06/12/2021
Mi derecho fundamental íntimo contra el derecho a la vida de los demás.
Recientemente el Tribunal Supremo ha salido de su trono, del implacable Imperio de la Ley con su mallete a poner orden, arrojar luz sobre nuestra pandemia.
Los primeros fueron los gobernantes de Andalucía, posteriormente lo hizo Galicia y ante la inminente llegada de un tercero, el Tribunal Supremo ha salido a poner sobre la mesa la legalidad o ilegalidad del conocido Pasaporte Covid.
Al Reino de España llega un enemigo, el virus SARS-CoV-2 y los legisladores andaluces prometen erradicarlo, sometiendo a sus ciudadanos a duras medidas de contención; la medida estrella fue llevar consigo un pasaporte covid en cualquier momento del año y en cualquier lugar de Andalucía.
Mientras que por el noroeste del Reino español el exército galego entendía que su población no tenía por qué exhibir documentación íntima o personal. Con buen criterio defendían que al ser la vacunación voluntaria, no se podía someter a todos a llevar un pasaporte covid, así que dieron 2 alternativas más: mostrar una prueba de antígenos de las últimas 72 horas o una prueba de haber superado la enfermedad del Covid-19 y encontrarse en el día 11 y 180 que según la ciencia una vez superado el virus, en este caso una nueva recaída supondría que el riesgo de muerte se vería reducido drásticamente.
El Tribunal Supremo en su sentencia ha dejado claro que el camino no es una imposición de pasaporte covid como planteaba Andalucía, que en todo caso se tendrán que dar más alternativas como propone Galicia, por ejemplo una simple prueba de antígenos negativa sin necesidad de vacunación.
Además señala el Supremo que no se puede generalizar, pues la medida que se tome en un pueblo con 4 contagios por cada 1.000 habitantes tendrá que ser distinta al pueblo con 100 contagios por cada 1.000 habitantes, que si bien es cierto que hay que tener ubicado al enemigo, resulta desproporcionado el hecho de ir con una prueba en el bolsillo en todo momento cuando en el pueblo afectado por la medida ni siquiera hay contagios.
Por último manifiesta el Tribunal que no sólo hay que andarse con ojo con la proporcionalidad de la medida, sino también tener presente en todo momento la necesidad e idoneidad de la medida, que ni siquiera los jueces tienen la última palabra en estos casos, que habrá que estar a disposición de la ciencia, porque las medidas que se tomen por mucho que gocen de sentido común tendrán que venir acompañadas de informes científicos y minuciosos estudios que corroboren el acto.
En definitiva, los derechos fundamentales tienen límites, y podríamos tener que demostrar que no estamos contagiados cuando vayamos a entrar a una discoteca o un pub. Pero para ello nuestros legisladores han de trabajar bastante para justificar la medida, y sinceramente, dudo mucho que eso suceda.
El Tribunal Superior de Canarias ya está estudiando las medidas que han tomado los legisladores canarios para imponer la medida del Pasaporte Covid, en mi opinión, esa medida no va a salir adelante. Creo que saldrá el Tribunal Superior de Canarias con el mazo en alto a decirle al legislador canario que no, que la medida no es ni proporcional ni idónea ni necesaria por falta de justificación científica.