Concejal Wilmer Jaimes

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Importancia de la política social

La política social es necesaria para hacer frente a la problemática que viven los jóvenes San Albertenses creando espacios de diálogo y cultura.

Vamos todos apoyar esta iniciativa que hace la administración municipal gracias a l@s animalitas de nuestro municipio y ...
26/05/2026

Vamos todos apoyar esta iniciativa que hace la administración municipal gracias a l@s animalitas de nuestro municipio y el Concejo San Alberto.

Convocatoria Pública abierta en San Alberto

La Administración Municipal invita a instituciones educativas, asociaciones defensoras de animales, Juntas de Acción Comunal y ciudadanía en general a participar en el proceso de constitución e integración de la Junta Defensora de Animales del municipio de San Alberto, Cesar.

Este espacio busca fortalecer las acciones de protección, prevención y bienestar animal en nuestro municipio, promoviendo el trabajo articulado entre comunidad y administración. 🐶🐱

📌 Consulta los requisitos, cronograma y canales de postulación en la imagen oficial.

24/05/2026

Expansión, disponibilidad de servicios y problemática con el barrio altos del progreso frente a las posibles soluciones de la empresa emposanal y la administración municipal.

24/05/2026

Solicitud Implementación acuerdo N.008 2010

22/05/2026

La necesidad del centro de bienestar animal frente a la responsabilidad de la corporación y la viabilidad por parte de la administración municipal.

21/05/2026

Que pasa con BIOGGER S.A.S E.S.P.!!!!!

20/05/2026
26/04/2026

NOTA ACLARATORIA.......

¿LA RECIENTE DECISIÓN DE LA CORTE CONSTITUCIONAL IMPIDE QUE LOS CONCEJALES ACTUALES ASPIREN A SER ALCALDES EN 2027?

No. Esa afirmación, dicha así, no es correcta.

La Sentencia C-080 de 2026 ha generado muchas interpretaciones, algunas de ellas apresuradas. La Corte declaró inexequibles normas que permitían a servidores públicos de elección popular renunciar a su cargo para aspirar al Congreso sin incurrir en la inhabilidad por coincidencia de períodos.

Pero esa decisión no significa que todos los concejales actuales hayan quedado inhabilitados para aspirar a alcaldes.

Hay que distinguir.

La inhabilidad analizada por la Corte se refiere a los casos en los que los períodos coinciden en el tiempo, así sea parcialmente. Es decir, cuando una persona pretende pasar de un cargo de elección popular a otro cuyo período se cruza con el período para el cual ya fue elegida.

En el caso de los concejales actuales que quieran aspirar a alcaldes en las elecciones territoriales de 2027, la situación es distinta.

El período actual de concejales termina el 31 de diciembre de 2027. El período de los alcaldes elegidos en 2027 inicia el 1 de enero de 2028.

Por tanto, no hay coincidencia de períodos.

Y si no hay coincidencia de períodos, no se configura la inhabilidad que fue objeto de análisis por la Corte Constitucional.

También es importante aclarar otro punto: no puede afirmarse de manera general que un concejal deba renunciar doce meses antes para aspirar a la alcaldía por supuesto ejercicio de autoridad. La inhabilidad para ser alcalde por ejercicio de autoridad exige que esta se haya ejercido como empleado público, y los concejales no tienen esa calidad. Son servidores públicos de elección popular que integran una corporación político-administrativa, pero no son empleados públicos conforme lo señala expresamente el artículo 312 de la Constitución.

Esto no significa que no deba revisarse cada caso concreto. Siempre será necesario verificar otras posibles inhabilidades: contratación, parentescos, doble militancia, intervención en gestión de negocios, incompatibilidades o cualquier otra situación prevista en la Constitución o la ley.

Pero el mensaje jurídico debe ser claro:

Un concejal actual sí puede aspirar a ser elegido alcalde para el siguiente período constitucional, salvo que en su caso particular exista otra causal específica de inhabilidad.

La decisión de la Corte debe leerse con rigor. No creó una prohibición general para los concejales. Lo que hizo fue cerrar la posibilidad de usar la renuncia para evadir la inhabilidad cuando realmente existe coincidencia de períodos.

En asuntos electorales, las inhabilidades son de interpretación restrictiva. No pueden ampliarse por rumores, titulares o lecturas incompletas.

La información jurídica bien explicada evita confusiones y protege el derecho democrático a elegir y ser elegido.

Somos Líderes… Somos Territorio…

Oficina Jurídica OLTED
25/04/2026

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San Alberto-
San Alberto

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