El impulso de realizar actividades conjuntas con entidades educativas por parte de la empresa LuSal es muy interesante ya que como se detalla en el convenio en este caso firmado con la Universidad Nacional de Salta. Se promueven actividades y capacitaciones que son fundamentales para el desarrollo de las dos entidades como así el de la región. Por medidas como estas, las universidades pueden volve
r a tener la participación que en algún momento tuvieron como impulsoras de ideas novedosas, y como miembros productivos de la sociedad en su conjunto. Por esto es que me parece, como estudiante y como miembro de la sociedad, una idea fantástica, que empresas privadas promuevan este tipo de actividades, que generan relaciones directas entre alumnos y empresas del medio. se detalla a continuación para el lector interesado:
CONVENIO MARCO ENTRE LA EMPRESA LUSAL UTE Y LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA En la Ciudad de Salta, a los tres días del mes de septiembre del año dos mil diez, entre la UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA, en adelante “La Universidad”, representada en este acto por su Rector CPN Víctor Hugo CLAROS, con domicilio en Avda. Bolivia 5150 de la ciudad de Salta y la empresa LuSal Mantelectric I.C.I.S.A. U.T.E., en adelante “La Empresa”, representada en este acto por su Director General CPN Matías Huergo Cornejo, con domicilio en avenida Entre Ríos 1380 de la ciudad de Salta, acuerdan celebrar el siguiente CONVENIO MARCO, el que se regirá por las siguientes cláusulas: PRIMERA: OBJETIVO GENERALEl objetivo general del presente Convenio es el de mancomunar esfuerzos para concretar acciones y proyectos en común, tendientes a promover el desarrollo de las instituciones y por este medio el desarrollo regional; con respecto a las actividades que específicamente les competen. SEGUNDA: AMBITOS Y MODALIDADES DE COOPERACIÓNLa Universidad y la Empresa se prestarán colaboración mutua en la ejecución de actividades y proyectos concentrados preferentemente en los siguientes campos:• Creación de espacios para la formación de recursos humanos; el desarrollo y la promoción de estudios y proyectos de investigación y/o experimentación en las áreas de competencia de las instituciones y según se convenga.• Colaboración para la generación de datos e intercambio de información.• Acceso a redes de información.• Pasantías e intercambios de miembros de ambas instituciones para la sustanciación de actividades, dentro del marco de la preceptiva reguladora pertinente.• Organización de cursos de formación, seminarios y jornadas de interés para ambas instituciones.• Otras acciones que se acuerden, en protocolos adicionales al presente convenio en base a los objetivos arriba señalados de interés para las partes. TERCERA: PROTOCOLOTodas las actividades y proyectos conjuntos que se lleven a cabo deberán ser objeto de un protocolo adicional en el marco del Régimen Normativo de Servicios Técnicos de la Universidad Nacional de Salta. En donde se fijarán las características y condiciones de las mismas, objetivos, plazos de ejecución, responsabilidades de las partes y responsables designados, fuentes de financiamiento, etc. y toda otra condición o circunstancia que se estime conveniente y serán firmados por los titulares de ambas partes. CUARTA: VIGENCIAEste convenio tendrá vigencia por 2 (dos) años a partir de la fecha de su firma y podrá ser renovado automáticamente por períodos iguales. Las partes podrán plantear la terminación anticipada del mismo invocando causa justificada, debiéndose notificar a la otra parte con una anticipación de 30 (treinta) días, por medio fehaciente. La terminación anticipada del presente convenio no afectará la marcha y conclusión de las acciones que se encuentre en ejecución. QUINTA: FUEROSEn caso de conflicto, las partes se comprometen a resolver las diferencias que pudieren derivar de la aplicación de este convenio en forma amistosa, en caso de persistir el conflicto se someterán a los Tribunales Federales de la Ciudad de Salta. En prueba de conformidad, se firman 2 (dos) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto.