20/08/2026
✈️ Costa Rica fortalece su normativa para el transporte seguro de mercancías peligrosas por vía aérea
La Dirección General de Aviación Civil (DGAC) informa que, mediante Alcance N.° 107 a La Gaceta N.° 154, del 17 de agosto de 2026, fue publicado el:
📘 Decreto N.° 45854-MOPT – RAC-18 denominado Reglamento de Transporte sin Riesgos de Mercancías Peligrosas por Vía Aérea.
👉 El RAC-18 establece las disposiciones para el transporte seguro de mercancías peligrosas por vía aérea, contribuyendo a proteger la seguridad de las operaciones, las personas, las aeronaves y los bienes.
Su aplicación contempla a diferentes actores de la cadena aeronáutica, entre ellos almacenes, organizaciones de mantenimiento, servicios de asistencia en tierra, centros de instrucción y expedidores de mercancías peligrosas.
🌎 Esta normativa se encuentra fundamentada en el Anexo 18 de la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI) y se complementa con sus Instrucciones Técnicas.
👏 La DGAC extiende un reconocimiento a todo el equipo de Regulación Aeronáutica y la Unidad de Operaciones Aeronáuticas por hacer posible esta importante actualización reglamentaria.
Asimismo, agradecemos el valioso acompañamiento de la Dirección Jurídica del MOPT y de la Dirección de Leyes y Decretos del Ministerio de la Presidencia.
Con esta actualización, Costa Rica continúa fortaleciendo su marco regulatorio aeronáutico y su compromiso con una aviación cada vez más segura y alineada con los estándares internacionales.