13/08/2026
🗑️ ¿DE QUIÉN ES LA RESPONSABILIDAD DE LOS CONTENEDORES?
En el último Pleno municipal se preguntó si se iban a instalar más sistemas de amarre para los contenedores de basura del municipio.
Según consta en el acta, el alcalde respondió que se trata de una competencia de MARE, aunque reconoció que el Ayuntamiento ya ha realizado algunas intervenciones para evitar que los contenedores se desplacen con el viento y puedan causar daños.
Aquí creo que conviene aclarar algo.
La Ley 7/1985, Reguladora de las Bases del Régimen Local, establece en su artículo 26 que la recogida de residuos es un servicio que deben prestar los municipios. (BOE)
Y la Ley 7/2022, de residuos y suelos contaminados para una economía circular, establece que corresponde a las entidades locales, como servicio obligatorio, la recogida, transporte y tratamiento de los residuos domésticos. (BOE)
Entonces, la pregunta es muy sencilla:
👉 Si la recogida está gestionada por MARE, ¿qué obligaciones concretas corresponden a MARE y cuáles al Ayuntamiento de Ruesga?
👉 ¿Cuántos contenedores del municipio disponen actualmente de sistemas de amarre?
👉 ¿Cuántas actuaciones ha realizado el Ayuntamiento para evitar que se desplacen y cuánto han costado?
👉 ¿Quién ha pagado esas actuaciones?
👉 ¿Existe un contrato, convenio o acuerdo que determine quién debe instalar y mantener estos sistemas?
No se trata de buscar culpables.
Se trata de saber quién tiene la responsabilidad, quién paga y qué se está haciendo para evitar que un contenedor termine en la carretera o provoque daños cuando hay viento.
Los vecinos tenemos derecho a saberlo.