Derechos Humanos Entre Ríos

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Aniversario de la sanción de la reforma de nuestra Constitución ProvincialEn Concepción del Uruguay, el 11 de octubre de...
11/10/2025

Aniversario de la sanción de la reforma de nuestra Constitución Provincial

En Concepción del Uruguay, el 11 de octubre de 2008, se llevó a cabo la sanción de la reforma que contiene todos los Derechos Humanos y los declara directamente operativos. Garantiza tutela judicial activa y continua.

Esta mañana nos reunimos con la Decana de la Facultad de Ciencias de la Educación (FCEdu), Aixa Boeykens, para tratar te...
09/10/2025

Esta mañana nos reunimos con la Decana de la Facultad de Ciencias de la Educación (FCEdu), Aixa Boeykens, para tratar temas de interés común entre la Dirección General de Derechos Humanos y la Universidad Nacional de Entre Ríos (UNER).

Las personas mayores en la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos HumanosPor María Emma Bargagna (*)Indep...
01/10/2025

Las personas mayores en la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos

Por María Emma Bargagna (*)

Independencia, participación, cuidados, autorrealización y dignidad.

Al visibilizar el envejecimiento como situación inexorable de la vida humana, la Corte destaca los principios esenciales para esa etapa de la existencia que las Naciones Unidas habían proclamado con anterioridad: derecho a la independencia, a la participación, autorrealización, cuidados y dignidad.

La Corte tiene en cuenta la “vulnerabilidad” de la persona mayor, pero reconoce que podemos estar en perfectas condiciones mentales e incluso físicas. Sin embargo, no se está en condiciones de esperar. Es la edad avanzada, por lo tanto, una categoría especial que merece protección.

El ejercicio de los derechos humanos de los adultos mayores es ahora y la escasez del tiempo vital les da derecho a que se tenga un “enfoque diferenciado” o un “tratamiento preferencial” ya sea en el orden de la salud como en el de la justicia y administración, la seguridad social o el medio ambiente.

Como contrapartida, para quienes son responsables de decidir, prestar servicios o brindar atención a las personas mayores existe la obligación reforzada de actuar con mayor diligencia o de resolver con celeridad.

Para determinar si se produjo o no discriminación, la Corte utiliza un concepto “intersectorial o múltiple” observando en cada caso a resolver no sólo la edad de las presuntas víctimas sino también, la raza, nivel de educación, nivel económico y s**o.

Generalmente ha encontrado que las víctimas son personas mayores, de escasa o nula instrucción, pobres, discapacitadas, afroamericanas o descendientes de pueblos originarios y/o mujeres sometidas a servidumbre, bajos salarios y explotación, con sus necesidades básicas insatisfechas.

Por eso la Corte, en esta última etapa, ha abordado los casos desde un enfoque de la edad como factor que impacta generalmente vinculado a otras condiciones de la persona.

En casos a resolver sobre discriminación que involucran personas mayores la Corte ha considerado que los Estados deben aplicar políticas inclusivas y un fácil acceso a los servicios públicos.

Sobre el Derecho a la Salud, la Corte consideró que la persona mayor debe ser informada, que toda intervención sobre su cuerpo debe ir precedida de consentimiento informado y ha desarrollado el concepto de “tratamiento o cuidados a largo plazo” que consisten en la prestación de ayuda continua e idónea ante enfermedades crónicas o discapacidades que anulan la capacidad personal.
En el caso de trámites administrativos vinculados a la Seguridad Social (jubilaciones o pensiones) cuando son obligaciones de carácter alimentario sustitutivos del salario, para su otorgamiento la Corte ha expresado que es exigible un criterio reforzado de celeridad.

Por otro lado, señaló que el acceso a la justicia constituye un componente sustancial para la seguridad económica de las personas mayores.
La demora en cobrar la jubilación o pensión o los alimentos que reclama el adulto mayor afecta su dignidad vulnerando el “derecho a la vida digna” del cual es legítimo titular.

Por ende, la Corte afirma que existe a favor de las personas mayores “un derecho a recibir tratamiento preferencial en la ejecución de sentencias a su favor y el deber de los Estados de permitir un acceso diligente, célere y efectivo de las personas mayores a la justicia, tanto en los procesos administrativos como en los judiciales”.
Esta “perspectiva diferencial” se potencia cuando la persona mayor es discapacitada y, por ende, las autoridades tienen una obligación reforzada de respeto y garantía de sus derechos.

La Corte entiende también que las personas mayores precisan seguridad económica. La falta de pago o atraso en el pago de salarios, jubilaciones o pensiones a personas de edad avanzada impacta negativamente en su calidad de vida, pone en riesgo su salud y capacidad de supervivencia.

Finalmente, cuando se trata de personas mayores, la Corte ha considerado importante el “Derecho al Medio Ambiente Sano” entendiendo que la erosión o la degradación del medio ambiente afecta a todos los seres humanos, pero es particularmente más gravosa con las personas mayores sobre todo en sus aspectos más relevantes: la vida, la salud, la circulación, la vivienda, la alimentación, el agua, el aire, la temperatura ambiente.

Podemos afirmar que la Corte visibilizó a los adultos mayores aplicando la “perspectiva de persona mayor” para lograr protección efectiva de sus derechos humanos a cuyo fin desarrolló tres “estándares”: 1) la edad como categoría de especial protección; 2) el derecho a un tratamiento preferencial y 3) el deber reforzado de “celeridad”.

Así como la Corte ha sido capaz de advertir las condiciones y requerimientos de la última etapa de nuestras vidas, corresponde a cada uno de los países y Gobiernos alentar, además, en la sociedad toda, una renovada perspectiva y conducta sobre la vejez reconociéndola en el respeto como transmisor natural de cultura, experiencia y conocimientos.

(*) Directora General Derechos Humanos

✍️Reunión de trabajo con la Dirección de Adultos Mayores de la provincia. Se programaron las actividades que se realizar...
23/09/2025

✍️Reunión de trabajo con la Dirección de Adultos Mayores de la provincia. Se programaron las actividades que se realizarán hasta fines de este año.

👩‍💼Contamos con la presencia de la directora Graciela Mantaras y su equipo de colaboradoras.

📍Por la Dirección de Derechos Humanos partiparon la directora María Emma Bargagna y Alejandra Elcura.

16 de septiembre: Día de los Derechos de los Estudiantes SecundariosEl 16 de septiembre se conmemora el «Día de los dere...
16/09/2025

16 de septiembre: Día de los Derechos de los Estudiantes Secundarios

El 16 de septiembre se conmemora el «Día de los derechos de los estudiantes secundarios», en homenaje a los estudiantes secundarios desaparecidos durante la última dictadura cívico - militar.

En septiembre de 1976, un grupo de efectivos policiales del Batallón 601 organizó un operativo para secuestrar a jóvenes de entre 16 y 18 años, de distintas pertenencias políticas, que habían participado de la campaña por el boleto estudiantil, entre otras acciones vinculadas a la participación política estudiantil.

En la noche del 16 de septiembre, fueron secuestrados en la ciudad de La Plata María Claudia Falcone, María Clara Ciocchini, Claudio de Acha, Francisco López Muntaner, Daniel Alberto Racero y Horacio Ángel Ungaro. Dentro de este mismo operativo, el 17 de septiembre fueron detenidas Emilce Moler y Patricia Miranda; y el 21 de septiembre, Pablo Díaz. Gustavo Calotti, que compartió el cautiverio con este grupo de jóvenes. Había sido secuestrado el 8 de septiembre.

Los estudiantes fueron sometidos a torturas y vejámenes en distintos centros clandestinos de detención, entre ellos: el Pozo de Arana, el Pozo de Banfield, la Brigada de Investigaciones de Quilmes y la Brigada de Avellaneda. Seis de ellos continúan desaparecidos: Francisco, María Claudia, Claudio, Horacio, Daniel y María Clara, y sólo cuatro sobrevivieron: Pablo Díaz, Gustavo Calotti, Emilce Moler y Patricia Miranda. Este episodio emblemático se recuerda como «La noche de los lápices». El informe de la Comisión Nacional de Desaparición de Personas (Conadep) estableció que más del 20% de los desaparecidos y desaparecidas durante este período (1976-1983) eran estudiantes.

Conmemoración del fallecimiento de Domingo F. SarmientoDesde la Dirección de Derechos Humanos recordamos al maestro, per...
11/09/2025

Conmemoración del fallecimiento de Domingo F. Sarmiento

Desde la Dirección de Derechos Humanos recordamos al maestro, periodista, escritor y político. Ocupó la presidencia de la Nación entre 1868 y 1874.

Durante su presidencia y la de Nicolás Avellaneda, en la que se desempeñó como ministro de la Educación, la mayor parte del presupuesto nacional se destinó a concretar el Derecho Humano a la Educación, acceso a la Cultura, la Investigación y la Ciencia.

Su proyecto educativo, orientado a varones y mujeres por igual, fue generador, unificador, sostén y dinamizador de la República.

A fin de garantizar la educación primaria, durante su presidencia, Sarmiento trajo al país desde Estados Unidos, algo más de 75 docentes (71 mujeres y 4 hombres) para ocupar los profesorados del ciclo primario. Estas maestras se distribuyeron por todo el país, sembrando a su paso jardines de infantes y primeros grados; creó las primeras escuelas normales, tomando como ejemplo la Escuela Normal de Paraná, fundada en 1870, con un museo de ciencia y un observatorio para estudiar astronomía. Sarmiento sembró de escuelas el país y subvencionó la primera escuela para sordomudos, que era privada.

Sarmiento también propició la creación y el desarrollo de la Comisión Nacional de Bibliotecas Populares (CONABIP), que hasta la actualidad fomenta el fortalecimiento de las bibliotecas populares en tanto organizaciones de la sociedad civil e impulsa su valoración pública como espacios físicos y sociales relevantes para el desarrollo comunitario y la construcción de ciudadanía.

Personaje polémico, pero absolutamente trascendente para la consolidación de la Nación Argentina, estaba convencido de que el progreso sólo era posible con Educación.

Sus obras literarias contenían una mirada profunda sobre aquel país que empezaba a perfilarse luego de la sanción de la Constitución Nacional en 1853: “Facundo, civilización o barbarie”; “Recuerdos de Provincia”; “Conflictos y Armonía de las Razas en América”; “Vida de Dominguito”; “Viajes por Europa, Africa y América” y otros, de trascendente valor literario e histórico.

Paraná le debe mucho a Sarmiento, porque en algún momento de nuestro proceso histórico local, la Escuela Normal formó parte de “Argentina, Faro de América”.

Día del Abogado - Nacimiento de Juan Bautista AlberdiAbogado brillante, jurista, economista, político, diplomático, escr...
29/08/2025

Día del Abogado - Nacimiento de Juan Bautista Alberdi

Abogado brillante, jurista, economista, político, diplomático, escritor y músico argentino, autor intelectual de la Constitución argentina de 1853. Nació en San Miguel de Tucumán el 29 de agosto de 1810 y falleció el 19 de junio de 1884, en Neuilly - sur Seine, Francia.

Sus "Bases y Puntos de Partida para la Organización de la Confederación Argentina", "Elementos de Derecho Público provincial Argentino", "Sistema Económico y rentístico de la Confederación Argentina", "De la magistratura" y el "Manual de Ejecuciones y Quiebras", el "Fragmento Preliminar al Estudio del Derecho", sus trabajos críticos y crónicas de costumbres, al estilo de Larra, que firma con el seudónimo de Figarrillo, la "Decimoquinta palabra simbólica" del "Dogma Socialista", el "Crimen de la Guerra", etc., justifican ese plural encuadramiento en tan distintas categorías intelectuales.

A eso agreguemos que Alberdi no ejerció nunca un cargo directivo, no militó en partidos, no se embarcó en empresas facciosas y siempre estuvo al margen de los entreveros, las luchas cerriles y las peloteras tan frecuentes en el medio anárquico y pasional de su tiempo.

Empero una cosa es la acción política y otra el pensamiento político. Y, como veremos, el aporte alberdiano al desarrollo de las ideas políticas argentinas es tan cuantioso que aún hoy, en el sesquincentenario de su nacimiento, asombra, reconforta y orienta con la agudeza y la profundidad de sus enfoques, por la frescura pedurable de sus fundamentos, por el certero realismo de sus soluciones, plenas de serenidad y de sabio equilibrio. Política no es solamente acción: también es planeamiento, es decir, meditación.

Alberdi fue sociólogo, economista, crítico o jurista porque fue esencialmente un pensador político. De su vasta y completa apreciación de la realidad del medio en que operaba, surgió el esquema, el plan, para la organización de la sociedad argentina - incipiente nación - en un estado Estado Federal, contemplado - con profunda visión de futuro - detalladamente, en sus aspectos básicos, en sus pormenores vitales, en sus necesidades más premiosas y urgentes ¿"

Dr. Jorge Ferreyra Bertozzi. El pensamiento político de Alberdi". Conferencia pronunciada en el Ateneo "Luis Etchevehere" el 29 de Agosto del año 1960, sesquicentenerio del nacimiento del Dr. Juan Bautista Alberdi.

En un nuevo aniversario del paso a la inmortalidad del Padre de la Patria, General José de San Martín (Yapeyú, Corriente...
17/08/2025

En un nuevo aniversario del paso a la inmortalidad del Padre de la Patria, General José de San Martín (Yapeyú, Corrientes, 25 de febrero de 1778-Boulogne-sur-Mer, Francia; 17 de agosto de 1850) lo recordamos en las palabras del poeta, periodista y político argentino Olegario Víctor Andrade:

San Martín:
………...................................

¡No morirá tu nombre!
Ni dejará de resonar un día
Tu grito de batalla,
Mientras haya en los Andes una roca
Y un cóndor en su cúspide bravía.
¡Está escrito en la cima y en la playa,
En el monte, en el valle, por doquiera
Que alcanza de Misiones al Estrecho
La sombra colosal de tu bandera!

Dirección

San Juan 134
Paraná
3100

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