Notaría Quinta del Cantón Latacunga

Notaría Quinta del Cantón Latacunga Notaria Quinta del Cantón Latacunga
Dr. Byron Burbano Moreno
Notario

La Notaría Quinta del Cantón Latacunga es la oficina pública en la que se da servicios relacionados con los actos y contratos que requieren solemnidades y formalidades que permiten al Notario dar FE PÚBLICA de los documentos y sus otorgantes para garantizar su eficacia jurídica y se lleva un archivo de todos ellos, con un equipo de trabajo comprometido, con conocimientos que permitan agilidad y el trato con calidad, calidez y eficiencia.

06/04/2023

"Illiniza Sur 🇪🇨 💛 💙 ❤️. Cuenta la leyenda que 📃 Iliniza Sur que era esposa del🏞️ nevado Iliniza Norte, se enamoró🏔️ del volcán Cotopaxi y el volcán Rumiñahui avisó de la aventura, lo que destrozó al monte Corazón, hijo de los Ilinizas, cuyo doloroso llanto formó la laguna del Quilotoa.

📸 Ecuadorplanet"
ECUADOR, UN PAIS QUE ENAMORA!!!

11/03/2023
𝐅𝐞𝐥𝐢𝐳 𝐀𝐧̃𝐨 𝟐𝟎𝟐𝟑 🤝¡𝐄𝐬𝐭𝐚𝐦𝐨𝐬 𝐩𝐚𝐫𝐚 𝐬𝐞𝐫𝐯𝐢𝐫𝐥𝐞𝐬!𝐍𝐨𝐭𝐚𝐫𝐢́𝐚 𝐐𝐮𝐢𝐧𝐭𝐚 𝐝𝐞𝐥 𝐂𝐚𝐧𝐭𝐨́𝐧 𝐋𝐚𝐭𝐚𝐜𝐮𝐧𝐠𝐚
05/01/2023

𝐅𝐞𝐥𝐢𝐳 𝐀𝐧̃𝐨 𝟐𝟎𝟐𝟑 🤝
¡𝐄𝐬𝐭𝐚𝐦𝐨𝐬 𝐩𝐚𝐫𝐚 𝐬𝐞𝐫𝐯𝐢𝐫𝐥𝐞𝐬!
𝐍𝐨𝐭𝐚𝐫𝐢́𝐚 𝐐𝐮𝐢𝐧𝐭𝐚 𝐝𝐞𝐥 𝐂𝐚𝐧𝐭𝐨́𝐧 𝐋𝐚𝐭𝐚𝐜𝐮𝐧𝐠𝐚

21/03/2022

𝐃𝐫. 𝐁𝐲𝐫𝐨𝐧 𝐁𝐮𝐫𝐛𝐚𝐧𝐨 𝐌𝐨𝐫𝐞𝐧𝐨
𝐍𝐨𝐭𝐚𝐫𝐢𝐨 𝐐𝐮𝐢𝐧𝐭𝐨 𝐃𝐞𝐥 𝐂𝐚𝐧𝐭𝐨́𝐧 𝐋𝐚𝐭𝐚𝐜𝐮𝐧𝐠𝐚

𝐂𝐎𝐌𝐔𝐍𝐈𝐂𝐀𝐃𝐎

A todos nuestros distinguidos usuarios y personas interesadas en realizar trámites notariales, la Notaría Quinta del Cantón Latacunga está a sus distinguidas órdenes en su dirección habitual (Av. Amazonas y General Maldonado) inmueble N. 2-67.
El lunes 14 de marzo de 2022, el Municipio de Latacunga inició los trabajos de 𝐌𝐄𝐉𝐎𝐑𝐀𝐌𝐈𝐄𝐍𝐓𝐎 𝐕𝐈𝐀𝐋 𝐘 𝐎𝐁𝐑𝐀𝐒 𝐂𝐎𝐌𝐏𝐋𝐄𝐌𝐄𝐍𝐓𝐀𝐑𝐈𝐀𝐒 𝐃𝐄 𝐋𝐀 𝐀𝐕𝐄𝐍𝐈𝐃𝐀 𝐀𝐌𝐀𝐙𝐎𝐍𝐀𝐒, ante lo cual estamos predispuestos y resueltos a mantener todas las facilidades y comodidades en la atención a nuestros clientes.
Con el fin de evitar cualquier dificultad superviniente especialmente en lo referente a movilidad y acceso a la Notaría Quinta, ponemos a disposición nuestro servicio de atención domiciliaria para la tramitación de documentos, previo a la suscripción de los actos y contratos.
𝐄𝐬𝐭𝐚𝐦𝐨𝐬 𝐚 𝐬𝐮𝐬 𝐨́𝐫𝐝𝐞𝐧𝐞𝐬:
Teléfonos:
Convencional: ☎️ 03 2802 783
Celulares:
📱0998 218 380
📱0984 074 752
📱099 594 1613
📱099 767 1332
📱098 744 3746



24/09/2021

𝗔𝗦𝗣𝗘𝗖𝗧𝗢𝗦 𝗛𝗜𝗦𝗧𝗢𝗥𝗜𝗖𝗢𝗦 𝗡𝗢𝗧𝗔𝗥𝗜𝗔𝗟𝗘𝗦 (𝟭𝟱)

Terminada la feria, el Notario retornaba a “El Corazón” para incorporar al protocolo notarial las escrituras públicas y el siguiente domingo, “bajar” nuevamente a la feria y entregar a los interesados las copias certificadas de la escritura, diligencias, certificaciones y cobrar los respectivos emolumentos que los cubrían en dinero y en especies propias de la zona: aves de corral, plátano (verde y maduro), yuca, naranja, aguardiente de caña de azúcar, lo que, además, constituía la exteriorización del agradecimiento, confianza y afecto al Escribano. Muchas historias más existirán en cada una de las notarías del país, lo principal es que en los archivos se las guarda con riguroso celo, cumpliéndose con una de las obligaciones del notario, la de ser custodio de los actos y contratos realizados en su presencia.
Hechos semejantes pueden seguir ocurriendo en otros pequeños, apartados y olvidados cantones en los que da la impresión que el tiempo se ha detenido, los rituales y ceremonias notariales en la plaza pública, alimentan la inspiración de los escritores de novelas macondianas, en lo que a la provincia de Cotopaxi corresponde; cantones que siguen constando, además, entre los más pobres del país y en los que todo puede suceder, como se verá más adelante.
Ley Notarial.- “Art.18.
3. Autenticar las firmas puestas ante él en documentos que no sean escrituras públicas.”
Cualquier documento puede ser firmado ante o en presencia del Notario, a petición de parte interesada, lo que acredita o da fe “de que el documento es verdadero o auténtico…” “…para su mayor firmeza y validez. Es el ejercicio de la Potestad Pública que ejerce el Notario en ese momento y sienta la respectiva razón de que la firma puesta en tal documento se lo hizo en su presencia. Es un acto habitual en nuestro medio. La persona acude ante el notario con su cédula y certificado de votación y pide firmar el documento que tiene en sus manos en presencia del notario. Sentada la razón correspondiente se devuelve el documento original con lo que termina la diligencia, dejando copia en el libro de diligencias del notario.

17/09/2021

𝗔𝗦𝗣𝗘𝗖𝗧𝗢𝗦 𝗛𝗜𝗦𝗧𝗢𝗥𝗜𝗖𝗢𝗦 𝗡𝗢𝗧𝗔𝗥𝗜𝗔𝗟𝗘𝗦 (𝟭𝟰)

Llegar en esas condiciones a Moraspungo era difícil, peor aún a “El Corazón”, lo que imposibilitaba la realización de los actos escriturarios y otros que requieren de formalidades notariales. Aprovechando su breve estancia en la parroquia buscan al “Escribano”, término muy usual en la zona, que “bajaba” desde la cabecera cantonal “El Corazón” a Moraspungo, en la madrugada de los domingos, para instalar, bajo los portales de una casa, con frente a la plaza pública, una pequeña mesa, la máquina de escribir portátil y los demás artículos que permitan su trabajo adecuadamente, en medio de las circunstancias incomodas a las que debía adaptarse. Para cumplir con su deber, una vez recibida la documentación que habilite el acto o contrato, receptar el objeto del contrato o acto notarial que deben realizar, instruirlos adecuadamente sobre los efectos legales para los otorgantes, tomar las declaraciones de testigos, generalmente instrumentales; listo el documento, procedía a leerlo públicamente, cumpliendo estrictamente con el rito ceremonial, formalidades y disposiciones de la ley Notarial. (Actualmente corresponden a los Arts. 6,7, 18, N° 1 Ley Notarial). En resumen, no solo que era un espectáculo digno de apreciarse y aplaudir por la seriedad y solemnidad, sino que era la única manera que podía “el escribano” de ese entonces, cumplir con su obligación, ante la imposibilidad física de los comparecientes de llegar al centro cantonal.

“Art. 18.- (Atribuciones).- Son atribuciones exclusiva de los notarios, además de las constantes en otras leyes:
2. Protocolizar instrumentos públicos o privados por orden judicial o a solicitud de parte interesada patrocinada por abogado, salvo prohibición legal;”
El protocolo está conformado por libros que se forman cada año con las escrituras matrices y otros documentos públicos o privados que el notario autoriza con su firma y sello, cumpliendo previamente con las formalidades legales que cada acto o contrato requiere. A más del libro de protocolo, de acuerdo con la Ley Notarial, existen los libros de arriendos, certificaciones, diligencias, otros. El Archivo de testamentos y con las últimas reformas se está implementando el archivo notarial digital, haciendo uso de esta moderna tecnología para facilitar tanto la gestión notarial como la atención a los usuarios.

Llegar en esas condiciones a Moraspungo era difícil, peor aún a “El Corazón”, lo que imposibilitaba la realización de los actos escriturarios y otros que requieren de formalidades notariales. Aprovechando su breve estancia en la parroquia buscan al “Escribano”, término muy usual en la zona, que “bajaba” desde la cabecera cantonal “El Corazón” a Moraspungo, en la madrugada de los domingos, para instalar, bajo los portales de una casa, con frente a la plaza pública, una pequeña mesa, la máquina de escribir portátil y los demás artículos que permitan su trabajo adecuadamente, en medio de las circunstancias incomodas a las que debía adaptarse. Para cumplir con su deber, una vez recibida la documentación que habilite el acto o contrato, receptar el objeto del contrato o acto notarial que deben realizar, instruirlos adecuadamente sobre los efectos legales para los otorgantes, tomar las declaraciones de testigos, generalmente instrumentales; listo el documento, procedía a leerlo públicamente, cumpliendo estrictamente con el rito ceremonial, formalidades y disposiciones de la ley Notarial. (Actualmente corresponden a los Arts. 6,7, 18, N° 1 Ley Notarial). En resumen, no solo que era un espectáculo digno de apreciarse y aplaudir por la seriedad y solemnidad, sino que era la única manera que podía “el escribano” de ese entonces, cumplir con su obligación, ante la imposibilidad física de los comparecientes de llegar al centro cantonal.

“Art. 18.- (Atribuciones).- Son atribuciones exclusiva de los notarios, además de las constantes en otras leyes:
2. Protocolizar instrumentos públicos o privados por orden judicial o a solicitud de parte interesada patrocinada por abogado, salvo prohibición legal;”
El protocolo está conformado por libros que se forman cada año con las escrituras matrices y otros documentos públicos o privados que el notario autoriza con su firma y sello, cumpliendo previamente con las formalidades legales que cada acto o contrato requiere. A más del libro de protocolo, de acuerdo con la Ley Notarial, existen los libros de arriendos, certificaciones, diligencias, otros. El Archivo de testamentos y con las últimas reformas se está implementando el archivo notarial digital, haciendo uso de esta moderna tecnología para facilitar tanto la gestión notarial como la atención a los usuarios.

10/09/2021

𝗔𝗦𝗣𝗘𝗖𝗧𝗢𝗦 𝗛𝗜𝗦𝗧𝗢𝗥𝗜𝗖𝗢𝗦 𝗡𝗢𝗧𝗔𝗥𝗜𝗔𝗟𝗘𝗦 (𝟭𝟯)

Como complemento histórico anecdótico especial me permito referir lo siguiente, como un hecho que ocurría, hasta hace pocos años, en la Provincia de Cotopaxi, zona central del país, por su extensión territorial existen cantones ubicados en zonas Sub-tropicales, colindantes con las provincias de los Ríos, Bolívar, Santo Domingo de los Tsachilas; cantones de montaña, de difícil acceso por la ubicación, las malas condiciones de las vías e infraestructura deficiente. Me refiero de manera particular al cantón Pangua, (Sur-Occ. De Cotopaxi), la cabecera cantonal es “Sagrado Corazón de Jesús” comúnmente conocido como “El Corazón”. Una de sus parroquias es Moraspungo, de clima cálido, gran movimiento comercial por ser el enlace entre la Sierra y Costa en el sector y especialmente con la ciudad de Quevedo. En esta parroquia se realizan las ferias agrícolas y comerciales los domingos en las que se comercializan todo tipo de productos de la Sierra y Costa, acude la gente campesina a lomo de mula o a caballo, desde sus fincas internadas en la montaña, para negociar sus productos y abastecerse de otros para la subsistencia familiar.

“Art. 18.- (Atribuciones).- Son atribuciones exclusivas de los notarios, además de las constantes en otras leyes:
1. Autorizar los actos y contratos a que fueren llamados y redactar las correspondientes escrituras, salvo que tuvieren razón o excusa legítima para no hacerlo.”
Es el artículo medular de la Ley Notarial. Establece las atribuciones de los notarios especialmente la de autorizar actos y contratos a que fueren llamados. El “llamado” a que se refiere la Ley Notarial precisamente consta en este artículo que determina taxativamente lo que puede hacer el notario en ejercicio de la facultad que le concede el Estado para “Dar Fe Pública” de los actos y contratos realizados en su presencia.
Inicialmente estas facultades estaban limitadas y se han ido ampliando conforme las necesidades y facultades o atribuciones que antes correspondían a los jueces con el carácter de exclusivas, como se establece en este artículo y que son 38, a las que se suman los añadidos: Arts. 18.1 (comparecencia telemática) y 18.2 (diligencias y actos notariales que deben realizarse con la presencia física del notario); es decir, se incorporan las nuevas herramientas tecnológicas que contempla el Sistema Informático Notarial para realizar actos y contratos y se señalan aquellos que deben, obligatoriamente, seguir ejecutándose con el procedimiento tradicional, como lo veremos en las siguientes entregas.

03/09/2021

𝗔𝗦𝗣𝗘𝗖𝗧𝗢𝗦 𝗛𝗜𝗦𝗧𝗢𝗥𝗜𝗖𝗢𝗦 𝗡𝗢𝗧𝗔𝗥𝗜𝗔𝗟𝗘𝗦 (𝟭𝟮)

Consta, además como cláusula condicional de la donación que el señor Arzobispo y sus sucesores, destinarán “…parte de los frutos de las haciendas donadas o de los intereses del capital en que se vendieren…en la obra de la Basílica del Sacratísimo Corazón de Jesús…” Se debe, entonces al altruismo de la benefactora señora Dolores Álvarez y Villacís v. de Villacís la edificación de este templo que es una de las joyas de Quito por su imponente arquitectura gótica, el valor histórico, cultural, religioso y patrimonial.
El documento (donación y aclaratoria) consta en El Archivo Histórico Nacional, “…caja setenta y ocho, Tomo de Mayor Cuantía…Volumen que habiendo pertenecido a la Notaría Sexta, hoy se encuentra en este Archivo.”
“TITULO I DE LOS NOTARIOS. Art. 8.- (Nombramiento).- En cada cantón habrá el número de notarios que determine el Consejo de la Judicatura, sobre la base del informe estadístico elaborado anualmente por la unidad correspondiente sobre el número de actos y contratos realizados en cada jurisdicción cantonal, la población y otros aspectos relevantes del tráfico jurídico…”
En aplicación de esta disposición legal, en el cantón Latacunga existen, actualmente, seis notarías. Las de última creación son la cuarta, quinta y sexta que se encuentran en funciones desde el 2 de enero de 2014.

28/08/2021

𝗔𝗦𝗣𝗘𝗖𝗧𝗢𝗦 𝗛𝗜𝗦𝗧𝗢𝗥𝗜𝗖𝗢𝗦 𝗡𝗢𝗧𝗔𝗥𝗜𝗔𝗟𝗘𝗦 (𝟭𝟭)

Como parte de aquellos detalles notariales que llaman la atención, me permito indicar, con los debidos respetos a la memoria de los otorgantes, y remitiéndome al documento que también cito, que: “Mediante escritura pública de donación celebrada 21 de septiembre de 1886, ante el Escribano Dr. Vicente Mogro, en la ciudad de Quito…”, la señora Dolores Álvarez y Villacís , viuda del señor Miguel Villacís y Román, cumpliendo sus propios deseos y los de su finado esposo, hace donación irrevocable de sus haciendas Mulaló y anexas Santa Catalina de Caspi y Churopinto, situadas en la provincia de León, a la Iglesia Metropolitana de Quito, bajo la condición de “…dar en todos los años ejercicios espirituales…” Además, dice la donante en la escritura que: “…se celebrarán perpetuamente dos misas en cada semana por el bien del alma de la otorgante y por la de su finado esposo…” En buen romance, se cambió las haciendas por el eterno descanso en el cielo, lo que podemos apreciar como “el bien de las almas” de la donante y su marido. Recibe los territorios donados, asumiendo la obligación de cumplir las condiciones establecidas, el “Reverendísimo Señor Arzobispo” Dr. José Ignacio Ordóñez. Como dato complementario podemos decir que en la actualidad (02 de julio de 2019, año del Señor) la Curia Metropolitana de Quito ha entregado extensas áreas de terreno para la conformación paulatina de la parroquia Mulaló: oficinas públicas, locales educativos, espacios deportivos, plazas, en lo que es el centro parroquial y barrios del lugar. La parroquia tiene todavía territorios de las haciendas donadas y cualquier petición o trámite relacionado con estos predios debe hacerse ante el Arzobispo de Quito.

21/08/2021

𝗔𝗦𝗣𝗘𝗖𝗧𝗢𝗦 𝗛𝗜𝗦𝗧𝗢𝗥𝗜𝗖𝗢𝗦 𝗡𝗢𝗧𝗔𝗥𝗜𝗔𝗟𝗘𝗦 𝟭𝟬
Lo destacable es que en los despachos y archivos de los escribanos y notarios, ahora y desde cuando existen, hay gran información documental sobre los acontecimientos relacionados con la propiedad de bienes inmuebles, patrimonio familiar, donaciones, herencias testamentarias o Ab-intestato; sociedad de bienes o sociedad conyugal, apertura de testamentos, linderos; actualmente divorcios por mutuo consentimiento, terminación de uniones de hecho, liquidaciones de sociedad de bienes o sociedad conyugal, interdicciones, emancipaciones, usufructos, uso, habitación; traspaso o cesión de derechos, constitución o reforma de sociedades civiles y mercantiles, estado civil , desahucios, inscripción de arriendos, particiones hereditarias, revocatoria de mandatos y otros actos que leyes especiales determinan todo lo cual en la actualidad constituyen facultades de los notarios, conforme el Art. 18 de la Ley Notarial, varias veces reformada no solo por la necesidad legal sino también por los avances tecnológicos que exigen la adaptabilidad a nuevos sistemas y sus herramientas con el fin de facilitar y agilizar el servicio notarial, en cuanto fuere procedente y sin menoscabar la los principios que rigen al Notariado Latino en el cual nos sustentamos.
CONSTITUCION VIGENTE: “CAPITULO VI TRABAJO Y PRODUCCIÓN. Sección 2ª. Tipos de Propiedad Art. 321.- El Estado reconoce y garantiza el derecho a la propiedaden sus formas pública, privada, comunitaria, estatal, asociativa, cooperativa, mixta y que deberá cumplir su función social y ambiental”
LEY NOTARIAL “TITULO I DE LOS NOTARIOS. Art. 7.- (Competencia).- Cada notario ejercerá su función dentro del cantón para el que haya sido nombrado, cualquiera que sea el domicilio de los otorgantes, la ubicación de los bienes materia del acto o contrato o el lugar del cumplimiento de las obligaciones.”

13/08/2021

𝗔𝗦𝗣𝗘𝗖𝗧𝗢𝗦 𝗛𝗜𝗦𝗧𝗢𝗥𝗜𝗖𝗢𝗦 𝗡𝗢𝗧𝗔𝗥𝗜𝗔𝗟𝗘𝗦 (𝟵)

El contenido del acta da fe de todo lo cual había que dejar constancia por parte del Escribano en nombre del rey de España.
Y si nos remontamos años atrás, encontramos en la obra historiográfica del Dr. Neptalí Zúñiga, en su libro “Historia de Latacunga” INDEPENDENCIA. Tomo I. p. 16 Quito-Ecuador. 1.968 (Premio Nacional) señala “…el 11 de noviembre de 1538, a petición de su Escribano Pedro de Valverde, El Cabildo le concede una estancia en la Sierra de Mulaló, lindando con otra ya establecida de Juan Serrano.” Es la información que nos lleva a señalar que Pedro de Valverde fue el primer Escribano de Latacunga, con el carácter de permanente y Juan Francisco Verdugo, fue uno de los súbditos de la Corona Española quien muy posteriormente (1584) actuó como escribano de La Tacunga y formaba parte de las comitivas que “tomaban posesión de los tambos, para fundar asientos, villas y ciudades”, y quien dio Fe Pública de la fundación del Asiento de San Vicente, cercano al tambo de La Tacunga.

09/08/2021

𝗔𝗦𝗣𝗘𝗖𝗧𝗢𝗦 𝗛𝗜𝗦𝗧𝗢𝗥𝗜𝗖𝗢𝗦 𝗡𝗢𝗧𝗔𝗥𝗜𝗔𝗟𝗘𝗦 (𝟳)
En el “Manual de Derecho Notarial”, Concordancias y Jurisprudencias. Editorial Jurídica del Ecuador. Quito-Ecuador. 2001. P. 27 del Dr. Edgar Pazmiño Pazmiño, al referirse a los primeros notarios en el Ecuador, manifiesta que “…la primera noticia que tenemos de un escribano data del año 1592, en la llamada “revolución de las alcabalas”, según relata el historiador riobambeño Dr. Ricardo Descalzi, en su obra ”La Real Audiencia de Quito Claustro de los Andes” página 328. “Por provisión Real fue destituido del cargo de escribano Sebastián Hidalgo acusado de haber tomado parte activa en la Revolución de las Alcabalas a favor del pueblo, siendo nombrado en su reemplazo Diego Rodríguez de Ocampo, quien entregó la suma de mil pesos de plata corriente marcada y de contado, con la que adquiría dicho cargo…” Con el fin de aportar a la investigación realizada por el Dr. Pazmiño, me permito hacer referencia a la presencia de un escribano en 1.584, quien elabora el Acta de Fundación del Asiento San Vicente “…en el lugar cercano a dicho tambo de La Tacunga…”, como consta del documento que a continuación transcribo del libro que fue oficialmente presentado en el Salón del Pueblo del GAD Municipal del Cantón Latacunga, el 24 de noviembre de 2020, como uno de los actos principales por el Bicentenario de Independencia de la capital de Cotopaxi: “LATACUNGA: lo Humano y lo Urbano”. GARCÍA LANAS, Paúl. BICENTENARIO 1820-2020. Vol. 12 Serie “Nuestros 40 años”. Colección General S.A.G. 311. P. 16, que señala lo siguiente:

𝗔𝗦𝗣𝗘𝗖𝗧𝗢𝗦 𝗛𝗜𝗦𝗧𝗢𝗥𝗜𝗖𝗢𝗦 𝗡𝗢𝗧𝗔𝗥𝗜𝗔𝗟𝗘𝗦 (𝟴)
“El texto publicado en COTOPAXI Documentos de Oro, tomo I, páginas 12 y 13 es el siguiente, aclarando que el texto fue corregido ortográficamente y copiado a modo del Licenciado Paredes Ortega:
“En el Asiento de La Tacunga a veinte y siete días del mes de octubre de mil quinientos ochenta y cuatro años, ante mi Alfonso Peñafiel Corregidor de este partido y Justicia Mayor y en presencia de mi el escribano de su Majestad y Público Juan Francisco Verdugo, el señor Poblador General Juan Antonio de Clavijo, dijo que por cuanto en el nombre del Rey Nuestro Señor ha pacificado y reducido esta provincia de La Tacunga y otros diez y siete pueblos, con el gasto de abundante cantidad de pesos de su hacienda y el tiempo de cinco años que los señores principales e indios han recibido dicho ejemplo y doctrina de los vasallos del Rey, fundaba y fundó el Asiento San Vicente en el lugar cercano a dicho tambo de La Tacunga que está dividido en dos partes camino del inga por en medio en los términos de esta Real Audiencia, la dicha fundación dijo la hacía e hizo en nombre de su Majestad el Rey Nuestro Señor, dando poder y nombramiento a los susodichos Alonso Peñafiel y Francisco Verdugo para que puedan actuar en los casos de justicia. Dicho señor Antonio de Clavijo dijo además que dejaba señalada la cuadra para la placeta de San Vicente, con lugar para la iglesia, corrales, cárcel y los caminos lindes con el principal o del tambo que cruza por este sitio desde tiempo de los gentiles. Dicho señor Capitán General que le daba poder a Don Gaspar Zanipatín Quinatoa, cacique principal de Mulahaló y su mujer para que tomen posesión de una cuadra de tierra en este pueblo de La Tacunga linde con otra del Capitán Francisco Zapata por cuanto les será de mucha utilidad. Todo cual queda presentado ante mí el escribano de La Tacunga a veinte y siete de octubre de mil y quinientos y ochenta y cuatro años, de lo que doy fe y lo firmo: Francisco Verdugo, escribano del Rey Nuestro Señor y Público de este asiento de La Tacunga y su partido, a lo que dicho es fui presentado y lo signo en testimonio de verdad.

Dirección

Ubicado En La Avenida Amazonas 2-67 Y General Maldonado
Latacunga

Página web

Notificaciones

Sé el primero en enterarse y déjanos enviarle un correo electrónico cuando Notaría Quinta del Cantón Latacunga publique noticias y promociones. Su dirección de correo electrónico no se utilizará para ningún otro fin, y puede darse de baja en cualquier momento.

Compartir