01/09/2026
🇨🇺🇦🇷 | Información de interés para la comunidad de en Argentina:
👥🇨🇺 Los ciudadanos cubanos que tengan la condición migratoria de Residente en el Exterior o Emigrado y participen en alguna de las modalidades de la economía nacional, pueden solicitar la condición migratoria de y de 💼, de acuerdo con lo establecido en el Reglamento de la Ley de Migración y demás disposiciones normativas vigentes.
📍 ¿Dónde pueden solicitar la condición migratoria de Inversores y de Negocios?
🇦🇷 En el Consulado de Cuba en Argentina
🇨🇺 En las oficinas de Trámites del Ministerio del Interior, cuando se encuentren en el territorio nacional.
🤔☑️¿Cuáles son los requisitos y formalidades para solicitar esta condición?
✅📝Presentar una solicitud por escrito, donde se fundamente la petición.
✅📄 Aportar un aval del órgano, organismo de la Administración Central del Estado o entidad cubana con la cual sostienen relaciones comerciales o de negocios.
🗓️⌛Sobre los plazos para notificar al solicitante:
🇦🇷 El Consulado, cuando recibe la solicitud, la evalúa y de encontrarla completa, la remite en un plazo de 3️⃣ días hábiles a la Autoridad Migratoria.
🛂🇨🇺 La Autoridad Migratoria resuelve estas solicitudes en un plazo de 3️⃣0️⃣ días hábiles, contados a partir de que las recibe, y lo notifica al interesado en un término de 7️⃣ días hábiles posteriores a la emisión de la resolución.
🔍ℹ️Dato extra:
📖⚖️ Los ciudadanos cubanos comprendidos en la condición migratoria de Inversores y de Negocios, en cuanto al ejercicio de sus derechos, se equiparan a los ciudadanos cubanos Residentes en el Territorio Nacional, mientras se encuentren en 📍🇨🇺 y ostenten esta condición migratoria 👥📊💼.
⚠️Importante‼️
El Decreto-Ley 117/2026 "De la condición migratoria de Inversores y de Negocios de los ciudadanos cubanos residentes en el exterior" permite que esta condición migratoria pueda ser solicitada ya ✅ por los interesados en hacerlo.
⁉️ Consultas al 📧 [email protected]