Móvil Malleco Corporación de Asistencia Judicial

Móvil Malleco  Corporación de Asistencia Judicial Consultorio Jurídico y Social con atención en terreno en las comunas de Lonquimay,Curacautin, Victoria, Traiguén y Los Sauces.

Te esperamos en esta importante conversación.....
06/05/2021

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06/05/2021
PRÉSTAMO SOLIDARIO DEL GOBIERNO.A partir del próximo 08 de septiembre se abre un nuevo proceso para solicitar el Préstam...
04/09/2020

PRÉSTAMO SOLIDARIO DEL GOBIERNO.

A partir del próximo 08 de septiembre se abre un nuevo proceso para solicitar el Préstamo Solidario del Gobierno que otorgará hasta $650.000 a beneficiarios de clase media que producto de la pandemia hayan sufrido una caída de sus ingresos mensuales.

El plazo de postulación se extiende desde el día 8 de cada mes hasta su término, y el proceso de solicitud estará operativo hasta diciembre de este año 2020.

Además, de acuerdo a lo informado por el SII, habrán nuevo beneficiarios gracias a la inclusión de trabajadores y trabajadoras que se encontraron con licencias médicas durante parte de 2018 y 2019, lo que les impedía acceder al préstamo.

¿Quiénes pueden solicitar el préstamo?
El beneficio consiste en un préstamo solidario para trabajadores dependientes y empresarios individuales quienes, producto de la emergencia sanitaria, han enfrentado una disminución de al menos el 30% en los ingresos, y que permite cubrir hasta un 70% de la caída de dichos ingresos con un tope de $650 mil mensuales.

BENEFICIARIOS: Según informó el Servicio de Impuestos Internos (SII), miles de trabajadores quedaron fuera del beneficio debido a que por información incorrecta su promedio de remuneraciones no alcanzaba el requisito mínimo de $400 mil.

Principalmente los trabajadores que no pudieron optar al pago del $500 mil o el préstamo solidario del Estado son quienes durante 2018 y 2019 presentaron licencias médicas.

Ante esta situación, el SII trabajó con la información proporcionada por la Superintendencia de Seguridad Social para identificar los meses en los que los trabajadores estuvieron con licencia médica, permitiendo de esta forma que el cálculo del promedio de rentas en 2019 se realizará de acuerdo a los meses efectivamente trabajados.

El SII incorporó la información de las licencias que se iniciaron en 2019, y además agregó la información de licencias que comenzaron en 2018 y se mantuvieron en 2019. Como resultado, miles de nuevos beneficiarios quedaron habilitados en el sistema para pedir este préstamo solidario.

¿Cómo solicitar el préstamo del Gobierno?
Para solicitar el préstamo se debe ingresar al sitio web del SII http://homer.sii.cl/ e ir a «Préstamo Solidario del Estado».

Ingresado en la plataforma, el usuario deberá digitar su Rut y clave del SII. El sistema le solicitará completar la renta de Julio. Si efectivamente las remuneraciones cayeron desde un 30%, la plataforma permite avanzar hasta la solicitud del préstamo.

Después, el próximo paso es ingresar la forma de entregar el beneficio, la cual puede ser pago por caja o elegir una cuenta bancaria para recibir el depósito. Se debe elegir la entidad bancaria, el tipo de cuenta y finalmente agregar los datos de su cuenta.

Ayuda podría extenderse hasta por 4 meses
Según informa el Gobierno, esta ayuda podrá solicitarse hasta por cuatro meses, bajo estas condiciones:

– Se podrá optar a un monto mensual máximo de $650.000, pero el primer mes sólo podrá solicitarse el monto que exceda el aporte Estatal Directo de $500.000.

– El préstamo estatal solidario se reintegrará hasta en cuatro años, con un año de gracia.

– El primer pago anual será en abril de 2022 (por un 10% del monto total solicitado), y los tres siguientes pagos en los años de 2023, 2024 y 2025 por un 30% del monto total.

– Tendrá una tasa de interés real igual a 0% (solo se reajustará por IPC).

Además, el pago de cada cuota anual de abril del periodo 2022-2025 no podrá superar el 5% de los ingresos totales de la persona durante el año anterior.

Junto con ello, se indicó que cualquier parte del préstamo que no haya sido pagada luego del año 2025, se condonará de inmediato

Actividad en terreno para programa Mujeres Jefas de Hogar de la ciudad de Victoria.
25/08/2020

Actividad en terreno para programa Mujeres Jefas de Hogar de la ciudad de Victoria.

14/08/2020

NUEVO SUBSIDIO DE ARRIENDO A LA CLASE MEDIA.

Nueva postulación al subsidio dirigida a grupos familiares de ingresos bajos y medios con caída comprobada de ingresos superior al 30% que no han obtenido con anterioridad al Subsidio de Arriendo y que no están cubiertos por el IFE 2.0.
Se aumentará el monto a asignar hasta $250.000 para arriendos de hasta $600.000.
El monto del subsidio será creciente en función del monto del arriendo, hasta llegar a un subsidio máximo de $250.000 para un arriendo de $400.000 mensuales. Para el tramo de arriendo entre $400.000 y $600.000, el subsidio se mantendrá en $250.000.
Duración: 3 Meses.
La cobertura del arriendo asciende a un 70%, con un copago mínimo de 30% por parte del beneficiario.

¿Cómo postular al llamado especial para el Subsidio de Arriendo para la Clase Media?
Postulaciones abrirán hasta el 24 de Agosto 2020

En la fecha de apertura se habilitará enlace para postular en línea.

Los requisitos son:

No es necesario contar Registro Social de Hogares.
Demostrar Pérdida de empleo o baja de más del 30% de los ingresos.
Tener 2 o más integrantes en el núcleo familiar.
El postulante o algún Miembro de su familia no pueden ser propietarios de una vivienda.
El grupo familiar debe contar con Ingresos Inferiores a $2.000.000 mensuales.
Estar arrendando una vivienda actualmente.
¿Con qué otros beneficios es compatible?
Puedes postular si recibiste los siguientes beneficios:

El Ingreso Familiar de Emergencia
El Bono para la Clase Media
Si ya eres beneficiario del Subsidio de Arriendo Regular
Si recibiste otra ayuda del Gobierno.
Documentación necesarias para Postular al llamado especial Subsidio de Arriendo Clase MEDIA
Acreditación de cesantía o baja de más del 30% en los montos de ingresos (1 o más):
Finiquito del contrato de trabajo.
Comprobante de cobros de seguro de cesantía a la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC).
Tres liquidaciones de sueldo o boletas de honorarios (o bien modificación del contrato de trabajo y/o cualquier otro documento en el que conste la modificación de las condiciones laborales).
Informe de los seis últimos meses de boletas de honorarios emitido por el Servicio de Impuestos Internos.
Contrato de arrendamiento actual, este debe:
Estar firmado ante Notario Público, de lo contrario, podrá estar firmado por el arrendatario y el arrendador y adjuntar una declaración jurada simple de ambos.
Tener fecha hasta el 31 de mayo de 2020.
Establecer el arrendamiento por el monto establecido en el subsidio.
Tener individualizados el arrendatario y el arrendador (nombres y cédula de identidad).
El arrendatario puede ser el postulante o un integrante de su núcleo familiar declarado.
Declaración jurada firmada por el arrendador Mediante formato tipo aportado por el MINVU, en la que junto con manifestar que es dueño de la vivienda, que ésta cuenta con Recepción Municipal y que no se encuentra sujeta a embargo, se compromete a participar en el marco de este Llamado. El SERVIU podrá solicitar antecedentes adicionales que permitan verificar la veracidad de las declaraciones. En caso de comprobarse por parte del SERVIU, falsedad en la declaración jurada, el arrendador incurrirá en las p***s del Artículo 210 del Código Penal.

04/08/2020

BONO PARA LA CLASE MEDIA.

Se entregará un bono no reembolsable para apoyar a las familias de clase media que han visto afectados sus ingresos formales producto de la pandemia del Covid-19.
Esto quiere decir que debes haber perdido tu trabajo o al menos haber disminuido en un 30% tus ingresos.

Se entregará una vez, un bono por $500 mil para todas las trabajadoras y trabajadores que cumplan los requisitos y que antes de la pandemia del Covid-19 tuvieron ingresos formales entre $400 mil y hasta $1,5 millones mensualmente.

Si tenías ingresos mensuales superiores a $1,5 millones y de hasta $2 millones, el bono será por montos menores.

Deberás solicitar este beneficio en línea, en un portal que se habilitará en la página web del Servicio de Impuestos Internos (SII) . Luego de esto, dentro de un plazo de 10 días se realizará el pago.

¿Que quiere decir que no es reembolsable?
Quiere decir que es una transferencia de dinero, por la cual no deberás pagar en el futuro. No es un préstamo.

¿A quiénes está dirigido?
Todos aquellos trabajadores y trabajadoras dependientes, independientes o empresarios individuales cuya renta normal antes de la pandemia estaba entre los $400 mil y el millón y medio de pesos.
Y que además hayan perdido su trabajo o al menos hayan visto caer significativamente sus ingresos formales en un 30 por ciento o más.

¿Qué monto recibo si tengo ingresos mensuales por un monto superior a $1,5 millones?
Si tienes rentas superiores a $1,5 millones y hasta $2 millones, el bono será según los siguientes tramos:

Ingresos sobre $1.500.000 hasta $1.600.000: recibirás un bono por $400.000.

Ingresos sobre $1.600.000 hasta $1.700.000: recibirás un bono por $300.000.

Ingresos sobre $1.700.000 hasta $1.800.000: recibirás un bono por $200.000.

Ingresos por sobre $1.800.000 hasta $2.000.000: recibirás un bono por $100.000

¿Qué requisitos debes cumplir?
Para poder acceder al Bono para la Clase Media, debes cumplir con las siguientes características:

Ser trabajador(a) con un promedio mensual de rentas percibidas en 2019 que sea igual o mayor a $400.000.
Que debido a la crisis sanitaria y socioeconómica del covid.19, experimentes una disminución de, al menos, un 30%, de tu ingreso mensual.
Y encontrarte en alguna de las siguientes situaciones:

Cesantes o trabajadores dependientes con contrato de trabajo suspendido que estén percibiendo las prestaciones del Seguro de Cesantía, o estén cesantes y ya hayan agotado sus recursos del Seguro.

Trabajadores dependientes que hayan sufrido una disminución de sus remuneraciones, incluyendo a trabajadores con pacto de reducción temporal de jornada de trabajo.

Trabajadores que emiten boletas de honorarios y hayan visto reducidos sus ingresos formales.

Personas naturales organizadas como empresas individuales (cuenta propia).

El trámite lo puedes hacer en 👉🏻www.sii.cl

Programa Jurídico Social, en radio Stefania de Traiguén.
03/08/2020

Programa Jurídico Social, en radio Stefania de Traiguén.

31/07/2020

👉🏻

Feria reactiva, organizada por I. Municipalidad de Traiguén en la cual participamos para entregar atención personalizada...
31/07/2020

Feria reactiva, organizada por I. Municipalidad de Traiguén en la cual participamos para entregar atención personalizada en terreno.

29/07/2020

Video explicativo de cómo opera el retiro 10% AFP

28/07/2020

El día jueves comienza el retiro del 10% de nuestros fondos de cotizaciones en todas las AFP. Explicaremos las preguntas más frecuentes de los usuarios.
1.¿Cuanto puedo retirar?
Si bien se habla de un 10% existen diferentes montos a retirar según lo ahorrado en su cuenta de capitalización.
Si el afiliado tiene menos de $1.000.000 millón de pesos, podrá cobrar lo que actualmente tenga en su fondo. modo de ejemplo: Si Don Juan estuvo trabajando dos años imponiendo y en ese tiempo logro recaudar en su fondo $300.000 mil pesos, ese es el monto que le corresponde.
en el caso de personas que tengas fondos en su cuenta de capitalización entre $1.000.000 millón y $10.000.000. millones de pesos, recibieran $1.000.000 millón. Ejemplo: Don Juan trabajo, durante 10 años con imposiciones, y logro recaudar $6.000.000 millones, podrá retirar, $1.000.000 millón de pesos.

En el caso de personas que tengan fondos sobre los $10.000.000 millones de pesos percibirán el 10% de ellos. Ejemplo, Don Juan lleva 15 años trabajando con imposiciones y durante ese lapsus de tiempo recaudo $25.000.000 millones de pesos, el 10% que le corresponde es de $2.500.000 millones.
Hay que tener claro que tiene un tope de $4.300.000 mil pesos ¿ que quiere decir esto?. Que Sin Don Juan, durante el tiempo que cotizo logro recaudar $50.000.000 millones, no podrá optar a su 10%, que serian $5.000.000 millones si no al tope de $4.300.000 mil pesos.

2.¿Cómo de paga?
Una vez se solicite el retiro por el monto elegido, se debe entregar en dos cuotas de hasta 75 UF cada una. La primera debe ser pagada por la AFP hasta 10 días después de realizada la solicitud. En tanto que la segunda debe ser pagada 30 días hábiles tras el primer depósito. OJO, Días hábiles, por lo que días feriados y fines de semana no cuentan.

3. ¿Qué significa que sea universal?
Significa que todos los afiliados en las AFP pueden optar a esta alternativa.

4. ¿Hasta cuándo puedo hacer el retiro?
La solicitud del retiro a las AFP es de hasta un año una vez hecha oficial. Ejemplo, si no la necesitas ahora, pero sí en cinco meses más, se podrá realizar.

5.¿ Cómo se hace el pago?
El pago se realizara a la opción que el usuario estime, es decir en su cuenta 2 (APV), cuenta corriente, rut, vista etc. Cabe destacar que no es necesario ir a la sucursal, porque este tramite será de manera on line, en la páginas que se habilitaran, y con su carnet de identidad. Las personas que se encuentran en el extranjero y tengan imposiciones también podrán hacer uso de ella, con su cédula de identificación.

Cualquier consulta [email protected]

Maite Pardo
Asistente Social.

Dirección

Victoria

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