10/08/2026
INFORMACIÓN DE INTERES SOBRE AADI
Aclaración sobre el pago de derechos tras la disolución de AADI CAPIF ACR
Estimado/a usuario/a,
Te escribimos para aclarar un punto que puede generar confusión tras la disolución de AADI CAPIF ACR.
La Asociación Argentina de Intérpretes (AADI) es una Entidad de Gestión Colectiva legalmente habilitada para administrar y gestionar los derechos de los artistas intérpretes o ejecutantes, nacionales o extranjeros, en el territorio nacional. Dicha gestión, con más de 70 años de trayectoria, fue autorizada expresamente por la Dirección Nacional del Derecho de Autor (DNDA) mediante la Disposición 5/2026.
Hasta marzo de 2026, AADI CAPIF ACR fue la entidad que recaudaba en forma conjunta el derecho de comunicación pública de fonogramas correspondiente a los artistas intérpretes o ejecutantes y a los productores fonográficos (leyes 11.723 y 23.921, y normativa concordante). A partir de los Decretos 138/2025 y 143/2025, AADI y CAPIF (por decisión de ésta última), resolvieron la liquidación de dicha entidad conjunta y gestionan sus derechos en forma independiente.
AADI y CAPIF representan a titulares distintos: AADI representa a los artistas intérpretes o ejecutantes musicales, aquellos que nos emocionan cada vez que los escuchamos; CAPIF, a los productores fonográficos y, desde hace unos pocos meses, a otros titulares también. La gestión de AADI es complementaria e independiente de la de otros titulares de derechos y de las entidades que los representen, por lo que el pago de aranceles a CAPIF no exime del pago de los derechos que corresponden a los artistas representados por AADI: no existe solapamiento ni superposición entre ambas gestiones. Los aranceles a abonar por quienes realicen comunicación pública de fonogramas podrán consultarse en el siguiente link o mail [email protected]