado en el Archivo Histórico Provincial de Sevilla del que fue separado. En ambos pueden apreciarse las características irregulares del corte en zigzag producido al arrancar el folio, uno de los elementos materiales utilizados durante la investigación archivística y el posterior procedimiento judicial para relacionar ambas piezas.
Imagen 1. Escritura notarial actualmente anunciada en subasta por Durán Arte y Subastas. Puede apreciarse en uno de sus márgenes el borde irregular resultante de la separación del folio respecto del protocolo original.
Imagen 2. Protocolo de Luis de Porras de 1593 conservado en el Archivo Histórico Provincial de Sevilla (Fondo de Protocolos Notariales de Sevilla, signatura 16750P). En el lugar que debería ocupar el folio CCCXC permanecen visibles los restos del arrancamiento y el característico corte en zigzag descrito durante la investigación archivística.
BIBLIOGRAFÍA:
Alejandro Torres Ridruejo, «El documento cervantino. Las dificultades probatorias en los tribunales». PH 82 (2012). Especial monográfico: Patrimonio y tribunales de justicia.
https://www.iaph.es/revistaph/index.php/revistaph/article/view/3312