25/04/2022
🐕🦺👮♀️ Nota informativa Guardas Rurales en Sierra de Gilena.
¿PUEDO PASEAR CON MI PERRO SUELTO POR EL CAMPO?
Aparentemente es una actividad normal y cotidiana pero se encuentra regulada por distintas normativas, entonces hay que saber en todo momento donde nos encontramos con nuestro perro, donde vamos a soltarle,si el espacio está protegido o si está prohibido hacerlo así como las consecuencias que puede acarrear.
ÉPOCA DE CRIA.
Estamos en plena época de cría de los animales silvestres y muchas de ellos se encuentran sacando adelante la nueva generación. Un perro suelto puede resultar fatal para esas crías o sus nidos.
La legislación obliga a llevar atados y controlados a los canes. Y lo hace porque puede pasar lo que ya ha sucedido muchas veces. Una cría de liebre o conejo, herida al ser mordida por nuestros perros o un nido de perdiz que se estropea por la misma causa.
Lo más normal cuando andamos por el campo de pueblo es que sea un terreno de caza,lo cual la ley de caza nos indica que nuestro perro debe de estar en todo momento controlado para evitar que los animales silvestres sean perseguidos o molestados.
APARTE DE ESTO.....
Circulación en vía pública.
En espacios públicos y privados de uso común los animales deben circular acompañados y conducidos mediante tanganillo, cadena o cordón resistente que permita su control.
Los propietarios, además de llevarlos atados, deben impedir que éstos depositen sus deyecciones en cualquier lugar dedicado al tránsito de peatones, parques públicos,etc.. En caso de que queden depositadas en cualquier espacio, tanto público como privado de uso común, la persona que conduzca al animal está obligada a proceder a su limpieza inmediata.
Los animales irán provistos de bozal cuando sus antecedentes, temperamento, características o la situación lo aconsejen, bajo la responsabilidad de su dueño/a o cuidador/a.
En cualquier caso, según ordenanzas municipales, los propietarios o tenedores de los perros deberán mantener control sobre ellos a fin de evitar tanto las molestias o daños a las personas y a los demás animales, como el deterioro de bienes o instalaciones públicas no sé permite que los perros campeen.
Los animales potencialmente peligrosos disponen de una normativa específica adicional que les obliga, entre otras cosas, a circular siempre sujetos con una correa de menos de 2 m. de longitud y con un bozal adecuado.
Queda prohibido el acceso de animales a las áreas de recreo infantiles y otras que expresamente se indiquen, así como su baño en fuentes ornamentales, estanques o similares y que beban directamente de grifos o caños de agua de uso público.