28/02/2024
La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) emitió un fallo sin precedentes destacando la responsabilidad ineludible del
Estado en garantizar el suministro oportuno de medicamentos, especialmente aquellos cruciales para tratar enfermedades crónicas o degenerativas.
Esta decisión, derivada de un amparo contra la omisión de un Hospital Regional del IMSS, enfatiza la importancia de este derecho fundamental para la vida, integridad y seguridad de las personas.
La reciente resolución subraya que la vulneración al derecho a la salud se manifiesta cuando el suministro de medicamentos es demorado, una problemática que se intensificó durante la administración de Andrés Manuel López Obrador, afectando significativamente a la población. La SCJN, respaldada por el artículo 4° constitucional, afirma que en casos de enfermedades que requieren tratamientos periódicos, el Estado está obligado a asegurar este derecho, ya que la interrupción en el suministro compromete el más alto nivel posible de salud fisica y mental.
El caso que motivó esta resolución destaca la urgencia de este tema: un paciente buscó amparo por la omisión de un hospital del IMSS en entregar oportunamente su medicamento prescrito. Ante la falta, el paciente adquirió el fármaco por sí mismo y solicitó el reembolso de los gastos. La SCJN determinó que al no cumplir con la obligación de suministrar a tiempo, se viola el derecho a la salud, ordenando el reembolso de los gastos del paciente.
Este fallo establece un precedente importante, enfocándose en la obligación del Estado de garantizar el acceso oportuno a los medicamentos esenciales como parte integral del derecho a la salud. La SCJN destaca la necesidad de un compromiso constante para avanzar hacia la plena realización de este derecho humano. La tesis resultante, publicada en el Semanario Judicial de la Federación, marca un hito en la jurisprudencia mexicana, reforzando la importancia de la prestación efectiva del derecho a la salud.