29/05/2026
La Administración Municipal informa a toda la ciudadanía el conjunto de medidas normativas adoptadas mediante el Decreto No DA-100-01-00016 del 2 de marzo de 2026 , con el fin de conservar el orden público y garantizar el normal desarrollo de las elecciones presidenciales y vicepresidenciales (primera vuelta) este domingo 31 de mayo de 2026.
Conoce las principales restricciones y normas que aplicarán en nuestro municipio:
1. Ley Seca
Se prohíbe la venta y el consumo de bebidas embriagantes en todo el territorio municipal.
¿Cuándo aplica?: Desde las 6:00 p.m. del sábado 30 de mayo hasta las 12:00 p.m. (medianoche) del lunes 1 de junio de 2026.
2. Reuniones y Actos Políticos
Únicamente se permite realizar reuniones de carácter político en recintos cerrados. Esta medida rige desde el lunes 25 de mayo hasta el lunes 1 de junio de 2026.
3. Propaganda Electoral el Día de la Elección
Prohibición total: El domingo de votación no se permite ningún tipo de propaganda político-electoral, vallas, pasacalles, afiches ni manifestaciones en radio, prensa, televisión y perifoneo.
Ayuda de memoria:Puedes ingresar al cubículo con una guía de votación no visible de máximo 10 cm x 5.5 cm.
Pregoneros: Está estrictamente prohibido contratar "auxiliares electorales", "pregoneros" o "guías de información" ese día. La Policía Nacional podrá desmontar estos puestos y decomisar los elementos.
4. Uso de Celulares y Equipos Electrónicos
Para votantes: Prohibido el uso de celulares y cámaras dentro de los puestos de votación entre las 8:00 a.m. y las 4:00 p.m. (Excepción: Solo para mostrar la cédula digital ante los jurados).
Para testigos y observadores: Pueden ingresar con dispositivos, pero no usarlos entre las 8:00 a.m. y las 4:00 p.m.. Podrán utilizarlos libremente una vez cierren las votaciones e inicien los escrutinios para registrar las actas.
5. Tránsito y Movilidad
Prohibición de estacionamiento: No se permite parquear vehículos frente a los puestos de votación ni a 100 metros a la redonda, tanto en la cabecera municipal de Albania como en la Inspección de El Dorado. (Se exceptúa Fuerza Pública, autoridades electorales, organismos de socorro y emergencias).
De ser necesario por orden público, el Alcalde queda facultado para aplicar medidas excepcionales como prohibición de parrillero en moto, restricción por placa o toque de queda.
Agradecemos el compromiso y la colaboración de toda la comunidad para vivir una jornada democrática en paz y con total transparencia. 🤝🇨🇴
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