Veeduria De Movilidad De Pasto

Veeduria De Movilidad De Pasto Se entiende por Veeduría Ciudadana el mecanismo democrático de representación que le permite a los ci

28/05/2023

INTERROGATORIO A AGENTE DE TRÁNSITO POR PRESUNTA CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EMBRIAGUEZ - ALCOHOLEMIA

El video muestra una parte de lo que fue el interrogatorio al agente de tránsito; esto fue grabado por nuestro ex-presidente de la veeduría actuando como apoderado. Donde a un ciudadano se le intento culpar por conducir en estado de embriaguez, solamente a capricho de un comandante de policía de la estación de Morasurco Pasto. El cual se molestó con el ciudadano por chocarse con las instalaciones del C.A.I. Cuando el ciudadano no tuvo la culpa, ya que perdió el control del carro por ser impactado por otro vehículo que le hizo perder el control. Como el comandante no pudo detener al otro vehículo por que huyó del lugar, se desquitó con el ciudadano llamando a tránsito. Haciendo que los agentes de tránsito, realizaran un procedimiento por conducir en estado de embriaguez de forma arbitrario e injusta.

Gracias a nuestro ex-presidente y ahora jurídico de la Veeduría, Se impartió justicia eximiendo a este ciudadano. Aquí un pedazo del interrogatorio al Agente de Tránsito.

LASTIMOSAMENTE EL VIDEO NO CAPTA AL AGENTE, YA QUE LA CÁMARA SE MOVIÓ.

05/10/2022

Disculpas a toda la ciudadanía por nuestra inactividad por tanto tiempo. Tuvimos cuestiones personales que resolver.

En el siguiente video observamos a tres reguladores de la secretaría de movilidad, otorgándose funciones de agente de tránsito, donde se encontraba una ciudadana involucrada con una motocicleta, ella estaba siendo intimidada con llevarse la moto y ponerle los respectivos comparendos. Llego al lugar únicamente a observar y uno de los reguladores se incómoda por mi presencia y empieza solicitar que me identifique (facultad que esté funcionario no ostenta). Intento identificarlo, con el número interno y este oculta su código para no poder individualizarlo. Al final llega el personal de la policía muy amablemente y de forma tranquila atiende el caso.

El video no continuó, por falta de memoria en el dispositivo. Pero se recalca que a la ciudadana no se le inmovilizó la motocicleta, ni se le impuso ningún comparendo. Ya que los funcionarios no eran agentes de tránsito.

03/05/2022

Se radica denuncia penal en contra de agente de tránsito con placas 107, por el presunto delito de cohecho propio, contemplado en el artículo 405 del Código Penal Colombiano.

19/04/2022

A esta hora se presenta trafico vehicular por la calle 22b (la que conduce al Hospital Infantil) por el cierre de la vía. (Tomar vías alternas)

24/02/2022

Los agentes de tránsito, con el temor de saber que están procediendo mal, no quieren dar ninguna información al Veedor a pesar de su obligación de responder las preguntas realizadas por una Veeduría, como lo estipula la ley 850 de 2003.

18/02/2022

Denuncia ciudadana.

Ahora los agentes de tránsito, están utilizando una nueva modalidad para inmovilizar motocicletas y es aplicar el artículo 135, "procedimiento" para la realización de una orden comparendo. Dando una interpretación errónea ya que en ninguna parte de la ley existe que ellos puedan estar en un punto fijo, mal parqueados y esperando a observar infracciones estos funcionarios se creen que pueden inventarse procedimientos que no están en ninguna parte de la norma, ¡que vergüenza estos disque servidores públicos!. Ellos niegan que es puesto de control o reten, sino se trata de ese tipo de operativo. Entonces esto amerita una orden de comparendo C02, por estar en lugar de prohibido estacionar, pero es claro que eso no lo van hacer, tipificando un presunto Prevaricato por omisión.

Los agentes sostienen, que hacen un bien para ciudad supuestamente por que previenen la accidentalidad. Pero se ha observado que muchos de estos agentes se avalanzan sobre las motocicletas, sin importarle su propia integridad física, ni de los actores viales, como también las lesiones que le pueden causar al conductor de la moto, y que esto puede llevar a ocasionar un accidente más gravoso. Como se puede evidenciar en el video, que la motocicleta se encuentra recostada sobre el anden, presumiendo que actuaron sometiendo al ciudadano para bajarlo de la moto.

Se nota el desespero de los funcionarios de tránsito por recolectar comparendos, ¿será que los agentes de tránsito les ordenan cumplir con unas cuotas?, por eso realizan esas conductas ilegales.

Por último un agente habla de nuestra Veeduría, señalando al ciudadano como mentiroso, aludiendo que manipulamos los videos a nuestra conveniencia, lo invitamos a que lo demuestre y que deje la doble moral, haciéndose la víctima cuando es un servidor público que desconoce la ley.

Comunicado a la ciudadanía.
27/09/2021

Comunicado a la ciudadanía.

17/09/2021

Según el señalamiento de las autoridades estas personas trabajan en una empresa de variedades, estos supuestamente agreden a la agente de tránsito 138, lo que informan los agentes es que estas personas emprenden la huida en la calle 17, y posteriormente la policía, junto con el transito los retienen en la calle 19. Como se observa en el video.

Rechazamos rotundamente cualquier acto de violencia.

17/08/2021

Los agentes de tránsito, siguen actuando de forma renuente en no querer cumplir con lo estipulado en la resolución 1885 de 2015, detienen a los vehículos, sin la debida estructuración del reten, que en el numeral 8.6.4, del Manual de Señalización estipula la que debe contener dicho puesto, para la posterior detección de vehículos. Estos funcionarios no cumplen ni lo más mínimo de esta resolución y permiten que la grua que no hace parte del "operativo" este parqueada, cuando en ese lugar, esta prohibido parquear.

Se observa a la gente 093 que fue denunciada por esta Veeduría, realizando las mismas conductas ilegales.

Hasta cuando, el Secretario de Transito, observará que los servidores públicos, están actuando en contra de la ley, y que no hay que ser permisivo, con estas conductas.

El video fue realizado, por un ciudadano, que esta cansado del mal procedimiento de los agentes de transito adscritos a la Secretaria de Transito y Transporte de la ciudad de Pasto.

13/08/2021
07/08/2021

El video se realizo, el día 5 de agosto de 2021, en horas de la mañana, los uniformados estaban deteniendo vehículos de forma constante y permanente, lo que hace que se convierta en un puesto de control, por ende estos deben cumplir con la resolución 1885 de 2015, que adopta en Manual de Señalización Vial, estos patrulleros de forma hostil, especialmente el PT. Gerson Moreno con No. de Placa 151344, quien de manera disgustada informa que ellos son policía, y que ellos no están en el deber de cumplir con las leyes de transito.

Luego llega el CTE. Elkin Hernández, sigue con la misma argumentación de los patrulleros, agregando que supuestamente se había hurtado un celular, por ese motivo, según el, se estaba realizando ese operativo. ¿Sera verdad?, por que los patrulleros nunca informaron de eso supuesto hurto, ellos expresaron que el operativo era para el registro a personas.

El comandante renuente en su error sobre, que los policías de vigilancia, no están en la obligacion de cumplir las normas de tránsito. Algo que es totalmente falaz. Todo ciudadano debe cumplir las normas de transito y en ese entendido, los servidores públicos, deben cumplir estas normas que son de obligatorio cumplimiento.

Sres. de Transito y Policía, ustedes por ser autoridad y tener un uniforme, no los exime de acatar lo establecido en la ley 769 de 2002 y sus diferentes resoluciones emitidas por Min. de Trasporte.

Por lo anterior, Se informa a la ciudadanía, que se denunciara a estos policías, por los delitos de Prevaricato por Acción, Abuso de Autoridad y Fraude a Resolución Judicial y Administrativa. Esta denuncia se trasladara a las diferentes autoridades competentes, para que inicien investigación en contra de estos uniformados

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