Liderazgo y Conocimiento-

Liderazgo y Conocimiento- Capacitacion Contractual y Estatutaria para los integrantes del SNTSS.

29/05/2026
CREDENCIALIZACIÓN Y UNIVERSALIZACIÓN DE LOS SERVICIOS DE SALUD.La Credencialización y la Universalización de los Servici...
29/05/2026

CREDENCIALIZACIÓN Y UNIVERSALIZACIÓN DE LOS SERVICIOS DE SALUD.

La Credencialización y la Universalización de los Servicios de Salud está dirigida a toda la población mexicana, independientemente de que sea derechohabiente del IMSS, ISSSTE, IMSS-Bienestar o incluso que actualmente no cuente con Seguridad Social.

La meta es que, gradualmente, una persona pueda recibir atención médica en cualquier Institución Pública de Salud, independientemente de dónde esté afiliada.

Este nuevo Sistema Universal de Salud constara de lo siguiente:

• Una Credencial Única de Salud.
• Expediente Clínico Electrónico compartido.
• Intercambio de Servicios Médicos entre Instituciones.
• Atención en cualquier Unidad disponible según la Capacidad resolutiva.

Podran obtener la nueva Credencial del Servicio Universal de Salud los:

• Trabajadores afiliados al IMSS.
• Pensionados y Jubilados.
• Derechohabientes del ISSSTE.
• Personas atendidas por IMSS-Bienestar.
• Usuarios de los Servicios Estatales de Salud.
• Personal y derechohabientes de los Servicios Médicos de las Fuerzas Armadas.
• Personas sin Seguridad Social.
• Menores de edad (a través de sus padres o tutores).

Los trabajadores activos, jubilados y sus beneficiarios continuarán siendo derechohabientes del IMSS, pero con la universalización podrán acceder mediante mecanismos de coordinación entre instituciones a determinados servicios salud cuando así lo establezca el modelo de atención y exista disponibilidad de servicios.

La implementación se realiza de forma progresiva y depende de:

• La capacidad operativa de cada estado o región.
• La infraestructura hospitalaria disponible.
• La coordinación entre autoridades federales, estatales y sindicales.

De acuerdo con la información oficial difundida hasta ahora, la operación de la credencialización y del servicio universal de salud está prevista por etapas, a partir de:

• 2026: Credencialización y Registro Nacional de la Población que en su primera etapa será para los Adultos Mayores y Personas con Discapacidad.
• 2027: Inicio de la Atención Universal para urgencias, embarazos de alto riesgo, infartos, algunos tratamientos especializados y vacunación.
• 2028: Ampliación a recetas, consultas de especialidad y atención de enfermedades crónicas.

Ambas acciones reflejan la necesidad de modernizar los procesos institucionales, mejorar la atención a los usuarios y garantizar el derecho a la salud mediante servicios más accesibles, organizados y eficientes.

En términos prácticos, la universalización pretende que la atención médica dependa de la necesidad del paciente y no de la institución a la que esté afiliado.

GRUPOS DE TRABAJO DE ATENCIÓN PRIORITARIA (GTAP).El IMSS en coordinación con el SNTSS y con el propósito de atender con ...
27/05/2026

GRUPOS DE TRABAJO DE ATENCIÓN PRIORITARIA (GTAP).

El IMSS en coordinación con el SNTSS y con el propósito de atender con puntualidad las necesidades más apremiantes del entorno laboral, han asumido el compromiso de trabajar de manera conjunta y permanente en beneficio de la base trabajadora.

Para ello, en todas las delegaciones se han integrado los GRUPOS DE TRABAJO DE ATENCIÓN PRIORITARIA (GTAP), con la finalidad de que tanto la representación institucional como la sindical, a través del diálogo permanente, establezcan acuerdos y acciones que contribuyan a la toma de decisiones orientadas al fortalecimiento laboral y a la mejora continua de los servicios.

Las reuniones de trabajo tendrán como finalidad analizar, atender y dar seguimiento a los problemas laborales, administrativos y operativos que afectan a los trabajadores del IMSS.

Entre los temas a tratarse; destacan:

• Falta de personal.
• Cargas excesivas de trabajo.
• Cobertura de plazas vacantes.
• Violaciones e Incumplimiento al Contrato Colectivo de Trabajo.
• Incidencias Administrativas.
• Movimientos Escalafonarios.
• Seguridad e Higiene, Condiciones de Trabajo.
• Problemas Disciplinarios e Inconformidades con Jefaturas.
• Hostigamiento y Maltrato Laboral.
• Falta de Insumos y Equipo, Necesidades de Infraestructura.
• Casos específicos presentados por Delegados Sindicales o Trabajadores.

El objetivo de los GTAP es:

• Buscar soluciones antes de que los conflictos escalen.
• Mantener una comunicación permanente entre el Instituto y el Sindicato.
• Dar seguimiento puntual a los acuerdos establecidos.
• Defender los derechos laborales y garantizar la adecuada operación de los servicios.

De esta manera, los GTAP funcionaran como una mesa permanente de negociación, análisis y gestión, donde se presentan oficios, inconformidades y propuestas encaminadas a resolver situaciones que afectan a la base trabajadora.

La implementación de los GTAP no solo representa un cambio administrativo, sino también una nueva dinámica de transparencia, coordinación y eficacia, que vendrá a fortalecer la relación institucional-sindical, generando mejores condiciones laborales para los trabajadores del IMSS.

SEGUNDA LINEA DE LA ESTRUCTURA SINDICAL (V).1) SUBCOMISION MIXTA DE CAPACITACION Y ADIESTRAMIENTO: Integrada por tres re...
24/05/2026

SEGUNDA LINEA DE LA ESTRUCTURA SINDICAL (V).

1) SUBCOMISION MIXTA DE CAPACITACION Y ADIESTRAMIENTO:

Integrada por tres representantes del Instituto y tres del Sindicato, designadas por las partes:

Conformarán y Coordinarán en los Centros de trabajo las funciones de los:

COMITES LOCALES MIXTOS DE CAPACITACIÓN Y ADIESTRAMIENTO DE UNIDADES OPERATIVAS:

Los Comités Locales Mixtos de Capacitación y Adiestramiento en Unidades Operativas dependerán de la Subcomisión Mixta de Capacitación y Adiestramiento.

Se constituirán de común acuerdo, en las Unidades Operativas que se consideren convenientes para contribuir al cumplimiento del Plan y Programas de Capacitación y Adiestramiento.

Estarán integrados como mínimo por TRES REPRESENTANTES por cada una de las partes (Institucional y Sindical).

2).- SUBCOMISION MIXTA DE SEGURIDAD E HIGIENE:

Integrada por la representación Institucional y la representación Sindical cada una de ellas compuesta por tres miembros (art. 14 RSH).

Conformará y Coordinará en los centros de trabajo las:

COMISIONES LOCALES MIXTAS DE SEGURIDAD E HIGIENE:

Conformadas por la Representación Institucional y la Representación Sindical, cada una de ellas compuestas por dos miembros (art. 18 RSH).

3).- SUBCOMISION MIXTA DE ROPA DE TRABAJO Y UNIFORMES:

Integrada por un Representante del Instituto y otro del Sindicato.

Conformará y Coordinará en los centros de trabajo las:

COMITÉS LOCALES MIXTOS DE ROPA DE TRABAJO Y UNIFORMES:

En aquellos centros de trabajo con más de 250 trabajadores con derecho a uniformes o en donde a juicio de la Comisión Nacional se justifiquen; los cuales se integraran con un representante Institucional y dos representantes Sindicales, uno para el turno matutino y uno para el turno vespertino-nocturno. (art. 26 RRTyU)

4) SUBCOMISION MIXTA DE TIENDAS:

Se establecerá con un Representante del Instituto y un Representante del Sindicato que designaran las partes.

Conformará y Coordinará en los centros de trabajo el:

COMITÉ DE TIENDAS:

Las partes constituirán de común acuerdo los Comités que consideren convenientes para contribuir al mejoramiento de los servicios de tiendas, señalando en cada caso su objetivo, funciones y atribuciones; actividad que podrá ser temporal o permanente. (art. 10 R de T).

5).- SUBCOMISION DELEGACIONAL MIXTA DE REVISIÓN DE PLANTILLAS:

Integrada por la representación Institucional y la representación Sindical cada una de ellas compuesta por tres miembros. (art. 13 R CNMRP).

Conformará y Coordinará en los centros de trabajo los:

COMITÉS LOCALES MIXTOS DE REVISIÓN DE PLANTILLAS: (Contractual).

Se integran por la representación Institucional y la representación Sindical cada una de ellas compuestas por dos miembros. (art. 16 RCNMRP).

SEGUNDA LINEA DE LA ESTRUCTURA SINDICAL (IV).3).- COMISIONES LOCALES MIXTAS DE SEGURIDAD E HIGIENE:Organismo bipartito c...
14/05/2026

SEGUNDA LINEA DE LA ESTRUCTURA SINDICAL (IV).

3).- COMISIONES LOCALES MIXTAS DE SEGURIDAD E HIGIENE:

Organismo bipartito cuyo objetivo es vigilar que el Instituto brinde la ATENCIÓN PREVENTIVA EN MATERIA DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO, a fin de reducir los Riesgos de Trabajo y las Enfermedades Laborales en sus respectivos centros de trabajo.

Su labor se orienta a PROMOVER CONDICIONES LABORALES SEGURAS Y SALUDABLES, para salvaguardar la integridad física y el bienestar de las y los trabajadores, contribuyendo así al mejoramiento de su calidad de vida.

Estas comisiones se conforman POR DOS REPRESENTANTES INSTITUCIONALES Y DOS REPRESENTANTES SINDICALES, constituyéndose formalmente mediante la firma de un acta en cada centro de trabajo.

Su integración garantiza la PARTICIPACIÓN DEL SINDICATO en la Protección de la Salud Laboral y la Vigilancia Permanente del CUMPLIMIENTO de las Normas de Seguridad e Higiene, conforme a lo establecido en el artículo 18 del RSH.

Tanto los representantes de las COMISIONES DELEGACIONALES MIXTAS como los de las COMISIONES LOCALES MIXTAS DE SEGURIDAD E HIGIENE, serán los encargados en el ámbito de su competencia, de:

- Realizar Recorridos y Verificaciones Periódicas para identificar CONDICIONES PELIGROSAS o ACTOS INSEGUROS en los centros de trabajo.

- Analizar las CAUSAS de los Riesgos y Accidentes de Trabajo ocurridos, con el propósito de prevenir su repetición.

- Proponer y sugerir a la Autoridad Institucional ACCIONES CORRECTIVAS Y PREVENTIVAS en materia de Seguridad e Higiene para fortalecer la protección de los trabajadores.

- Cuando algún trabajador sufra un Accidente o una Enfermedad de Trabajo, deberán BRINDARLE APOYO Y ORIENTACIÓN en el llenado del “Reporte de Accidente de Trabajo”, a fin de garantizar el adecuado seguimiento y registro del caso.

Vigilar y Supervisar que los SERVICIOS DE PREVENCIÓN Y PROMOCIÓN DE LA SALUD PARA TRABAJADORES IMSS (SPPSTIMSS) trabajen conforme a lo establecido en la Cláusula 73 del Contrato Colectivo de Trabajo.

Que los SPPSTIMSS:

- Promuevan la Vida Activa y Ambientes Saludables, la Alimentación Correcta, la Salud Bucodental, la Educación para el Autocuidado y el Bienestar Integral, la Prevención de Factores Psicosociales, la Prevención de Riesgos de Trabajo y el Cuidado de la Salud Mental.

- Que se cumpla con la normatividad de las siguientes políticas: “IMSS libre de Humo de Tabaco”; "Estrategia ELSSA-IMSS" “Estrategia Nacional para la Prevención y Control del Sobrepeso”, “Obesidad y Diabetes”, “Exámenes Médicos Periódicos”, “la Estrategia Nacional para la Prevención de Adicciones”, “el Protocolo para la Prevención, Atención y Sanción del Hostigamiento y Acoso Sexual”.

- Que, en los tres niveles de atención, los SPPSTIMSS cuenten con UN MÓDULO por cada 2,400 trabajadores.

- Que la plantilla de cada SPPSTIMSS este conformada por un MÉDICO, una ENFERMERA, un AUXILIAR UNIVERSAL DE OFICINAS y un PSICÓLOGO CLÍNICO conforme al indicador de fuerza de trabajo.

- Que se proporcione, mediante una PROGRAMACIÓN ANUAL, la Atención Médica y Preventiva, orientada a la protección, conservación y mejoramiento de la salud de los trabajadores.

- Que dicha programación sea comunicada con la debida anticipación, a fin de garantizar la ASISTENCIA PERSONAL y VIGILAR el CUMPLIMIENTO de la OBLIGATORIEDAD establecida en el artículo 57, capítulo VII, del Reglamento Interior de Trabajo del Contrato Colectivo de Trabajo vigente.

- Que en las Unidades Médicas que cuentan con servicios de Laboratorio y Gabinete, se Gestione Oportunamente la AUTORIZACIÓN DE ESTUDIOS como parte de los Exámenes Médicos periódicos de las y los trabajadores.

- Que se otorgue Atención Médica en caso de descontrol agudo de una ENFERMEDAD PREVIA, en tanto se logre una atención específica o en algunos casos de ENFERMEDAD BANAL (enfermedad que no amerita de atención inmediata o urgente), que se pueda atender en el SPPSTIMSS.

- Gestionarán la Atención Médica Oportuna de los trabajadores del Instituto que presenten DAÑOS A SU SALUD derivados de RIESGOS DE TRABAJO (Accidentes y Enfermedades de Trabajo), o de una ENFERMEDAD GENERAL, con el fin de favorecer la reincorporación laboral oportuna.

- Llevarán a cabo la gestión médico-administrativa de los casos de INCAPACIDAD TEMPORAL de los trabajadores de los Centros de Trabajo del Instituto que no estén atendidos o se encuentren fuera del área de influencia de los SPPSTIMSS.

- Tramitarán que las Comisiones Locales Mixtas de Seguridad e Higiene reciban las CAPACITACIONES que organice el Instituto, relativas a la PREVENCIÓN DE ACCIDENTES Y ENFERMEDADES DE TRABAJO, generalidades en el COMBATE DE INCENDIOS y cursos de PRIMEROS AUXILIOS.

SEGUNDA LINEA DE LA ESTRUCTURA SINDICAL (III).2).- COMISION DELEGACIONAL MIXTA DE SEGURIDAD E HIGIENE: (I).La Comisión D...
07/05/2026

SEGUNDA LINEA DE LA ESTRUCTURA SINDICAL (III).

2).- COMISION DELEGACIONAL MIXTA DE SEGURIDAD E HIGIENE: (I).

La Comisión Delegacional Mixta de Seguridad e Higiene es el órgano encargado de vigilar, promover y coordinar las acciones relacionadas con la seguridad e higiene en los centros de trabajo del IMSS.

Objetivo:
Garantizar que en los centros laborales se cumplan las disposiciones en materia de seguridad e higiene y prevención de riesgos. Verificar que se cumpla con la correcta aplicación de reglamentos, procedimientos y medidas preventivas.

Está Integrada por la representación Institucional y la representación Sindical cada una de ellas compuesta por TRES MIEMBROS (art. 14 RSH).

Las Comisiones Delegacionales contarán con un Secretario Técnico que será nombrado por el Instituto.

Las Comisiones Delegacionales Mixtas deberán de:

- Elaborar su Programa Anual de Actividades. dentro de los primeros 15 días del año, el cual deberá considerar:

• Calendario de Sesiones.
• Calendario de recorridos de verificación.
• Cursos de Capacitación y Adiestramiento a integrantes de Comisiones Locales Mixtas de Seguridad e Higiene.

- Efectuar visitas y revisión del estado de los edificios e instalaciones, incluyendo la supervisión de maquinaria, herramientas, instalaciones eléctricas, climas, elevadores, mobiliario y equipo médico que opere en condiciones seguras, reportando las deficiencias que representen riesgo para el personal.

- Dar seguimiento a necesidades de equipo de protección: Verificando la entrega y uso adecuado de Guantes, Cubrebocas, Caretas, Bata y Uniforme, Calzado de Seguridad y Equipo especializado

- Solicitar a las autoridades delegacionales el cumplimiento de las medidas de prevención de riesgos de trabajo, de seguridad, higiene y salud en el trabajo; que no hubiesen sido resueltas o cuando las Comisiones Locales no hayan logrado el cumplimiento de estas.

- Solicitar y coordinar la capacitación y el adiestramiento de los integrantes de las comisiones locales en aspectos de Seguridad laboral, Protección Civil, Manejo de materiales y sustancias, Prevención de riesgos, Primeros auxilios.

- Proponer medidas preventivas y correctivas: Emitir recomendaciones para corregir actos o condiciones inseguras, gestionar acciones preventivas que reduzcan accidentes y enfermedades laborales e Impulsar campañas de Seguridad e Higiene en el Trabajo.

- Identificar los factores de riesgo psicosocial, la exposición a acontecimientos traumáticos, actos de violencia y acoso. elaborando acta pormenorizada de dichos sucesos e implementar acciones para su corrección.

SEGUNDA LINEA DE LA ESTRUCTURA SINDICAL (II).1) COMITE DELEGACIONAL MIXTO DE CAPACITACIÓN Y ADIESTRAMIENTO.Tiene como fi...
02/05/2026

SEGUNDA LINEA DE LA ESTRUCTURA SINDICAL (II).

1) COMITE DELEGACIONAL MIXTO DE CAPACITACIÓN Y ADIESTRAMIENTO.

Tiene como finalidad: Elaborar, Coordinar, Supervisar y Evaluar la capacitación de los trabajadores, conforme al Contrato Colectivo de Trabajo y la legislación laboral vigente en México.

En cada Delegación estará integrado por CUATRO REPRESENTANTES INSTITUCIONALES Y UN REPRESENTANTE INSTITUCIONAL de la Subcomisión Mixta de Capacitación y Adiestramiento (5) con igual número de representantes por parte del Sindicato. (5).

La representación sindical puede designar dentro de los integrantes del Comité Ejecutivo Seccional, al:

Secretario de Capacitación y Adiestramiento. Secretario de Asuntos Técnicos. Representante de la Sub-Comisión de Becas. Representante de la Sub-Comisión de Bolsa de Trabajo y Representante de la Sub-Comisión de Capacitación y Adiestramiento.

O bien, en lugar de alguno de ellos, al:

Representante de la Sub-Comisión de Escalafón o Representante de la Sub-Comisión de Cambios de Rama.

Mientras que el Instituto designa a sus funcionarios del área de CAPACITACIÓN y RECURSOS HUMANOS.

Generalmente incluye:

• Presidente (por parte del Instituto)
• Secretario (puede ser sindical)
• Vocales de ambas partes

Trabajaran en coordinación con la Subcomisión Mixta de Capacitación y Adiestramiento, la cual estará Integrada por DOS REPRESENTANTES DEL INSTITUTO Y DOS DEL SINDICATO designados por las partes.

Sesionarán por lo menos una vez al mes en forma ordinaria y en forma extraordinaria cada vez que así lo acuerden las partes.

Funciones principales:

- Elaborar y aprobar el Programa Delegacional de Capacitación y Adiestramiento.

- Coordinar cursos, talleres, diplomados y actividades formativas.

- Llevar control de asistencia, constancias y expedientes de capacitación.

- Validar la documentación que acredita la formación del trabajador.

- Evaluar resultados e impacto en el desempeño laboral.

Este comité Garantiza:

- El acceso equitativo a la capacitación.

- Verifica que se respeten los derechos de los trabajadores en materia de capacitación.

- Evita favoritismos en la asignación de cursos.

- Atiende inconformidades relacionadas con capacitación.

SEGUNDA LINEA DE LA ESTRUCTURA SINDICAL (I).La segunda línea de la estructura del SNTSS tiene como finalidad complementa...
30/04/2026

SEGUNDA LINEA DE LA ESTRUCTURA SINDICAL (I).

La segunda línea de la estructura del SNTSS tiene como finalidad complementar, fortalecer y respaldar las funciones del Comité Seccional y de las Representaciones Sindicales de las Unidades Operativas; se encuentra integrada de la siguiente manera:

I) POR APROBACIÓN CONTRACTUAL.

1). – UN COMITÉ DELEGACIONAL MIXTO DE CAPACITACIÓN Y ADIESTRAMIENTO.

2).- UNA COMISIÓN DELEGACIONAL MIXTA DE SEGURIDAD E HIGIENE.

3).- UNA COMISIÓN LOCAL MIXTA DE SEGURIDAD E HIGIENE.

4).- CUATRO COMITES LOCALES MIXTOS DE:

a). - CAPACITACIÓN Y ADIESTRAMIENTO.
b). - ROPA DE TRABAJO Y UNIFORMES.
c). -TIENDAS.
d).- REVISIÓN DE PLANTILLAS.

II). - POR APROBACIÓN ESTATUTARIA.

1). - DOS COMISIONES ELECTORALES:

a). - Comisión Electoral Seccional.
b). - Comisión Electoral de la Unidad Electoral.

2). – UN COMITÉ DE TRANSPARENCIA.

III). - POR NORMATIVA INSTITUCIONAL.

a). - UN COMITÉ DELEGACIONAL MIXTO PARA LA DISMINUCIÓN DEL AUSENTISMO NO PROGRAMADO (ANP).

I) POR APROBACIÓN CONTRACTUAL.

En la primera línea de la estructura sindical; se describe que el Comité Seccional esta integrado (entre otros) por el SECRETARIO DE CAPACITACIÓN Y ADIESTRAMIENTO y los REPRESENTANTES ANTE LAS SUBCOMISIONES MIXTAS de Capacitación y Adiestramiento, Seguridad e Higiene, Ropa de Trabajo y Uniformes, Tiendas y Revisión de Plantillas.

En esta segunda línea, dichos representantes seccionales tienen como función COORDINAR la COMISIÓN LOCAL DE SEGURIDAD E HIGIENE y los respectivos COMITÉS LOCALES (4), todos con reconocimiento y validez contractual para participar en las gestiones sindicales ante el Instituto.

En cambio, el Comité DELEGACIONAL de Capacitación y Adiestramiento y la Comisión DELEGACIONAL de Seguridad e Higiene son ÓRGANOS COLEGIADOS BILATERALES, que operan a NIVEL DELEGACIONAL bajo su propio marco contractual, reglamentario y operativo.

Los integrantes de un Comité Seccional deben tener claro que atender al trabajador no es un acto de cortesía: es una OBL...
29/04/2026

Los integrantes de un Comité Seccional deben tener claro que atender al trabajador no es un acto de cortesía: es una OBLIGACIÓN SINDICAL.

Los agremiados tienen el DERECHO a ser escuchados, a EXPONER las necesidades de sus centros de trabajo y, sobre todo, a EXIGIR que sus demandas sean solucionadas.

De esa comunicación directa y permanente con la base trabajadora debe surgir un PROYECTO DE TRABAJO bien estructurado, que no se quede archivado, ni se convierta en simulación, sino que se traduzca en ESTRATEGIAS CLARAS Y ACCIONES CONCRETAS.

Porque el VERDADERO SINDICALISMO no se improvisa: se construye con conocimiento, se conduce con liderazgo y se demuestra con hechos, no admite incompetencia, ni tibieza y mucho menos promesas vacías que nunca se cumplen.

Quienes integran UN COMITÉ SECCIONAL deben de asumir con RESPONSABILIDAD la representación de los trabajadores; deben te...
27/04/2026

Quienes integran UN COMITÉ SECCIONAL deben de asumir con RESPONSABILIDAD la representación de los trabajadores; deben tener la CAPACIDAD para proteger los intereses colectivos y saber SOLUCIONAR ante CUALQUIER INSTANCIA los problemas laborales.

Les corresponde FORMAR Y CAPACITAR A LOS REPRESENTANTES SINDICALES en el conocimiento pleno de nuestro Contrato Colectivo y Estatutos, dotándolos de las herramientas necesarias para que puedan hacer una DEFENSA SÓLIDA Y EFECTIVA de los derechos de las y los trabajadores.

Los integrantes de un Comité Sindical deben de tener presente que no fueron electos para encerrarse en sus oficinas ni para gestionar la problemática sindical a la distancia; fueron designados para dar la cara y estar del lado de los trabajadores.

Les toca ENFRENTAR Y COMBATIR con decisión todo ABUSO E INJUSTICIA, actuando siempre con legalidad, transparencia y verdadera conciencia sindical.

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