Justicia Transicional como parte del Ministerio de Justicia tiene como función diseñar políticas OBJETIVOS
1.
Dirección
Bogotá
111311
Horario de Apertura
| Lunes | 8am - 5pm |
| Martes | 9am - 5pm |
| Miércoles | 8am - 5pm |
| Jueves | 8am - 5pm |
| Viernes | 8am - 5pm |
Teléfono
Página web
Notificaciones
Sé el primero en enterarse y déjanos enviarle un correo electrónico cuando Justicia Transicional Ministerio de Justicia publique noticias y promociones. Su dirección de correo electrónico no se utilizará para ningún otro fin, y puede darse de baja en cualquier momento.
Contacto La Organización
Enviar un mensaje a Justicia Transicional Ministerio de Justicia:
Atajos
Categoría
Our Story
La Dirección de Justicia Transicional fue creada mediante el artículo 17 del Decreto 2897 de 2011 como parte del Ministerio de Justicia y del Derecho, adscrita al Viceministerio de Política Criminal y Justicia Restaurativa. Tiene como función diseñar, coordinar e implementar políticas, planes, programas y proyectos de justicia transicional propiciando la participación de distintos sectores sociales y con enfoque diferencial. OBJETIVOS 1. Diseñar y coordinar instrumentos normativos y de política pública en materia de justicia transicional. 2. Contribuir al fortalecimiento de los espacios y mecanismos de coordinación interinstitucional a nivel nacional y territorial en materia de justicia transicional. 3. Produccir conocimiento en materia de justicia transicional. 4. Gestionar y tramitar asuntos propios de la Dirección de Justicia Transicional en cumplimiento del programa “Buen Gobierno y lucha contra la corrupción (Gestión Orientada a resultados). 5. Tramitar y responder las peticiones de indultos solicitadas por desmovilizados conforme a las leyes vigentes. 6. Tramitar las solicitudes de postulación a la Ley de Justicia y Paz. FUNCIONES La Dirección de Justicia Transicional está comprometida con el proceso de transición colombiano y las acciones que de este se deriven encaminadas a velar por el respeto de los derechos de las víctimas y la reincorporación a la vida civil de los excombatientes. De conformidad con el Decreto 2891 de 2011, la Dirección de Justicia Transicional tiene las siguientes funciones: 1. Asesorar y proponer la formulación de la política de Estado en materia de justicia transicional. 2. Coordinar y articular los comités y los subcomités que sean implementados o creados en materia de justicia transicional, y apoyar a la Secretaría Técnica de los mismos, de acuerdo con las instrucciones impartidas por el Viceministro de Política Criminal y Justicia Restaurativa. 3. Apoyar a las instancias competentes en el desarrollo de las actividades inherentes a la ejecución de los procesos de justicia transicional. 4. Apoyar a las entidades y autoridades competentes en la coordinación de los procesos de reinserción y resocialización de los desmovilizados en el marco normativo de la justicia transicional. 5. Realizar con las entidades competentes el seguimiento y la evaluación de los procesos judiciales de justicia transicional y formular las recomendaciones a que haya lugar. 6. Coordinar con la Dirección de Política Criminal y Penitenciaria el apoyo al cumplimiento de las medidas de aseguramiento y el tratamiento penitenciario de los desmovilizados de grupos armados al margen de la ley, cuando a ello haya lugar. 7. Estudiar, tramitar y proyectar para la firma del Ministro de Justicia, los proyectos de resolución relativos a indultos de conformidad con la legislación vigente. 8. Propender y velar por la unificación y coherencia de criterios sobre el contenido y aplicación de las políticas de justicia transicional del Estado. 9. Preparar los proyectos de las postulaciones individuales y colectivas a ser presentadas a la Fiscalía General de la Nación, de acuerdo con la normatividad vigente. 10. Promover y realizar los análisis, estudios e investigaciones necesarias para generar conocimiento y el fortalecimiento de las políticas en materia de justicia transicional con las entidades que tengan responsabilidad en el tema. 11. Preparar anteproyectos de ley o de actos legislativos, así como efectuar el análisis normativo y jurisprudencial en coordinación con la Dirección de Desarrollo del Derecho y del Ordenamiento Jurídico y la Oficina Asesora Jurídica, en materia de su competencia. 12. Apoyar el desarrollo y sostenimiento del Sistema Integrado de Gestión Institucional, y la observancia de sus recomendaciones en el ámbito de su competencia. 13. Atender las peticiones y consultas relacionadas con asuntos de su competencia. 14. Las demás funciones asignadas que correspondan a la naturaleza de la dependencia.