06/06/2021
Es importante saber cuáles son tus derechos en el Marco de la pandemia, compartimos un fallo de interés para recordar que existen derechos esenciales que NO se encuentran suspendidos
Lisi, Martin s/Hábeas Corpus
Cámara Federal de Apelaciones de Corrientes
Corresponde declarar la inconstitucionalidad de la Disposición N° 1175/21 de la Dirección Nacional de Migraciones que prohibe la salida del país por vía terrestre y, en consecuencia, autorizar al peticionante a viajar a Porto Alegre para que pueda visitar a su novia el día de su cumpleaños; en tanto se advierte que el egreso del peticionante por el paso fronterizo Paso de los Libres no afectaría en nada la salud pública de la República Argentina, sino más bien, eventualmente podría poner en riesgo la de Brasil; y, en relación al posterior ingreso a nuestro país, si bien el peticionante podría hacerlo por los pasos que se encuentran habilitados -via aérea-, ello notoriamente generaría un costo económico superior al transporte por vía terrestre que, tal como lo alega, no se encuentra en condiciones de afrontar; por lo que surge a todas luces que su derecho de entrar, permanecer, transitar y salir del país se encuentra limitado actualmente a la capacidad económica que detenta, dado que, en caso de no poder afrontar dichos gastos, sin importar la razón por la que desea salir del país, no podría hacer pleno uso de los derechos y garantías que la CN le concede, lo cual es irrazonable; máxime cuando no se advierte el motivo por el cual no se podría autorizar el egreso e ingreso a ciudadanos argentinos, por una vía terrestre, en caso de cumplimentar con los requisitos exigidos tanto por la Dirección de Migraciones como por la autoridad sanitaria correspondiente.