03/06/2026
BANDO PARCELAS URBANAS Y PERIURBANAS
SE HACE SABER QUE: Un año más, con objeto de prevenir posibles incendios en parcelas urbanas y periurbanas de nuestro municipio, conviene insistir en la necesaria adopción de las medidas preventivas relativas a su desbroce, actuación que, siendo de obligado cumplimiento conforme a normativa, en estas fechas se hace preciso recordar.
El incumplimiento de esta obligación supondría la comisión de una infracción, que conllevaría la apertura del correspondiente expediente sancionador.
El objeto de la campaña de desbroces es, sobre todo, reducir el riesgo de incendios durante la época de más peligro, en el periodo estival, pero también, entre otras, evitar la proliferación de plagas, mantener las condiciones de seguridad y accesibilidad, hacer cumplir a los propietarios con las obligaciones legales de conservación, antenimiento y limpieza de sus terrenos. Todo ello acorde a lo dispuesto en la normativa de aplicación estatal, autonómica y local: Ley 43/2003, Ley 7/1985, Ley 3/2007, Decreto 59/2017(INFOMA), Ordenanzas municipales de arbolado urbano y protección de bienes públicos y de las instalaciones del Ayuntamiento de Colmenarejo.
Desde Alcaldía se solicita que, se adopten las medidas pertinentes y oportunas, que permitan garantizar la ausencia de riesgos, manteniendo las parcelas en las mejores condiciones fitosanitarias, de seguridad, salubridad, higiene, ornato público y decoro, así como libres de maleza espontánea.
A los QUINCE DÍAS desde la publicación del presente Bando comenzará la inspección de las parcelas urbanas, emitiendo el listado de las que se encuentren fuera de normativa al Departamento Jurídico del Ayuntamiento para el inicio del correspondiente expediente sancionador.
Con la participación de todos, incluido el Ayuntamiento, lograremos reducir los riesgos y minimizar los incendios que desgraciadamente todos los años afectan a nuestro término municipal.