22/04/2012
LA JUNTA ENDURECE LA INSPECCIÓN TÉCNICA DE LA VIVIENDA
La Consejería de Fomento y Medio Ambiente endurecerá el andamiaje legal que sustenta la Inspección Técnica de Construcciones, más conocida como ‘ITV’ de edificios, para lo que tiene listo un decreto que modificará el Reglamento de Urbanismo de Castilla y León. La nueva legislación casi dobla el número de municipios donde será obligatoria para inmuebles de más de 40 años y permitirá al inspector dictaminar en su informe las obras de conservación necesarias para garantizar la seguridad, salubridad y habitabilidad del parque inmobiliario de la Comunidad.
En ese sentido, la regulación de Castilla y León plantea que las revisiones no se limiten a los edificios con usos residenciales, rebaja la edad máxima de las construcciones a 40 años, incluye la condición de la habitabilidad y la hace obligatoria en 101 municipios de la Comunidad, ya que incluye todos los que tienen más de 5.000 habitantes y las unidades con más de 1.000 habitantes situadas en áreas urbanas. Hasta ahora, la Junta sólo exigía estas revisiones en municipios mayores de 20.000 habitantes y los que disponían de PGOU (Plan General de Ordenación Urbana), por lo que sólo debían aplicarlo 60 ayuntamientos.
También, los municipios que lo consideren pueden acordar la obligatoriedad de las inspecciones, siguiendo el modelo planteado por la Consejería de Fomento, aunque se les impone un plazo de cuatro años para que las ‘ITV’ se apliquen. Las segundas revisiones se llevarán a cabo a los diez años de las primeras en todos los casos.
Por tanto, los propietarios que deberán pasar las revisiones deben facilitar el trabajo a los inspectores, técnicos capacitados para dirigir la construcción que ahora inspeccionan. No obstante, pretende que se realicen como mínimo sobre una muestra representativa de los recintos de la construcción, es decir, la totalidad de las plantas baja, bajo rasante y bajo cubierta, y al menos el 50 por ciento del resto de la construcción. En los inmuebles en régimen de propiedad horizontal o complejo inmobiliario, la Junta acepta que las comunidades de vecinos actúen de forma autónoma.
Además, los que pasen la inspección deberán presentar el informe que elabore el técnico ante su ayuntamiento en el plazo de un mes. También, con la finalidad de controlar la aplicación y eficacia de la inspección, los gobiernos municipales podrán crear un registro de las construcciones obligadas a la misma, consultable en la página web municipal, en el que se reflejen las actuaciones realizadas. Fomento también ha regulado las posibilidades de actuación de los consistorios para que puedan ordenar inspecciones de oficio, que pagarán los propietarios de los edificios, y ejecuciones subsidiarias de las obras exigidas.