Lograr el apoyo a la inversión de las empresas privadas; integrar sociedades o suscribir e integrar acciones en sociedades y facilitar a los socios la integración de capital en cooperativas; otorgar préstamos y avales de fomento; administrar fiduciariamente fondos de terceros; brindar asistencia técnica, administrativa, contable y gerencial; emitir certificado de deposito; colaborar en la formulac
ión y evaluación de proyectos; buscar transferencia de tecnología y capital a los actores productivos; propiciar la creación de mercados concentradores, comercializadores y parques industriales, para el aliciente y organización de la oferta; estimular las exportaciones por sí o por intermedio de compañías de comercio exterior; viabilizar al máximo la rentabilidad de las estructuras productivas existentes, incentivando niveles de calidad y escala , promoviendo la industrialización con efecto multiplicador, especialmente para zonas que aún no han decidido su opción productiva, promover el reagrupamiento parcelario en unidades económicas; y constituir para la Provincia el instrumento legal para la aplicación del Artículo 61 de la Constitución Provincial, que establece: “... podrá controlar, tomar a su cargo o destinar para cooperativas o entidades similares, cuando el bien común lo exija, aquellas actividades en que predomine el interés público y en que la iniciativa privada sea insuficiente, monopolista o privilegiada”.