19/06/2020
JUZGADO PRIMERO PROMISCUO MUNICIPAL
LA TEBAIDA QUINDÍO
AVISO IMPORTANTE No. 2
En el marco de las disposiciones impartidas por el Consejo Superior de la Judicatura, en especial las proferidas en el Acuerdo PCSJA20-11567 del 5 de junio de 2020 (http://actosadministrativos.ramajudicial.gov.co/GetFile.ashx?url=%7E%2FApp_Data%2FUpload%2FPCSJA20-11567.pdf), así como la emanadas por el Consejo Seccional de la Judicatura del Quindío en el Acuerdo No. CSJQUA20-10 de 2020 (https://etbcsj-my.sharepoint.com/:w:/g/personal/j01prmpalteba_cendoj_ramajudicial_gov_co/EfkDSsrcXtxPoqrROLrjozoBksJT5xHOOAAcDQXoBXINng?e=fyLCW3 ), el Juzgado Primero Promiscuo Municipal de La Tebaida, informa a la sociedad en general:
Que el horario laboral y de atención al público a partir del 1 de julio de 2020 será el habitual, es decir, de 7:00 am a 12 m y de 2:00 pm a 5:00 pm., el cual será garantizado con la presencia de un empleado judicial en la secretaría del despacho, no obstante, también dispuso que el acceso a la sede judicial, será de forma restringida, en aras a evitar la propagación del virus COVID19, por lo tanto, la presentación de acciones de tutelas, memoriales y petición de revisión de expedientes serán recibidas y tramitadas por medios virtuales a través del correo electrónico.
Para garantizar la revisión de los expedientes, el despacho informa que se desplegaron todas las actividades correspondientes, y en la actualidad contamos con el 100% de los procesos digitalizados que se encuentran activos en el despacho, por tal razón, lo interesados debidamente legitimados, podrán solicitar la copia del expediente virtual al correo electrónico del juzgado [email protected], único habilitado para la recepción de documentos, memoriales y solicitudes, lo anterior, con el fin de garantizar el acceso a la administración de justicia de forma efectiva y célere.
Es importante tener en cuenta, que las solicitudes deberán ser enviadas desde los correos electrónicos que han sido informados por cada una de las partes, para establecer la autenticidad del mismo, igualmente, se debe identificar el número del proceso, las partes del mismo y la calidad en la que actúa.
En el siguiente formulario podrá REPORTAR Y/O ACTUALIZAR su correo electrónico y la demás información necesaria para contactarlo dentro de su proceso judicial, de ser el caso.
https://forms.office.com/Pages/ResponsePage.aspx?id=mLosYviA80GN9Y65mQFZizBDZShVs8JDqguv1CqqvDNUOUNKRDlTUVczS0JZNzk5MDNDTjhLMlc5NC4u
Vale la pena reiterar, que todo memorial o solicitud enviada al correo electrónico con posterioridad de las 5:00 pm del día hábil, se entenderá recibido para los efectos judiciales y administrativos a las 7:00 a.m. del día hábil siguiente, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 109 del C.G.P.
Por último, los servidores judiciales de este despacho, hemos venido trabajando desde casa, en la proyección de las decisiones a las solicitudes elevadas por lo interesados antes y durante la emergencia sanitaria decretada por el gobierno nacional, las cuáles serán notificadas una vez se levante la suspensión de los términos judiciales.
VÍCTOR MARIO AGUIRRE VARGAS
Juez