Justicia Transicional Ministerio de Justicia

Justicia Transicional Ministerio de Justicia Justicia Transicional como parte del Ministerio de Justicia tiene como función diseñar políticas OBJETIVOS

1.

La Dirección de Justicia Transicional fue creada mediante el artículo 17 del Decreto 2897 de 2011 como parte del Ministerio de Justicia y del Derecho, adscrita al Viceministerio de Política Criminal y Justicia Restaurativa. Tiene como función diseñar, coordinar e implementar políticas, planes, programas y proyectos de justicia transicional propiciando la participación de distintos sectores sociale

s y con enfoque diferencial. Diseñar y coordinar instrumentos normativos y de política pública en materia de justicia transicional.

2. Contribuir al fortalecimiento de los espacios y mecanismos de coordinación interinstitucional a nivel nacional y territorial en materia de justicia transicional.

3. Produccir conocimiento en materia de justicia transicional.

4. Gestionar y tramitar asuntos propios de la Dirección de Justicia Transicional en cumplimiento del programa “Buen Gobierno y lucha contra la corrupción (Gestión Orientada a resultados).

5. Tramitar y responder las peticiones de indultos solicitadas por desmovilizados conforme a las leyes vigentes.

6. Tramitar las solicitudes de postulación a la Ley de Justicia y Paz. FUNCIONES

La Dirección de Justicia Transicional está comprometida con el proceso de transición colombiano y las acciones que de este se deriven encaminadas a velar por el respeto de los derechos de las víctimas y la reincorporación a la vida civil de los excombatientes. De conformidad con el Decreto 2891 de 2011, la Dirección de Justicia Transicional tiene las siguientes funciones:

1. Asesorar y proponer la formulación de la política de Estado en materia de justicia transicional.

2. Coordinar y articular los comités y los subcomités que sean implementados o creados en materia de justicia transicional, y apoyar a la Secretaría Técnica de los mismos, de acuerdo con las instrucciones impartidas por el Viceministro de Política Criminal y Justicia Restaurativa.

3. Apoyar a las instancias competentes en el desarrollo de las actividades inherentes a la ejecución de los procesos de justicia transicional.

4. Apoyar a las entidades y autoridades competentes en la coordinación de los procesos de reinserción y resocialización de los desmovilizados en el marco normativo de la justicia transicional.

5. Realizar con las entidades competentes el seguimiento y la evaluación de los procesos judiciales de justicia transicional y formular las recomendaciones a que haya lugar.

6. Coordinar con la Dirección de Política Criminal y Penitenciaria el apoyo al cumplimiento de las medidas de aseguramiento y el tratamiento penitenciario de los desmovilizados de grupos armados al margen de la ley, cuando a ello haya lugar.

7. Estudiar, tramitar y proyectar para la firma del Ministro de Justicia, los proyectos de resolución relativos a indultos de conformidad con la legislación vigente.

8. Propender y velar por la unificación y coherencia de criterios sobre el contenido y aplicación de las políticas de justicia transicional del Estado.

9. Preparar los proyectos de las postulaciones individuales y colectivas a ser presentadas a la Fiscalía General de la Nación, de acuerdo con la normatividad vigente.

10. Promover y realizar los análisis, estudios e investigaciones necesarias para generar conocimiento y el fortalecimiento de las políticas en materia de justicia transicional con las entidades que tengan responsabilidad en el tema.

11. Preparar anteproyectos de ley o de actos legislativos, así como efectuar el análisis normativo y jurisprudencial en coordinación con la Dirección de Desarrollo del Derecho y del Ordenamiento Jurídico y la Oficina Asesora Jurídica, en materia de su competencia.

12. Apoyar el desarrollo y sostenimiento del Sistema Integrado de Gestión Institucional, y la observancia de sus recomendaciones en el ámbito de su competencia.

13. Atender las peticiones y consultas relacionadas con asuntos de su competencia.

14. Las demás funciones asignadas que correspondan a la naturaleza de la dependencia.

Dirección

Bogotá
111311

Horario de Apertura

Lunes 8am - 5pm
Martes 9am - 5pm
Miércoles 8am - 5pm
Jueves 8am - 5pm
Viernes 8am - 5pm

Teléfono

4443100 EXT 1616

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La Dirección de Justicia Transicional fue creada mediante el artículo 17 del Decreto 2897 de 2011 como parte del Ministerio de Justicia y del Derecho, adscrita al Viceministerio de Política Criminal y Justicia Restaurativa. Tiene como función diseñar, coordinar e implementar políticas, planes, programas y proyectos de justicia transicional propiciando la participación de distintos sectores sociales y con enfoque diferencial. OBJETIVOS 1. Diseñar y coordinar instrumentos normativos y de política pública en materia de justicia transicional. 2. Contribuir al fortalecimiento de los espacios y mecanismos de coordinación interinstitucional a nivel nacional y territorial en materia de justicia transicional. 3. Produccir conocimiento en materia de justicia transicional. 4. Gestionar y tramitar asuntos propios de la Dirección de Justicia Transicional en cumplimiento del programa “Buen Gobierno y lucha contra la corrupción (Gestión Orientada a resultados). 5. Tramitar y responder las peticiones de indultos solicitadas por desmovilizados conforme a las leyes vigentes. 6. Tramitar las solicitudes de postulación a la Ley de Justicia y Paz. FUNCIONES La Dirección de Justicia Transicional está comprometida con el proceso de transición colombiano y las acciones que de este se deriven encaminadas a velar por el respeto de los derechos de las víctimas y la reincorporación a la vida civil de los excombatientes. De conformidad con el Decreto 2891 de 2011, la Dirección de Justicia Transicional tiene las siguientes funciones: 1. Asesorar y proponer la formulación de la política de Estado en materia de justicia transicional. 2. Coordinar y articular los comités y los subcomités que sean implementados o creados en materia de justicia transicional, y apoyar a la Secretaría Técnica de los mismos, de acuerdo con las instrucciones impartidas por el Viceministro de Política Criminal y Justicia Restaurativa. 3. Apoyar a las instancias competentes en el desarrollo de las actividades inherentes a la ejecución de los procesos de justicia transicional. 4. Apoyar a las entidades y autoridades competentes en la coordinación de los procesos de reinserción y resocialización de los desmovilizados en el marco normativo de la justicia transicional. 5. Realizar con las entidades competentes el seguimiento y la evaluación de los procesos judiciales de justicia transicional y formular las recomendaciones a que haya lugar. 6. Coordinar con la Dirección de Política Criminal y Penitenciaria el apoyo al cumplimiento de las medidas de aseguramiento y el tratamiento penitenciario de los desmovilizados de grupos armados al margen de la ley, cuando a ello haya lugar. 7. Estudiar, tramitar y proyectar para la firma del Ministro de Justicia, los proyectos de resolución relativos a indultos de conformidad con la legislación vigente. 8. Propender y velar por la unificación y coherencia de criterios sobre el contenido y aplicación de las políticas de justicia transicional del Estado. 9. Preparar los proyectos de las postulaciones individuales y colectivas a ser presentadas a la Fiscalía General de la Nación, de acuerdo con la normatividad vigente. 10. Promover y realizar los análisis, estudios e investigaciones necesarias para generar conocimiento y el fortalecimiento de las políticas en materia de justicia transicional con las entidades que tengan responsabilidad en el tema. 11. Preparar anteproyectos de ley o de actos legislativos, así como efectuar el análisis normativo y jurisprudencial en coordinación con la Dirección de Desarrollo del Derecho y del Ordenamiento Jurídico y la Oficina Asesora Jurídica, en materia de su competencia. 12. Apoyar el desarrollo y sostenimiento del Sistema Integrado de Gestión Institucional, y la observancia de sus recomendaciones en el ámbito de su competencia. 13. Atender las peticiones y consultas relacionadas con asuntos de su competencia. 14. Las demás funciones asignadas que correspondan a la naturaleza de la dependencia.