09/12/2023
📣¿Qué es?🏆
Es un pago único de 525 euros que abona la Seguridad Social a través del Imserso antes del 31 de diciembre. Solo pueden recibirla quienes cobran pensiones no contributivas y están en situación de alquiler como un complemento al alquiler de la vivienda. El plazo para solicitarla termina el 31 de diciembre de 2023.
🤔 ¿Quién puede solicitarlo?
Podrán ser beneficiarias de este complemento las personas que reúnan, a la fecha de la solicitud quienes tengan:
- reconocida una pensión de jubilación o invalidez de la Seguridad Social en su modalidad no contributiva, en la fecha de la solicitud y en la de resolución.
- Carecer de vivienda en propiedad.
✅ Requisitos
- No llegar al 50% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI)
- No tener una vivienda en propiedad.
- Tener un contrato de alquiler como titular de una vivienda.
- No tener relación conyugal o de parentesco hasta tercer grado con el arrendador. Tampoco, una unión estable y de convivencia con el arrendador.
- Residir de forma habitual en una vivienda de alquiler y contar con un contrato que tenga una vigencia no inferior a un año. Haber residido en dicha vivienda al menos 6 meses previos a la solicitud.
- Si en la vivienda de alquiler conviven dos o más personas, solo tendrá derecho el titular, o en caso de ser los dos, el primero de ellos.
ETIQUETA A QUIEN OUEDA SERLE útil!!!