30/04/2021
La Junta Cantonal de Protección de Derechos del Cantón Cascales trabajando para que no se vulnere los derechos de niñas niños y adolescentes.
Art. 37.- Derecho a la educación.- Los niños, niñas y adolescentes tienen derecho a una educación
de calidad. Este derecho demanda de un sistema educativo que:
1. Garantice el acceso y permanencia de todo niño y niña a la educación básica, así como del
adolescente hasta el bachillerato o su equivalente;
2. Respete las culturas y especificidades de cada región y lugar;
3. Contemple propuestas educacionales flexibles y alternativas para atender las necesidades de
todos los niños, niñas y adolescentes, con prioridad de quienes tienen discapacidad, trabajan o viven
una situación que requiera mayores oportunidades para aprender;
4. Garantice que los niños, niñas y adolescentes cuenten con docentes, materiales didácticos,
laboratorios, locales, instalaciones y recursos adecuados y gocen de un ambiente favorable para el
aprendizaje. Este derecho incluye el acceso efectivo a la educación inicial de cero a cinco años, y
por lo tanto se desarrollarán programas y proyectos flexibles y abiertos, adecuados a las
necesidades culturales de los educandos; y,
5. Que respete las convicciones éticas, morales y religiosas de los padres y de los mismos niños,
niñas y adolescentes.
La educación pública es laica en todos sus niveles, obligatoria hasta el décimo año de educación
básica y gratuita hasta el bachillerato o su equivalencia.
El Estado y los organismos pertinentes asegurarán que los planteles educativos ofrezcan servicios
con equidad, calidad y oportunidad y que se garantice también el derecho de los progenitores a
elegir la educación que más convenga a sus hijos y a sus hijas.